La Europa Social

AutorMarta Magadán Díaz y Jesús Rivas García
CargoEconomista - Profesor de Hacienda Pública y Sector Público, Universidad de Oviedo
Páginas236 - 240

LA EUROPA SOCIAL

MARTA MAGADÁN DÍAZ*

JESÚS RIVAS GARCÍA **

A juicio de los autores, la existencia de disparidades económicas y sociales en la Unión Europea (UE) pueden ser un obstáculo para la realización armoniosa de la integración europea y el buen funcionamiento del euro. Al incrementarse la movilidad del factor trabajo y del factor capital se pueden agudizar las diferencias regionales y poner en peligro el objetivo de la convergencia real. La UE, a través de los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión, se propone reducir las divergencias existentes entre regiones y países.

En este entorno, Marta Magadán y Jesús Rivas analizan la evolución de la «Europa social» de la UE exponiendo una realidad de fuerte divergencia.

El Tratado de Roma incluía esporádicas disposiciones en materia de política social que se consideraron como un apéndice a la política económica y se mantuvo como una política de acompañamiento. En los años 70 el Consejo adoptó determinadas Directivas y programas sociales. En la década de los 80 hay más actividad en el ámbito de la política social. Así, el Acta Única Europea (1986) facilita la realización del mercado interior y establece normas que impiden el dumping social. En el Tratado de Roma se incluye un nuevo Título V denominado «Cohesión Económica y Social». Al final de la década (1989) se aprueba la denominada Carta Social. En enero de 2000 se aprueba la Agenda de política social 2000-2005, que tendrá una revisión intermedia en 2003.

El Tratado de Maastricht (1992) amplía las competencias de la UE en el ámbito social y de mercado de trabajo. La UE deberá fomentar un mejor nivel de vida y garantizar un alto nivel de protección social. Se amplían las tareas del Fondo Social Europeo (FSE) y se incluye un nuevo capítulo sobre educación y formación profesional. Desde el Tratado de Amsterdam (1997), la UE aplica una política de fortalecimiento sobre cohesión económica y social y modifica el cometido del FSE.

Actualmente, en el Mercado Único participan 380 millones de ciudadanos europeos pertenecientes a quince países, con una gran variedad cultural y lingüística. Ser ciudadano europeo supone ser acreedor de una serie de derechos y deudor de un conjunto de deberes complementarios a los derechos y deberes vinculados a la ciudadanía propia de un Estado miembro.

La libertad de circulación de las personas y la eliminación de controles en las fronteras interiores forman parte de un concepto más amplio, el de mercado interior, en el que no es posible que existan fronteras interiores ni que las personas vean sus movimientos obstaculizados. Sin embargo, los ciudadanos europeos aún se topan con obstáculos legales y prácticos, cuando intentan ejercer sus derechos de libre circulación y residencia dentro de la UE.

Un inconveniente que puede frenar la movilidad de las personas es el nivel de formación académica. Los autores analizan la situación de la educación obligatoria, la educación secundaria, la educación superior universitaria y no universitaria en los Estados miembros. En todos los países de la UE la educación obligatoria es gratuita, siempre que la enseñanza sea pública, la educación secundaria no es gratuita en la totalidad de la UE. Respecto a la enseñanza superior, en la UE existe diversidad en los conceptos «título universitario» y en la «duración de los programas universitarios».

Las actividades de la UE en los ámbitos de educación, formación y juventud están concebidas para ayudar a los ciudadanos. Los principales programas actuales se denominan «Leonardo da Vinci», que se centra en la formación profesional y «Sócrates» cuyas acciones refuerzan la cooperación transnacional y en el que destaca el capítulo «Erasmus» por el que los estudiantes europeos participan en el programa de intercambio del mismo nombre.

En cuanto al contexto socioeconómico y demográfico de la educación, los autores consideran las condiciones en las que operan los sistemas educativos. Tales condiciones incluyen la demanda de educación en los distintos niveles y sectores de la enseñanza, así como los mecanismos de gobierno de dichos sistemas y el perfil de la población de referencia (estructura de la educación en la fuerza de trabajo, paro juvenil por niveles educativos y tasas de desempleo por sexos y formación). Una característica común a todos los Estados miembros es el creciente número de mujeres que reciben enseñanza superior universitaria y que se incorporan al mercado de trabajo. Su participación en la población activa y el empleo global crece de manera regular, pero las diferencias entre Estados miembros son considerables.

En cuanto a los sistemas fiscales no existe ninguna legislación comunitaria específica sobre los impuestos directos a los que están sujetas las personas físicas, por lo que la fiscalidad varía de un Estado a otro. De forma general, las disposiciones fiscales nacionales han de atenerse al principio fundamental de no discriminación establecido en el Derecho comunitario. Los autores analizan los impuestos que gravan la renta, el patrimonio, los que recaen sobre sucesiones y donaciones y los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados de los Estados miembros. En general no hay mucho camino recorrido en materia de armonización de la imposición directa. La única elaboración programática sobre imposición realizada en la UE se refiere a la imposición indirecta.

En las últimas décadas se ha producido un importante desarrollo de los sistemas de protección social a nivel internacional. Esta tendencia se observa de manera destacada en el marco de la UE. El objetivo de las disposiciones comunitarias no se dirige a una armonización de los regímenes de seguridad social de los Estados miembros sino, simplemente, a su coordinación sobre cuatro pilares fundamentales: Igualdad de trato, una única legislación aplicable, la acumulación de los periodos y la exportación de cualquier pensión a todos los Estados miembros.

Aunque los sistemas de protección social existentes en los Estados miembros difieren en su modo de financiación y en su ámbito de aplicación, sus principales características son, básicamente, similares. Todos los Estados miembros conceden prestaciones en caso de vejez, enfermedad, invalidez y desempleo y cuidado de niños y dan derecho a disfrutar de un sistema de asistencia sanitaria gratuita o casi gratuita.

El desempleo, que afecta casi al 8% (enero- 2003) de la población activa se ha convertido en el problema político, económico y social más grave de la UE-15. La tendencia se fue agravando desde el principio de los ochenta. Los expertos difieren sobre sus causas profundas, pero reconocen que se trata de un problema estructural. Con el Tratado de Amsterdam (1997) se hace del empleo un asunto de preocupación general. Los esfuerzos de creación de empleo sólo pueden realizarlos cada uno de los Estados miembros. La UE proporciona un marco de crecimiento económico y de apoyo a soluciones específicas, como formación y otras políticas activas, para incorporar a los parados al mercado de trabajo.

El Mercado Único y la Unión Monetaria Europea se centran en el ajuste económico. En cuanto al mercado laboral se exige flexibilidad en materia laboral, salarial, movilidad geográfica y movilidad ocupacional. La «Agenda de política social 2000-2005» indica cuatro líneas de acción: Establecer las condiciones para el crecimiento sostenible del empleo, dar prioridad al conocimiento y a la tecnología, modernizar los mecanismos de empleo y mejorar las condiciones de vida.

Existen grandes diferencias en las retribuciones del trabajo y en los costes de trabajo de los países industrializados. También la tasa de actividad y la duración media de una semana de trabajo son muy distintas. Mien- tras la tasa de actividad es menor del 50% en España, Italia y Grecia, se sitúa por encima del 60% en Finlandia (61,1%), Reino Unido (61,5%) y Suecia (62,9%), siendo la proporción de mujeres en el mercado laboral el factor que explica las diferencias.

La Cohesión Económica y Social se introdujo en el Acta Única de 1986 y se redefine en el Tratado de Maastricht (1992). La cohesión económica es decisiva para formular y desarrollar las demás políticas de la UE y el mercado interior. A su servicio aparecen como instrumentos prioritarios el Fondo de Cohesión y los llamados Fondos Estructurales: Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA-Orientación, 1964), Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER, 1975) y el Fondo Social Europeo (FSE, 1958).

Magadán y Rivas examinan problemas latentes. La protección social es un concepto dinámico que debe dar respuesta a las continuas necesidades sociales. Los sistemas nacionales deben atender a los nuevos problemas que afectan al entorno. Los grandes condicionantes que afectan hoy a los sistemas nacionales de protección social se resumen en la evolución demográfica (caída de la tasa de natalidad, envejecimiento, deterioro de la relación trabajador activo/pasivo, migraciones), transformaciones de la estructura de las familias (reducción de su tamaño) y los cambios producidos en el mercado de trabajo, con un nuevo orden laboral frente al desempleo en todos y cada uno de los Estados miembros.

La crisis económica y los avances tecnológicos, junto a la persistencia de un cierto paro que puede ser calificado de estructural, ha conducido al mercado de trabajo a una situación paradójica: una demanda de trabajo que no puede ser satisfecha por falta de especialización, empleo temporal y economía sumergida.

Los distintos informes sobre protección social en Europa contribuyen con medidas para fomentar el crecimiento del empleo, la libre circulación, el mercado interior, la integración económica y analizan la evolución de los sistemas de protección social de los Esta dos miembros que presentan notables diferencias. Difieren en los aspectos concretos de organización y en los métodos de financiación, aunque los sistemas de protección social de los distintos Estados miembros son similares en cuanto a sus objetivos: garantizar unos ingresos mínimos, prestar asistencia sanitaria y ofrecer servicios sociales.

Para los autores, los dos factores principales que plantean problemas a los sistemas existentes son el envejecimiento de la población de la UE y la persistencia de un elevado desempleo. Por lo expuesto, los gobiernos de la UE deben encontrar un difícil equilibrio: mantener el nivel de prestaciones y no incrementar el gasto público para no aumentar el déficit público.

LUIS FERNÁNDEZ BRICEÑO

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* Economista.

** Profesor de Hacienda Pública y Sector Público, Universidad de Oviedo.

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