Decreto 14/2010, de 23/03/2010, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario y del personal funcionario docente no universitario para el año 2010.

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Administraciones púBlicas y Justicia
Rango de LeyDecreto
  1. AUTORIDADES Y PERSONAL

OPOSICIONES Y CONCURSOS

Consejería de Administraciones Públicas y Justicia

Decreto 14/2010, de 23/03/2010, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario y del personal funcionario docente no universitario para el año 2010. [2010/5253]

El artículo 70.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, dispone que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de Empleo Público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal.

Por su parte, la Ley 7/2001, de 28 de junio, de Selección de Personal y Provisión de Puestos de Trabajo, determina en su artículo 2 que los puestos de trabajo dotados presupuestariamente que no puedan ser cubiertos con los efectivos de personal existentes serán objeto de Oferta de Empleo Público, siempre que su cobertura se considere necesaria.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.5 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, el artículo 33 de la Ley 5/2009, de 17 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2010, señala que durante el 2010 no se producirá convocatoria de plazas para ingreso de nuevo personal con la excepción, respetando siempre las limitaciones que, con carácter básico, establezca la normativa estatal, de aquéllas que se destinen a sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren absolutamente prioritarios y que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

El artículo 23.1 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, dispone, con carácter básico, que durante el año 2010, el número total de plazas de nuevo ingreso del personal del sector público delimitado en el artículo anterior será, como máximo, igual al 15 por 100 de la tasa de reposición de efectivos. Esta limitación no es de aplicación a las Administraciones públicas con competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de personal funcionario docente ni a las Administraciones públicas con competencias sanitarias en relación con la cobertura de las correspondientes plazas en los hospitales y centros de salud del Sistema Nacional de Salud.

En consonancia con lo anterior, el artículo 33 de la Ley 5/2009, de 17 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2010, establece que la limitación referida a la tasa de reposición no será de aplicación a aquellos sectores o áreas de actuación administrativa competencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que se excluyan con carácter básico en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010.

En cumplimiento de los preceptos señalados, la Oferta de Empleo Público para el año 2010 comprende las plazas vacantes de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que habrán de ser cubiertas por personal funcionario docente no universitario y por personal estatutario.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de...

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