DECRETO 34/2014, de 7 de marzo, del Consell, de modificación del Decreto 179/2012, de 14 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerías de la Generalitat.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Generalitat
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El Decreto 179/2012, de 14 de diciembre, del Consell, establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Generalitat. La reciente aprobación y entrada en vigor del Real Decreto 981/2013, de 13 de diciembre, sobre traspaso de funciones de la Administración del Estado a la Generalitat en materia de expedición del título de gestor administrativo, lleva a modificar el citado Decreto del Consell para atribuir a la Secretaría Autonómica de Gobernación y a la Dirección General de Desarrollo Estatutario y Promoción del Autogobierno las funciones derivadas del referido traspaso.

En virtud de ello, y haciendo uso de las atribuciones conferidas en el artículo 64 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, a propuesta del President de la Generalitat y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 7 de marzo de 2014,

DECRETO

Artículo único Modificación del artículo 27 del Decreto 179/2012, de 14 de diciembre, del Consell

Se modifica el artículo 27 del Decreto 179/2012, de 14 de diciembre, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerías de la Generalitat, cuya redacción se inserta en el anexo del presente decreto.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el mismo día de su aprobación.

Valencia, 7 de marzo de 2014

El president de la Generalitat, ALBERTO FABRA PART

ANEXO

Nueva redacción del artículo 27 del Decreto 179/2012, de 14 de diciembre, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerías de la Generalitat.

Artículo 27. De la Secretaría Autonómica de Gobernación

1. La Secretaría Autonómica de Gobernación asume las funciones que le atribuye el artículo 68 de la Ley del Consell en materia de interior, protección civil, gestión de la unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunitat Valenciana, prevención y extinción de incendios y gestión de las competencias en materia de situaciones de emergencia, desarrollo del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, consultas populares y electorales, y relaciones con la profesión titulada de gestor administrativo a los efectos de ejercer las funciones traspasadas a la Generalitat...

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