Estudio preliminar

AutorWayne Morrison
PáginasXXV-LIV

1. El proceso de traducción al castellano de la obra

La experiencia de la traducción del inglés al castellano del texto que presentamos se debe al trabajo de Alejandro Piombo, quien desde México dedicó incontables horas a trasladar al mundo hispano un libro no sólo relevante para la cultura anglosajona, sino una obra fundamental para muchas de las ciencias sociales del orbe completo.

Nuestra mirada parte de la labor realizada por este equipo de revisión, corrección y edición integrado por quienes firmamos este estudio preliminar y por Fidel Amat (Q.E.P.D.).1En efecto, este texto introductorio que aquí presentamos es el fruto de más de un año de trabajo, reuniones, lecturas y discusiones que, desde la mirada de una sociología del control penal, se materializó en una vocación por abrir nuevos caminos ante las preguntas clave de Wayne Morrison; esto es: ¿dónde estuvo la criminología mientras se producían los cientos de crímenes masivos de Estado desde mediados del siglo XIX hasta nuestros días? Y ¿por qué no una criminología (crítica) global?

Paradójicamente, además, la tarea de traducción y revisión (que también incluye muchas notas de traducción realizadas por nosotros en diálogo con el autor),2ha sido una obra de la globalización, pues Criminología, civilización y nuevo orden mundial es un libro escrito por un neozelandés, pero que es profesor en Londres, donde la obra es publicada y que, a su vez, es traducida por un argentino que vive en México y revisada y co-traducida por un equipo de argentinos, catalanes, colombianos y chilenos que trabajamos juntos en la Universidad de Barcelona. Y todo ello, se realizó con el auspicio del Observatori del Sistema Penal i els Drets Humans (OSPDH) de la referida universidad y el persistente apoyo de la Editorial Anthropos.

En una primera fase de nuestro trabajo, la discusión epistemológica se nos presentaba, en perspectiva —aparentemente—, muy lejana. Pero rápidamente la reflexión colectiva en torno al texto nos empujó a una serie de dudas sobre la criminología y su selectiva historia, al tiempo que nos abrió las puertas para explorar nuevos horizontes

sobre la razón de nuestro propio quehacer en este campo cognoscitivo. Así, de la corrección de la traducción pasamos al centro de cuanto plantea nuestro autor y de la mera discusión semántica pasamos a la de los principios, a la ética y, en resumen, a la filosofía de este arte y a sus fundamentos: a la propia epistemología cuyos contornos se desdibujaban y ensanchaban.

Y en ese camino, la lectura de la obra nos fue entregando herramientas de reflexión para avanzar en su lógica y, de alguna forma, sacar a la luz una discusión que se encontraba pendiente entre nosotros, quienes nos afanamos por buscar una salida al sinsentido de la penalidad, precisamente haciendo a lo largo de todo el libro un juego permanente de luces y sombras, tomado de la alegoría de la caverna de Platón, que sutil y perspicazmente Morrison logra poner frente al espejo. Dicha imagen, central en esta obra, se traza con la línea divisoria entre el «espacio civilizado» y el que es propio de los confines de la civilización habitados por la barbarie. Reconocer que la criminología ha sido el discurso de la seguridad del espacio civilizado, revela hasta qué punto naturalizamos (banalizamos) la producción de millones de muertos en «operaciones punitivas» que tienen lugar en los sitios remotos del planeta. Ello puso de manifiesto, entre muchas otras cosas, que la grandeza de Occidente y en especial de algunas de sus grandes potencias (Santos, 2010) se ha construido sobre la violencia más brutal gene-rada por las guerras, los procesos de colonización y los crímenes de Estado.

También en el camino surgió entre nosotros la pregunta que imaginamos se hará más de un lector: ¿es criminología lo que hace Wayne Morrison? ¿Qué pasó con la ausencia de consideración del genocidio como objeto de estudio de aquella disciplina? También la «Presentación» que aquí nos brinda Zaffaroni abunda en semejante interrogante... Parece legítimo hacer un intento de descifrar, al menos, si estamos hablando el mismo idioma y si estamos trabajando sobre el mismo objeto de estudio.

2. El difuso objeto de estudio de la criminología

Durante el siglo XX, la criminología sufrió innumerables revisiones y transformaciones en su objeto de estudio, sin que sea posible afirmar de manera enfática un consenso entre los diferentes enfoques que la integran, sino más bien su amplia fragmentación (Ericson & Carrière, 2006; Downes & Rock, [2007] 2011; Ceretti, [1992] 2008, pp. 101 y ss.). Desde su origen formal en el gabinete del doctor Lombroso y en los análisis de los «estadísticos morales» (Bergalli, 1983, pp. 99 y ss.) cada nueva época fue trayendo nuevas explicaciones causales del comportamiento desviado o criminal de los seres humanos.

Con el paso de la criminología a EE.UU. y el surgimiento de las orientaciones sociológicas a comienzos del siglo pasado, se fueron acumulando nuevas explicaciones multicausales que incluían el desorden social, la nueva configuración de las urbes, las tensiones inherentes al modo de vida en EE.UU. y la generación de nuevas subculturas que desafiaban el imperio de la ley penal. Posteriormente, la entrada de la nueva criminología, radical o crítica, hizo que el eje de la explicación criminológica se desplazara hacia la construcción social de la realidad y la criminalización del comportamiento desviado; hacia la crítica de las desigualdades sociales y de clase en el capitalismo y al estudio del funcionamiento de los sistemas penales (Pavarini, [1980] 1983; Sandoval Huertas, 1985, pp. 5 y 6; Bergalli, 2003; Baratta, [1982] 1994).

Sin embargo, ninguna de las teorías que surgieron en los dos lustros de este siglo desaparecieron por completo, convirtiendo a la criminología en un verdadero «zoológico de especies vivas» o una «torre de babel» (Zaffaroni, 2005, p. 8; 2011, p. 47; Downes & Rock, 2011 [2007], p. 17) por donde circulan toda clase de teorías contradictorias y multidimensionales siempre bajo el paraguas de una disciplina (aparentemente) común, razón por la cual resulta más ajustado a la realidad hablar de «criminologías» en plural (Ceretti, [1992] 2008, p. 103). Esta constatación del ordenamiento discursivo y factual de la disciplina condiciona las discusiones en torno al objeto de estudio, y a pesar de ligeros acuerdos comunes, algunas orientaciones consideran que el estudio de la llamada «cuestión criminal»3debe abandonar la criminología —siempre etiológica— para fundar nuevos cauces disciplinarios como la sociología jurídico-penal (Bergalli, 2003; Bombini, 2010; Baratta, [1982] 1994).

Sin restarle importancia al debate planteado ni minimizar sus consecuencias epistemológicas, no obstante, es posible advertir que la mayoría de los manuales europeos al uso aceptan, por ejemplo, que el objeto central de la criminología puede estar relacionado bien con el estudio del delincuente y de las causas de la delincuencia, bien con los procesos de elaboración de las leyes, de infracción de las leyes y de reacción a la infracción de las leyes, según la clásica fórmula de Edwin Sutherland (Sutherland & Cressey, 1955), o en definitiva, con la inclusión de ambos horizontes de investigación (Hassemer & Muñoz Conde, 1989; 2001; Anitua, 2005).

Además de estos ámbitos, otros autores incluyen el estudio de las víctimas, de la conducta desviada no delictiva y del delito como evento (Garrido et al., 2001, p. 49; García-Pablos de Molina, 2008; 2009, p. 53; Cid Moliné & Larrauri Pijoán, 2001, pp. 15-20; Roldán Barbero, 2009; Serrano Maíllo, 2008). En la literatura de lengua inglesa se encuentran, por su parte, algunas coincidencias en la definición de la criminología como un ámbito disciplinar orientado hacia el estudio y la investigación del crimen, los criminales y el sistema de justicia penal (Newburn, 2007, pp. 4-6; Carrabine et al., 2009, p. 3; O’Brien & Yar, 2008, p. x; Siegel, 2011; Lippens, 2009, p. 10; Vold et al., [1958] 1998, pp. 4-13).

3. La construcción de un saber selectivo y discriminatorio: su revisión desde la filosofía y la teoría crítica

Una vez que se han reseñado los objetos de estudio de la criminología tradicional (que como tal se sigue enseñando en tantas universidades), conviene preguntarse por qué ello ha sido construido así, hegemónicamente. Una «criminología de los delitos menores» junto a un derecho penal que no persiguió eficazmente a los delitos de los poderosos, a la tortura, a la corrupción, al tráfico de armas, a los procesos de colonización y a la guerra, constituyen...

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