La estructura del AMEVA: una visión panorámica

AutorCristóbal Molina Navarrete
Páginas43-45

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Antes de ensayar ofrecer una cumplida respuesta a cada una de esas cuestiones, necesaria para llevar a cabo una adecuada inter-pretación del AMEVA y, sobre todo, su aplicación en los diferentes ámbitos de negociación, quizás no esté de más ofrecer una imagen global de la estructura y contenido del AMEVA. Éste se estructura en 5 Capítulos que versan sobre las siguientes materias:

1) Introducción (Preámbulo).

2) Objetivos perseguidos.

3) Descripción de las conductas incluidas.

4) Delimitación de las medidas para la prevención, identificación y gestión de los problemas de violencia laboral.

5) Procedimiento de aplicación y vías de seguimiento.

Como puede comprobarse, su estructura es análoga a los denominados "Acuerdos Marco Internacionales" -AMI-, en los que el protagonismo comunitario es marcado, dado que, desde sus orígenes, cercanos en el tiempo -2001-, predomina la presencia de los grupos de empresa transnacionales y la participación de los Comités de Empresa Europeos -CEU-. Sin embargo, según se expondrá más abajo, se diferencia notablemente en diversos aspectos. Así sucede, sobre todo en su ámbito funcional -los AMI tienen por lo general un ámbito estrictamente empresarial (empresa multinacional)-, y en su contenido -los AMI no suelen ser "monográficos", concretados en materias concretas, sino que abarcan un catálogo amplio de principios, derechos y condiciones de trabajo, por lo general es-

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trechamente ligados a la Declaración de la OIT sobre principios y derechos fundamentales (1998) y sus Convenios básicos-16.

El primer Capítulo, llamado "Introducción" y que responde a la fórmula típica de los "Preámbulos", contiene 5 párrafos referidos a distintos aspectos generales del marco de gestión de la violencia en el trabajo que propone. Esta Parte Preliminar, de no fácil negociación, trata de marcar las principales pautas a seguir para comprender, por tanto para interpretar, el contenido de lo convenido. Así, por un lado, se ofrece las razones que amparan la protección promovida, centrándose en buena medida en la tutela de la dignidad de la persona del trabajador como imperativo ético y como condición de éxito de las organizaciones. Por otro, incorpora una técnica de remisión formal, abierta, a los marcos legales en los que se fundamentaría o ampararía el deber de los empleadores de protección frente a la violencia en el lugar de trabajo.

Finalmente, a la delimitación inicial del ámbito de conductas a las que resulta de...

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