La exención del artículo 7.p) LIRPF no resulta aplicable a los trabajos realizados en el extranjero por los miembros de consejos de administración
Autor | María del Carmen Cámara Barroso |
Cargo | Profesora de Derecho Financiero y Tributario. Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA) |
Páginas | 329-338 |
Nueva Fiscalidad • 329
Jurisprudencia y doctrina administrativa.
Comentarios
no resulta aplicable a los trabajos realizados
en el extranjero por los miembros
de consejos de administración
María del Carmen Cámara Barroso*
Profesora de Derecho Financiero y Tributario
Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA)
RESUMEN:
En las próximas páginas analizamos esta Sentencia del Tribunal Supremo en la que, frente al
criterio mantenido por la Audiencia Nacional, se afirma que la exención por rendimientos del
trabajo obtenidos en el extranjero, regulada en el artículo 7.p) LIRPF, no resulta de aplicación
a la actividad realizada por los miembros de consejos de administración, por entender que
el mismo únicamente lo es a relaciones laborales o estatutarias, en las que se encuentran
presentes las notas de ajenidad y dependencia, y que dicha actividad no genera ningún
valor añadido en la entidad no residente, beneficiando únicamente a la matriz española.
Palabras clave: consejero; exención; expatriados; simulación; vinculación.
ABSTRACT:
In the following pages we analyze this Spanish Supreme Court Judgment in which,
against of the criteria maintained by the Spanish National High Court, was stated that the
exemption for work performed abroad under article 7.p) of the Spanish Personal Income
Tax Act does not apply for members of the boards of directors, since it is understood that
this article is only applicable to labor or statutory relations, in which the notes of alienation
and dependence are present, and also this activity does not generate any added value in
the foreign company, benefiting only the Spanish parent company.
Keywords: board member; tax exemptions; expats; simulation; related parties.
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