Estimación indirecta de bases imponibles y estimación de rentas
Autor | Domingo Carbajo |
En el IS español el régimen general de determinación de la base imponible es la estimación directa, art. 10.2 LIS de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS) , pudiendo aplicarse la estimación indirecta de bases imponibles, cuando así lo regule la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) . En este caso, se permite la estimación de rentas, a la que se refiere el art. 123 LIS , y explicitaremos seguidamente.
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El Título IV de la LIS , se intitula la base imponible y comprende desde los arts. 10 a 26, ambos inclusive . Por su parte, la otra norma básica del IS, el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (RIS) , también dedica su Título I a la base imponible, dividiéndolo en 10 Capítulos que van desde los arts. 1 al 44, ambos inclusive , más el Anexo.
La LIS, por su parte, estructura la base imponible del IS en cinco Capítulos: I, concepto y determinación de la base imponible . Reglas de imputación temporal ; II, limitación a la deducibilidad de gastos ; III, reglas de valoración ; IV, exención para eliminar la doble imposición , Valores representativos de los fondos propios de entidades y establecimientos permanentes y V, reducciones en la base imponible .
El análisis de la base imponible IS es uno de los aspectos clave del tributo, tanto por la relevancia general del concepto como por el hecho de que lo configura como un impuesto usuario de la contabilidad, art. 10.3 LIS ya que la determinación de la renta sometida a imposición, hecho imponible del gravamen, art. 4 LIS , parte del resultado contable determinado conforme a las normas contables, art. 10.3 LIS , constituyendo este artículo la clave de bóveda de la estructura del IS en España, pues la contabilidad se constituye en parte integral del impuesto.
La base imponible es uno de los elementos cuantitativos del hecho imponible , necesario para cuantificar la capacidad contributiva sometida a imposición (renta).
ELEMENTOS DEL HECHO IMPONIBLE EN EL IS: Elemento material: la renta obtenida por el contribuyente + rentas imputadas + rentas atribuidas. Elemento espacial: el territorio nacional. Elemento temporal: período impositivo, generalmente, anual y devengo, generalmente, el último día del período impositivo. Elemento subjetivo: el contribuyente. Elementos cuantitativos: base imponible, tipos de gravamen, deducciones, etc. |
El art. 10 LIS introduce la base imponible del IS, efectuando su definición general, estableciendo sus regímenes de determinación y, en su apartado 3 , vinculando su determinación al resultado contable del contribuyente, determinado y cuantificado conforme a las normas de contabilidad.
En nuestro IS, el régimen general de determinación de la base imponible es la estimación directa , aplicándose la estimación objetiva, de manera exclusiva, en el régimen fiscal especial de entidades navieras, regulado en el Capítulo XVI del Título VII LIS, arts. 113 a 117, ambos inclusive , art. 10.2 y 3 LIS .
Por su parte, el régimen de estimación indirecta de determinación de la base imponible será de aplicación con carácter subsidiario respecto de los anteriores, en las circunstancias y con los medios previstos en el art. 53 LGT , de acuerdo al procedimiento regulado en los art. 158 LGT y art. 193 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (RGAT) .
Base imponible en el Impuesto sobre SociedadesEn el IS la base imponible es una magnitud monetaria, por lo tanto, es de las conocidas como bases imponibles “ad valorem” y conforme al art. 10.1 LIS ,
“…estará constituida por el importe de la renta en el período impositivo minorada por la compensación de bases imponibles negativas de períodos impositivos anteriores.” LA DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE EN EL IMPUESTO Resultado contable, art. 10.3 LIS +/- correcciones al resultado contable, arts. 11 al 22 LIS, ambos inclusive . =Base imponible del... |
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