La evaluación del desempeño: de su origen privado al ámbito público

AutorPedro Padilla Ruiz
Páginas45-90
45
Capítulo I
La evaluación del desempeño:
de su origen privado al ámbito
público
Una parte importante de los problemas que han sufrido nuestras Ad-
ministraciones a la hora de dar respuesta a las necesidades de la sociedad ha
venido dada por no haber sabido adaptar la gestión de sus recursos huma-
nos a cada momento de la evolución de aquella. El EBEP supone, por n,
un cambio de paradigma en el modo de entender la Administración desde
el punto de vista de su personal, como ha recordado GORRITI BONTI-
GUI, entre otros3. Esto es así porque, al margen de un cambio conceptual
3 GORRITI BONTIGUI, M., «La evaluación del desempeño en la ley del empleo
público de Castilla la Mancha», Revista jurídica de Castilla-La Mancha, nº 50, 2011,
pp. 343-369. El autor destaca el cambio de concepción producido al pasar de una
legislación de la función pública a otra del empleo público, que no solo amplía su
ámbito de acción al personal laboral sino que además, y por lo que se reere a la
Ley 4/2011, del empleo público de Castilla la Mancha, no se centra en el empleado
sino en el empleo como algo más objetivo. Encontramos una referencia casi idéntica
a estas consideraciones y al cambio de paradigma que también supone la Ley del
empleo público de Euskadi en RAMOS RODRÍGUEZ, J.C., «La Administración
vasca ante la nueva ley de empleo público para Euskadi», Revista Vasca de Gestión
de Personas y Organizaciones Públicas, nº 2, 2013, pp. 72-77. Empero, creemos que
este planteamiento no es del todo exacto, pues quizás se centra en el título de la
norma más que en su contenido, que por otra parte ha de seguir los pasos marcados
por el EBEP, ya que al margen de referirse con más acierto al empleado público, su
verdadera faceta paradigmática es centrarse en las personas que trabajan en la Ad-
46 GESTIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO PEDRO PADILLA RUIZ
importante al hablarse ahora de empleado público y tratar de unicar el ré-
gimen de funcionarios y laborales, el Estatuto trae consigo profundas refor-
mas en el modo de entender el conjunto del empleo público para adaptarlo
a la lógica evolución que están sufriendo nuestras Administraciones en el
servicio al ciudadano.
No en vano, el Informe de la Comisión de estudio del EBEP destaca
que «ninguna Administración puede funcionar correctamente si carece de
una estrategia adecuada de gestión de su personal y de los medios necesa-
rios para ejecutarla»4.
La evaluación del desempeño, por su parte, ha venido a suplir desde
el punto de vista de la gestión de ese mismo empleo público una carencia
primordial en el funcionamiento de la Administración: el elemento control.
Esa falta de medición de su actividad la ha llevado a convertirse en una or-
ganización que actuaba casi de manera automática en el sentido de no te-
ner una idea clara ni exacta de lo que hacía; le ha faltado algo esencial en
el mundo de las organizaciones (públicas y privadas): la información acerca
de lo que realmente tiene que hacer, de lo que efectivamente hace y de sus
resultados en el ciudadano.
En este punto, la evaluación del desempeño promete convertirse en el
factor de cambio del empleo público y de la Administración que el ciuda-
dano demanda, donde ese necesario control facilitará una gestión del per-
sonal más óptima, ecaz y eciente, pero que ha de beber de la experiencia
del sector privado, verdadero innovador en materia de recursos humanos, lo
que obligará a la Administración a adaptar esta institución a las limitaciones
legales y peculiaridades del ámbito público.
ministración en vez de en el concepto más aséptico de empleo público (como antes
ocurriera con el de función pública).
4 SÁNCHEZ MORÓN, M., CASES MÉNDEZ, J.I., et al., Informe de la Comisión
para el estudio del Estatuto básico del empleado público, Madrid, INAP [versión elec-
trónica], 2005. Nº 26. p. 71. La citada Comisión se constituyó mediante la Orden
APU/3018/2004 (BOE de 21 de septiembre de 2004). Si bien existe la versión en
papel del Informe de la Comisión editada por el INAP en gran formato y dentro
de su serie «Goberna», en este estudio hacemos referencia a la versión digital, pues
la numeración de las páginas diere.
caPÍtulo i. la evaluación del desemPeño: de su origen Privado al ámbito Público 47
1. EL ESTADO DE LA CUESTIÓN: LA NECESIDAD
DE AVANZAR HACIA UN NUEVO MODELO
DE EMPLEO PÚBLICO EFICAZ, EFICIENTE
Y CENTRADO EN LAS PERSONAS
La aprobación original del EBEP coincidió con un período real-
mente complejo de incertidumbre y crisis que ha provocado un importan-
te retraso en su aplicación, llegando incluso a decepcionar en sus expec-
tativas, aunque justamente por eso creemos que debía haber supuesto una
oportunidad para llevar a cabo las reformas que se proponía aprovechando
el marco jurídico que crea, lo cual debería dar pie a implantar las medidas,
novedades y herramientas que nuestro empleo público necesita y poder
hablar de conceptos como la evaluación del desempeño, los directivos pú-
blicos, la gestión del talento, el liderazgo, la motivación del personal o la
planicación de recursos humanos, con la tranquilidad con que se hace en
el entorno empresarial.
Algunos de esos conceptos, como la propia evaluación del desem-
peño, vienen importados del sector privado5 (y ni siquiera son una no-
vedad del EBEP), y aquí es donde se plantean varias cuestiones a tener
en cuenta: ¿están preparadas nuestras Administraciones para asumir esos
sistemas propios de un entorno ajeno al suyo? ¿Están dispuestos y sabrán
enfrentarse los gestores públicos a los retos de adaptación que supondrá la
implantación de tales métodos? ¿Aceptarán quienes se dedican al estudio
y práctica del Derecho Administrativo el uso de conceptos tan novedosos
como la evaluación del desempeño en las Administraciones Públicas? Las
dicultades para la aplicación de esos elementos ciertamente moderniza-
dores vendrán dadas por las propias peculiaridades de las organizaciones
públicas, la estricta defensa de la seguridad jurídica y la legalidad, y por
los nes superiores de garantía de los intereses generales y prestación
de bienes y servicios a los ciudadanos, como ha recordado ARENILLA
5 Lo cual tampoco debiera extrañarnos si tenemos en cuenta que la Nueva Gestión
Pública ya conectó la Administración con técnicas propias del ámbito privado para
gestionar sus asuntos.

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