La evolución de la normativa internacional sobre el transporte marítimo de hidrocarburos

AutorFrancesca Pellegrino
CargoProfessore Ordinario di Diritto della Navigazione. Università degli Studi di Messina (Italia)
Páginas79-108
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Revista de Derecho del Transporte
N.º 27 (2021): 79-108
* Fecha de recepción del trabajo: 22/2/2021. Fecha de aceptación del trabajo: 25/4/2021.
LA EVOLUCIÓN DE LA NORMATIVA INTERNACIONAL
SOBRE EL TRANSPORTE MARÍTIMO
DE HIDROCARBUROS *
Francesca Pellegrino
Professore Ordinario di Diritto della Navigazione
Università degli Studi di Messina (Italia)
RESUMEN
La indemnización de los daños debidos a contaminación del mar resultante
de derrames de hidrocarburos persistentes procedentes de buques tanque se rige
por un régimen internacional elaborado bajo los auspicios de la Organización
Marítima Internacional (OMI). Originalmente, este régimen se basaba en el
Convenio internacional de 1969 sobre responsabilidad civil por daños debidos
a la contaminación por hidrocarburos (CRC de 1969) y el Convenio interna-
cional de 1971 de constitución de un fondo internacional de indemnización de
daños causados por la contaminación de hidrocarburos (Convenio del Fondo
de1971). Este último, que es complementario al CRC, constituye un fondo para
indemnizar a las víctimas cuando la indemnización prevista en el Convenio de
Responsabilidad Civil es inadecuada. El régimen inicial fue enmendado por dos
Protocolos de 1992. Los dos Convenios enmendados se conocen como el CRC
de 1992 y el Convenio del Fondo de 1992, actualmente en vigor. En virtud del
Convenio CRC, la reclamación de indemnización puede presentarse solamente
contra el propietario del buque, que está sujeto a un rígido sistema de respon-
sabilidad por los daños causados por la contaminación ocasionada por el de-
rrame de hidrocarburos. Sin embargo, el propietario tiene derecho a limitar el
importe de la indemnización en función del tonelaje del buque. Tras el accidente
del Erika, se modificaron los Protocolos de 1992 y se aumentaron los límites
máximos en más del 50 por 100. Estas enmiendas entraron en vigor el 1 de
noviembre de 2003.
Palabras clave: transporte marítimo de hidrocarburos, normativa internacio-
nal, CRC, FONDO, indemnización de daños.
SUMARIO: I. LA PREVENCIÓN Y LA INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS CAUSADOS POR EL TRANSPORTE MARÍTI-
MO DE HIDROCARBUROS.—II. EL SISTEMA INTERNACIONAL CRC-FONDO.—III. MODIFICACIONES DEL
SISTEMA UNIFORME.—IV. LA NORMATIVA INTERNACIONAL VIGENTE.—V. LA CRISIS DEL «CHANNE-
LLING SYSTEM».
FRANCESCA PELLEGRINO
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N.º 27 (2021): 79-108
The Evolution of the International Legislation on the Maritime
Transport of Oil
ABSTRACT
Compensation for oil pollution damage caused by spills from ships is gover-
ned by an international regime elaborated under the auspices of the Interna-
tional Maritime Organization (IMO). Originally, this regime was based on
the 1969 International Convention on Civil Liability for Oil Pollution Dama-
ge (1969 CLC) and the 1971 International Convention on the Establishment
of an International Fund for Compensation for Oil Pollution Damage (1971
Fund Convention). The latter, which is supplementary to the CLC, establishes
a regulation for compensating victims when the compensation provided in the
Convention on Civil Liability is inadequate. The old regime was amended by
two Protocols of 1992. The two amended Conventions are known as the 1992
CLC and the 1992 Fund Convention, presently in force. Under the CLC Con-
vention, the claim for compensation can be made only against the owner of the
ship who is subject to a rigid liability system for damages caused by contami-
nation resulting from the discharge of oil from the ship. The owner, however,
is entitled to limit the compensation according to the tonnage of the ship. Fol-
lowing the Erika accident, the 1992 Protocols were amended and the limits
were increased by more than 50%. These amendments entered into force on
November 1, 2003.
Keywords: maritime carriage of oil in bulk, international regulations, CLC,
FUND, damage compensation.
SUMMARY: I. PREVENTION AND COMPENSATION FOR DAMAGES CAUSED BY THE MARITIME CARRIAGE
OF OIL IN BULK.—II. THE INTERNATIONAL CLC-FUND SYSTEM.—III. MODIFICATION OF THE UNIFORM
REGULATORY SYSTEM.—IV. THE CURRENT INTERNATIONAL LEGISLATION.—V. THE CRISIS OF THE
«CHANNELING SYSTEM».
I. LA PREVENCIÓN Y LA INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS
CAUSADOS POR EL TRANSPORTE MARÍTIMO
DE HIDROCARBUROS
Como resultado de la intensificación del tráfico marítimo de productos petro-
líferos y de los accidentes de buques tanque, desde mediados del siglo pasado,
se han elaborado normas internacionales, para proteger el mar y compensar los
daños al medio ambiente marino.
Por tanto, la legislación internacional se ha desarrollado en dos líneas, una
destinada a prevenir ex-ante los derrames de hidrocarburos en el mar (y la consi-
guiente contaminación) y la otra destinada a adoptar medidas de intervención ex-

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