Estamentos y Generalitat, voces políticas del Reino Valenciano en los siglos XVII y XVIII

AutorSergio Villamarín Gómez
Páginas295-316
Estamentos y Generalitat, voces políticas del Reino Valenciano en los siglos  y  295
RJUAM, n.º 33, 2016-I, pp. 295-316ISSN: 1575-720-X
ESTAMENTOS Y GENERALITAT, VOCES POLÍTICAS DEL REINO
VALENCIANO EN LOS SIGLOS XVII Y XVIII*
S V G**
Resumen: A lo largo de la Edad Moderna, los estamentos valencianos asumieron un importante
papel en la vida política del reino, reuniéndose periódicamente incluso fuera de cortes. Con ello,
interfi rieron en el papel representativo que asumía la diputación de cortes valenciana, la Gene-
ralitat, cuando las cortes no estaban reunidas. El objeto de las presentes líneas es comprobar la
convivencia de ambas instancias en el organigrama político valenciano, y si su presencia favorecía
o perjudicaba la defensa de los intereses del reino frente a la monarquía. Y también si la presencia
de los estamentos aumentaba la participación de nuevas voces en el limitado espacio político que
ofrecía el Antiguo Régimen.
Palabras clave: Generalitat valenciana, estamentos, defensa de la legalidad foral, representati-
vidad política, siglo .
Abstract: During fi nal Modern Era, Valencian estates assumed a key role in public politics becau-
se they were able to continue with their meetings in a regular way, even outside the Parliament,
avoiding Royal call. Doing so they became a de facto institution which invaded the traditional
political space occupied by the Parliament’s Diputación de Cortes, la Generalitat, when the
Parliament was not assembled. The purpose of these pages is to check how did these institutions
coexist in the Valencian political structure during the  and  centuries, and if that duplicity
favoured or damaged the defense of Valencian own will against monarchy’s administration. And
also if the presence of these estates meetings increased plurality in the restricted political space
allowed by the principles of the Ancient Regime.
Keywords: Valencian Generalitat, Valencian estates, foral legality defense, political represen-
tation,  century.
S: I. DOS INSTITUCIONES, UNA SOLA REPRESENTACIÓN. CONVIVENCIA Y
PROBLEMAS; II. LA EFICACIA DE LA REPRESENTACIÓN. LA PARTICIPACIÓN DE
LOS REPRESENTADOS; III. LA CONCLUSIÓN, TAL VEZ…; IV. BIBLIOGRAFÍA.
«Cada reino tenía sus diputados que le representaban en sus tres brazos,
eclesiástico, noble y real, contribuyendo todos a benefi cio común de los pueblos
diferentes tributos generales que se impusieron para este fin. Estos tributos
* Fecha de recepción: 19 de octubre de 2015.
Fecha de aceptación: 18 de abril de 2016.
** Profesor contratado doctor, Universitat de València. Correo electrónico: Sergio.Villamarin@uv.es.
SERGIO VILLAMARÍN GÓMEZ
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RJUAM, n.º 33, 2016-I, pp. 295-316 ISSN: 1575-720-X
perseveran, sin embargo de haberse extinguido las diputaciones, con notable
prejuicio de aquellos reinos. Pues así como es muy conveniente que en cada
pueblo haya un procurador general que atienda a su bien común y proteja a sus
vecinos desvalidos, así también sería muy provechoso que cada reino tuviese en
su ciudad capital y en esta Corte diputados, con el fi n de mirar por el bien público
y de amparar y de amparar a muchos pueblos miserables que ni tienen caudales
para venir a la corte ni voces para manifestar a V. M. sus trabajos. Solamente
podrán reprobar y resistir este establecimiento aquellos ministros que aspiren
a ser absolutos en las provincias, y para obrar con un dominio ilimitado y aun
independiente de la superioridad, quisiesen que no hubiera recursos a V. M. ni a
sus supremos tribunales. ¡Cuántas vexaciones, Señor, y cuántas calamidades se
hubieran evitado en aquellos reinos si destinándose los tributos de la generalidad
o diputación a los designios para los que se impusieron, hubiese habido diputados
que, postrados a los reales pies de los piadosos padre y hermano de V.M., hubiesen
hecho las debidas humildes representaciones!»1.
I. DOS INSTITUCIONES, UNA SOLA REPRESENTACIÓN. CONVIVENCIA
Y PROBLEMAS
Los lamentos de los territorios de la Corona de Aragón derrotada en la Guerra de
Sucesión, sobre la pérdida de las diputaciones forales en su doble papel de representantes
regnícolas frente a la monarquía y responsables del propio Gobierno, contenían, pese a su
sinceridad y sentida crítica respecto al proceso de Nueva Planta, una importante inexac-
titud sobre el reino valenciano. Y es que los añorados diputados, núcleo gobernante de la
Generalitat, no estaban solos en el papel de portavoces y defensores del bien común, pues
compartían tarea con las juntas de estamentos2. Estos no eran otra cosa que los brazos que
componían el reino en Cortes, que en València se reunían fuera de ellas de forma autónoma
desde el siglo 3. Esta circunstancia les llevaba a ocupar el mismo espacio que los
diputados forales, no en vano su composición estamental era idéntica. Dualidad institucional
mantenida hasta la desaparición de ambas instancias en 1707. El objeto de estas páginas es
revisar los términos en que se planteaba esta convivencia, sus problemas y sus resultados,
1 «Memorial de greuges de 1760», Escrits polítics del segle . Documents polítics de la Catalunya
sotmesa, TORRAS I RIBÉ, J. M. (de. Lit.), 3 vols., Barcelona, 1996, , pp. 95 y 96.
2 Las reuniones en juntas de los estamentos no eran exclusivas de Valencia, también se producían en
Cataluña, si bien sin alcanzar el mismo papel protagónico en la actividad política, SALES, N., «Institucions
polítiques catalanes en vigílies de la seva abolició: una tasca historiogràfi ca urgent. La reedició de la compilació
de constitucions de 1588-1589. La publicació del processos de cort de 1585-1705», Pedralbes: Revista d’Història
Moderna, 13- (1993), pp. 275-279; PALOS, J. L., Catalunya a l’imperi dels Àustria, Lérida, 1994, pp. 360-
380; PÉREZ LATRE, M., «Juntes de Braços i Diputació del general (1587-1593): “Un presidi de Cavallers
conspirant contra sa magestat?”», Pedralbes: Revista d’Història Moderna, 13- (1993), pp. 281-298.
3 GIMÉNEZ CHORNET, V., «Las actas de las deliberaciones de los estamentos de Valencia. Un fondo
documental del Archivo del Reino de Valencia», Cuadernos de Historia Moderna, n.º 14 (1993), pp. 255-264,
p. 260. La constancia documental de sus reuniones en las postrimerías del  así lo indica.

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