La ética médica cuando se violan los Derechos Humanos. La participación médica en el Terrorismo de Estado. Los procesados y condenados

AutorClaudio Francisco Capuano
CargoMédico. Máster en Bioética y Derecho, Universidad de Barcelona, Promoción 2007-2009. Coordinador de la Cátedra Libre de Salud y Derechos Humanos de la Facultad de Medicina. Director del Centro de Documentacion Pedro de Sarasqueta, Universidad de Buenos Aires, Argentina.
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"...sin médicos no hay tortura, el odontólogo que arrancaba la muela equivocada, el psiquiatra que retiraba la medicación..."

De la sent encia del CCD Unidad 9, La Plata, 23 de noviembre de 2010

Introducción

El ser médico y sus prácticas distan de ser una actividad más. El acceso al cuerpo del paciente y el manejo de variables dicotómicas de la envergadura de salud-enfermedad, vida-muerte, obligan a un control de aquellos que ejercerán tal profesión, control que, desde los orígenes de la medicina a la actualidad, pretendió ser garantizado por códigos, juramentos y oraciones en todas las sociedades. Por este medio, las comunidades sumaban un marco moral al saber técnico que brindaba la formación, con la creencia de reasegurar una práctica eficaz y ética de la medicina, enmarcándola, en algunos casos, en su rol social.

Desde lo que conocemos como civilización pre moderna y moderna, la violación a los derechos humanos mediante el exterminio por motivos políticos, raciales, culturales o religiosos, como uno de los ejes de la construcción y/o del ejercicio del poder, ha sido una de las formas en que las clases dominantes han logrado mantener y sojuzgar a los grupos o clases subordinados.

La Argentina no fue ajena a estos procesos de violencia y exterminio. El 24 de marzo de 1976 se instaló una dictadura militar en manos de las Fuerzas Armadas nacionales, que se autodenominó "Proceso de Reorganización Nacional", con el fin de imponer un proyecto económico y social, en el que se cometieron delitos de lesa humanidad en el marco de un genocidio1que abarcó a todo el territorio nacional. En lo ideológico, las pautas eran de lucha contra el comunismo y el marxismo internacional y cualquier otro pensamiento que intentara cuestionar al capitalismo, y se materializaban en la llamada "Ideología o Doctrina de Seguridad Nacional", elaborada por intelectuales y militares de Estados Unidos y que fue adoptada también por otras dictaduras contemporáneas de la región.

El plan de represión abarcó a todo el territorio nacional y parte del continente americano, donde actuaban en forma coordinada las fuerzas represivas de otros países, en el marco del Plan Cóndor.2

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Estas acciones se llevaron a cabo mediante la creación de Centros Clandestinos de Detención, donde se comprobaron desaparición y muerte de miles de personas, tortura sistemática a los opositores y la apropiación de los niños nacidos en cautiverio.

El Estado, mediante una acción punitiva y con las Fuerzas Armadas como ejecutoras, cometió estos crímenes operando en funciones policiales y no bélicas.

En este plan sistemático represivo, se requirió de la necesaria participación médica, no ya para preservar la vida humana o tratar o prevenir la enfermedad, sino para mantenerla bajo tormento, utilizando métodos médicos para ejecuciones: adormecer a los prisioneros para luego tirarlos vivos en los vuelos de la muerte, permitir que lleguen a término los embarazos y así apropiarse de sus hijos, etc.

La participación de médicos que cometieron violaciones a los derechos humanos se enmarca en la trama que generó una serie de directivas, leyes y decretos que dieron forma administrativa a nivel nacional a la ejecución del horror en forma clandestina3, dictados en el año 1975 bajo el gobierno de María Estela Martínez de Perón. Su finalidad fue garantizar que no existiese oposición, para imponer un proyecto económico y sociocultural que fundamentó discursivamente al golpe cívicomilitar.

En este artículo me propongo revisar cuántos médicos hay procesados y por qué delitos, en los juicios por violaciones a Derechos Humanos, y cuántos de ellos pertenecieron o pertenecen a las Fuerzas Armados y cuántos no, con el propósito de comenzar a iluminar una zona oscura de nuestro pasado para que tengamos un presente más justo.

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A mediados de la década del setenta, ante la masificación de la violación a los derechos humanos, familiares de las víctimas comienzan a organizarse, y junto con los organismos de derechos humanos que ya existían4y con la creación de otros, buscan la manera de enfrentar estos crímenes. Comienzan denunciando estas violaciones por varios medios; en juzgados de todo el país, presentaban habeas corpus, que en la mayoría de los casos no prosperaban por la connivencia del poder judicial con quienes ocupaban sucesivamente el poder ejecutivo. En el año 1979, llega a nuestro país la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (CIDH), donde el número de denuncias, a pesar de la campaña de hostigamiento por la dictadura y la complicidad de los medios de comunicación, supera las cinco mil.

Con la asunción del gobierno democrático del Dr. Raúl Alfonsín el 10 de diciembre del año 1983, a instancias de organismos de Derechos Humanos y luego desde el Poder ejecutivo, se abren nuevas causas a las ya existentes, vinculadas a violaciones de Derechos Humanos y a la desaparición forzada de personas ocurridas desde el 24 de Marzo de 1976 hasta el 10 de diciembre de 1983, las cuales se asentaron en diversos Juzgados y Cámaras de Apelaciones.

A partir de entonces, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal analizó los hechos ocurridos en el país durante el autodenominado "Proceso de Reorganización Nacional" en lo atinente, entre otros aspectos, al sistema represivo creado desde la cúpula del aparato estatal en la causa 13/84 (también denominada "Causa originariamente instruida por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas en cumplimiento del decreto 158/83 del Poder Ejecutivo Nacional"), y en la causa 44/86 seguida contra los ex-jefes de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, llevada adelante por el decreto 280/84 del P oder Ejecutivo Nacional.

En dicho conjunto de actuaciones, quedó acreditada la organización y funcionamiento de una estructura ilegal, organizada y dirigida por las Fuerzas Armadas, la cual tenía como propósito llevar adelante un plan clandestino de represión.

Así, la Cámara antes mencionada en ocasión del llamado Juicio a las Juntas Militares, al dictar sentencia en la causa 13/84, realizó un análisis del contexto histórico y normativo en el cual sucedieron los hechos.

El plan sistemático de represión de las Fuerzas Armadas tuvo un patrón común de acción, que la Cámara Federal, en la sentencia señalada precedentemente, sistematizó.5Dentro de ese patrón, los médicos formaron parte del sistema represivo.

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En la actualidad

Según el informe sobre el estado de las causas por violaciones a los derechos humanos cometidas durante el terrorismo de Estado del 29 de diciembre de 2010, de la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las causas por violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el terrorismo de Estado, se han obtenido datos acerca del desarrollo de las causas en trámite en todo el país con el fin de conocer la cantidad de personas juzgadas, condenadas, procesadas y detenidas hasta fin de 2010, tomando como una de las principales referencias la cantidad de personas con, al menos, un auto de procesamiento dictado en su contra. De acuerdo a esto, son 820 la cantidad de personas procesadas. Es importante destacar que en los juicios por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado se han juzgado hasta el momento a 217 personas (juicios concluidos), de las cuales 196 fueron condenadas y 21 resultaron absueltas6. De los condenados, sólo 41 de ellos registran condenas firmes. El resto de los condenados tiene aún sus condenas en instancias de revisión.

La estructura de "sanidad" dentro del Terrorismo de Estado

En los juicios que se desarrollaron hubo testimonios acerca de cómo funcionaba la estructura de sanidad; esto da a suponer que se encuadraban a partir de los decretos y órdenes anteriormente citadas. Por ejemplo:

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Campo de Mayo operó, en su parte técnica, bajo la dependencia del Comando de Sanidad Militar y, en lo táctico u operacional, a través del Comando de Institutos Militares, como refiere el testimonio del General Agatino Di Benedetto en el Juicio a las Juntas.7

En el Juicio al Centro de Detención Unidad 9 de La Plata8, donde fueron condenados tres médicos9, diversos testimonios dieron...

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