Decreto 6/2013, de 07/02/2013, por el que se regula el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Marzo de 2013
SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Presidencia y Administraciones Públicas
Rango de LeyDecreto

La igualdad entre mujeres y hombres es un principio jurídico universal reconocido en diversos tratados internacionales sobre derechos humanos, siendo, asimismo, un principio fundamental en la Unión Europea. En nuestro Ordenamiento Jurídico, el artículo 14 de la Constitución Española recoge el principio de igualdad por razón de sexo, estableciendo el apartado 2 de su artículo 9 que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la política, económica, cultural y social. En términos análogos se pronuncia el artículo 4.3 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.

El reconocimiento de la igualdad formal ante la ley no ha resultado suficiente para alcanzar la igualdad real y efectiva de hombres y mujeres, persistiendo en la sociedad actual diferentes situaciones de discriminación directa o indirecta en diversos ámbitos de la vida y, principalmente, en el ámbito laboral. Para avanzar en la consecución de la igualdad real y efectiva se aprobó la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de igualdad entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, obliga a las empresas a adoptar medidas de igualdad, siendo el instrumento adecuado para ello los planes de igualdad cuando se trata de empresas de más de 250 trabajadores. La Ley 12/2010, de 18 de noviembre, recoge entre los principios de actuación de las administraciones públicas, el impulso a las empresas establecidas en la región para la negociación con la representación sindical, de planes de conciliación y de igualdad, así como de medidas dirigidas a la plena incorporación de las mujeres al mercado de trabajo. Asimismo, dentro de las medidas para impulsar el empleo femenino recoge la incentivación de la elaboración y puesta en marcha de planes de igualdad negociados con la representación legal del personal, en las empresas de Castilla-La Mancha de entre 50 y 250 trabajadores.

Con la finalidad de reconocer públicamente la labor desarrollada por las empresas a favor de la igualdad de oportunidades, así como impulsar la aprobación de planes de igualdad negociados, el artículo 44 de la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, crea el "Distintivo de Excelencia" en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial. En dicho artículo se establece que podrán ser reconocidas por la Junta de Comunidades con el "Distintivo de Excelencia" las empresas, públicas o privadas, que acuerden con los sindicatos o representantes del personal, planes de igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial, estableciendo los parámetros que han de ser valorados para su obtención y remitiendo a un posterior desarrollo reglamentario la regulación de las condiciones y requisitos para su concesión, así como el procedimiento de otorgamiento y revocación.

En la elaboración de la norma, han intervenido el Consejo de Dirección del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha y el Consejo Regional de la Mujer, emitiendo ambos informe favorable al mismo.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de febrero de 2013,

Dispongo:

Artículo 1 Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto regular, de conformidad con el artículo 44 de la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de igualdad entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha, las condiciones y requisitos para la concesión del "Distintivo de Excelencia" en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial, el procedimiento de otorgamiento y revocación, así como la finalidad de aquel y los derechos y obligaciones derivados de su obtención.

Articulo 2 Finalidad del "Distintivo de Excelencia".

La finalidad del "Distintivo de Excelencia" es reconocer públicamente la labor desarrollada por empresas radicadas en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha a favor de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, estimulando la implantación de políticas igualitarias.

Articulo 3 Requisitos para solicitar el distintivo.

Las empresas implantadas en Castilla-La Mancha, tanto de carácter público como privado, podrán solicitar el "Distintivo de Excelencia" siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Que hayan acordado con los sindicatos o representantes de su personal planes de igualdad.

  2. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

  3. No haber sido sancionadas en los tres años anteriores a la solicitud, con carácter firme, por infracción grave o muy grave en materia de igualdad de oportunidades y no...

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