Orden ITC/663/2010, de 3 de marzo, por la que se prorroga excepcionalmente el periodo de vigencia de los permisos de investigación de hidrocarburos denominados 'Ballena 1', 'Ballena 2', 'Ballena 4' y 'Ballena 5'.

MarginalBOE-A-2010-4493
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

Los Permisos de Investigación de Hidrocarburos denominados «Ballena 1», «Ballena 2», «Ballena 3», «Ballena 4» y «Ballena 5» fueron otorgados por Real Decreto 1338/2003, de 24 de octubre, siendo la empresa Repsol Investigaciones Petrolíferas, S. A., titular única y operadora.

Por otra parte, la Orden ITC/1241/2005, de 14 de abril, y la Orden ITC/3080/2007, de 25 de septiembre, modificaron los plazos del programa de trabajos e inversiones establecidos en el real decreto mencionado.

Con fecha 24 de septiembre de 2009, la Repsol Investigaciones Petrolíferas, S. A., solicitó la prórroga excepcional para continuar con los trabajos de investigación por un período de tres años en los Permisos de Investigación «Ballena 1», «Ballena 2», «Ballena 4» y «Ballena 5» ante la existencia de indicios razonables de la existencia de hidrocarburos. Por otra parte, manifestó su renuncia al permiso «Ballena 3» ante la falta de objetivos exploratorios.

Con fecha 21 de diciembre de 2009, se requirió al promotor la subsanación de su solicitud, con el objeto de ajustarse a la reducción de la superficie individual legalmente establecida. Dicha subsanación fue remitida por el promotor con fecha 4 de enero de 2010.

El artículo 15.1 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, establece que, con carácter excepcional, el período de vigencia podrá ser prorrogado, a petición del interesado, por un plazo de tres años. El otorgamiento de la prórroga supondrá la reducción de la superficie original del permiso en un 50% y estará condicionada al cumplimiento por el titular del permiso de las obligaciones establecidas para el primer periodo de vigencia.

Por otra parte, el artículo 14.4.1 del Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre Investigación y Exploración de Hidrocarburos de 27 de junio de 1974, establece que en aquellos casos en que se hubiesen encontrado indicios de hidrocarburos se podrá otorgar una prórroga excepcional a propuesta del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y previo acuerdo favorable del Consejo de Ministros.

De acuerdo con el expediente, el titular ha cumplido las obligaciones establecidas para el periodo inicial de vigencia, se considera probada la existencia de...

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