Orden PAT/98/2003, de 23 de enero, por la que se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, el Estatuto particular del Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ANEXO

DESCRIPCIÓN Y DETERMINACIÓN DE LOS PROPIETARIOS DEL BIEN QUE ES PRECISO OCUPAR PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO:

'AMPLIACIÓN DE LA CARRETERA PROVINCIAL SG-3211,

EN EL CRUCE DE LAS CALLES ETREROS Y WENCESLAO DELGADO DE SANGARCÍA, (SEGOVIA)'

Término municipal de Sangarcía

Nombre de los propietarios: Herederos de D. Quintín Isidro Mayoral Fuentes.

Descripción de la finca: Inmueble sito en la calle Etreros n.º 1 de Sangarcía. Referencia catastral: 0940601UL8304.

ORDEN PAT/98/2003,de 23 de enero, por la que se inscribe en el Regis tro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, el Estatuto particular del Colegio Oficial de Protésicos Denta les de Castilla y León.

Visto el expediente de inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, del Estatuto part i c u l a r del Colegio Oficial de PROTÉSICOS DENTALES DE CASTILLA Y LEÓN, con domicilio Social en C/ COLMENA R E S, 10-1.º 3.º, de VA L L A D O L I D, cuyos

ANTECEDENTES DE HECHOS:

Primero. Con fecha 10 de junio de 2002 fue presentada por D. Jaime Cano Herrera, en calidad de Letrado Asesor y representante del Colegio Oficial de PROTÉSICOS DENTALES DE CASTILLA Y LEÓN, solicitud de inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de C o l egios de Castilla y León, del Estatuto particular del Colegio Oficial citad o , que fue ap robado en A s a m blea General de fe cha 01 de junio de 2002.

Segundo. El citado Colegio se encuentra inscrito en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, por O rden de la Consejería de Presidencia y A d m i n i s t ración Te rri t o rial de fecha 21 de septiembre de 2000, con el número registral 73/CP.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Primero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8, apartado a) y en el artículo 29, apartado b), de la Ley 8/1997, de 8 de julio,de Colegios P ro fesionales de Castilla y León, el artículo 13, ap a rtados 3 y 5, y el a rtículo 34, apartado 1-b), del Decreto 26/2002, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales, los Colegios Profesionales comunicarán a la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, los Estatutos y sus modificaciones para su calificación de legalidad, inscripción y publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' y, una vez inscritos y publicados, los Estatutos tienen...

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