Resolución de 30 de abril de 1992, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre delegación de competencias del Presidente en El Director general de la misma.

MarginalBOE-A-1992-13983
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

De acuerdo con lo establecido en el apartado dos.4 del artículo 103 de La Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del estado para 1991, que creó la Agencia Estatal de administración tributaria, modificado posteriormente por la disposición adicional 17 de La Ley 18/1991, de 6 de junio, del impuesto sobre la renta de las personas físicas, los Actos que en el ejercicio de sus funciones sujetas al ordenamiento jurídico público pudiera dictar la agéncia, cuándo sean distintos de aquéllos dictados en materias sobre las que puedan versar las reclamaciones económico-Administrativas, agotarán la vía Administrativa y serán susceptibles de impugnación en vía contencioso-Administrativa, sin perjuicio del preceptivo recurso de reposición previó.

Asimismo, el apartado tres.2 del artículo 103 citado establece las competencias del Presidente de la agéncia y prevé la delegación de facultades que el mismo puede acordar en favor del Director General de la misma.

Por ello, al Amparo de las Disposiciones citadas, y con la finalidad de lograr una mayor agilidad y eficacia en la gestión de los servicios a cargo de la agéncia, se estima conveniente delegar en El Director general determinadas competencias atribuídas al Presidente de la agéncia, de acuerdo con la legislación mencionada.

En su virtud, he acordado:

Primero. Se delega en El Director general de la agéncia la competencia para resolver en última instancia dentro de la vía Administrativa, cuándo no corresponda a una autoridad inferior, los recursos promovidos contra las Resoluciones de los órganos...

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