Decreto 121/2011, de 07/07/2011, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorPresidencia de la Junta.
Rango de LeyDecreto

El Decreto 69/2011, de junio, ha establecido una nueva estructura de la Administración Regional. La Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas es el órgano que aparece integrado en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con atribución a su titular de las funciones de Secretaría del Consejo de Gobierno.

Procede, por tanto, establecer una nueva estructura de la Presidencia de la Junta de Comunidades adaptada a la nueva organización de la Administración Regional diseñada por el Decreto 69/2011, ya citado. En dicha estructura, se da cumplimiento al compromiso de la Presidenta de la Junta de reducir significativamente el número de Direcciones Generales, fomentando de esa manera una mejor coordinación de la Administración a la situación actual derivada de la crisis económica.

Dentro de esa reducción y como consecuencia de la supresión de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, se procede a modificar las competencias en materia de personal de la estructura periférica de la Administración Regional, estableciendo funciones de coordinación a los Delegados Provinciales de la Junta, sin perjuicio de la dependencia funcional de cada Consejería.

La simplificación y racionalización de la estructura de la Consejería implicará que los recursos administrativos sean administrados con un mayor nivel de austeridad y eficiencia, optimizando la calidad de los servicios públicos que se prestan en el ámbito de sus competencias.

Por ello, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de julio de 2011,

Dispongo

Artículo 1 Órganos de la Presidencia.

Son órganos integrados en la estructura de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas y el Gabinete de la Presidencia. Depende directamente de la Presidencia la Oficina de Control Presupuestario y el Instituto de la Mujer como organismo autónomo.

Artículo 2 Ámbito competencial de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas.

La Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas tiene atribuidas las siguientes competencias: El apoyo al titular de la Presidencia en la coordinación de las Consejerías, de los órganos integrantes de la Administración Regional y de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades, de la presencia del Gobierno de Castilla-La Mancha en los organismos de carácter suprautonómico y de los trabajos de las Comisiones Bilateral y Mixta de Transferencias; el nombramiento y cese del personal eventual de la Presidencia; la Secretaría del Consejo de Gobierno, y la elevación a éste de las propuestas que se refieran a la Presidencia de la Junta; la ejecución de los programas que decida desarrollar la Presidencia de la Junta; las relaciones con las Cortes de Castilla-La Mancha y cualquier otra materia que le sea encomendada o delegada por la Presidenta de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Esta Consejería es, también, la responsable de la definición y ejecución de la acción de gobierno en las áreas de organización de la Administración de la Comunidad Autónoma, dirección y coordinación de los servicios jurídicos, empleo público, coordinación administrativa general, calidad de los servicios, coordinación del Sistema de Archivos Públicos de Castilla-La Mancha, relaciones institucionales con los Colegios Profesionales y sus Consejos, relaciones con las Entidades Locales, protección civil y formación y coordinación de policías locales. Asímismo, le corresponde la gestión del proceso de traspaso de funciones y servicios en materia de justicia y la dirección de éstos una vez transferidos, y cualquier otra materia que le atribuya una disposición de carácter general.

La persona titular de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas será suplida en el despacho ordinario de los asuntos de la misma por la persona titular de la Secretaría General de Presidencia y Administraciones Públicas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.1 de la Ley 11/2003 de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Las Delegaciones Provinciales dependen orgánicamente de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas.

Artículo 3 Funciones de la persona titular de la Consejería.
  1. Corresponden a la persona titular de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, como órgano superior de la misma, las funciones señaladas en el artículo 23.2 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

  2. La persona titular de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, en cuanto órgano de contratación de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, está facultada, en el ámbito de su competencia, para celebrar contratos en su nombre, sin perjuicio de las delegaciones o desconcentraciones de competencias y facultades que se acuerden.

  3. A la persona titular de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas le corresponde la propuesta, al Consejo de Gobierno, del nombramiento y cese de los Delegados Provinciales de la Junta de Comunidades.

Artículo 4 Órganos de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas.
  1. La Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas se estructura los siguientes órganos directivos centrales:

    1. Secretaría General de Presidencia y Administraciones Públicas

    2. Dirección General de Relaciones con las Cortes

    3. Dirección General de Coordinación y Administración Local

    4. Dirección General de la Función Pública, Calidad de los Servicios y Justicia

    5. Dirección General de Protección Ciudadana

  2. La estructura periférica de la Consejería está compuesta por:

    1. Las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha con las unidades periféricas del Gabinete Jurídico, de Administración Local, Protección Ciudadana, Información General y Registro, Prevención de Riesgos Laborales.

    2. La Delegación de Servicios de la Junta de Comunidades en Talavera de la Reina.

    3. La Delegación de Servicios de la Junta de Comunidades en Molina de Aragón.

  3. Integrados en la estructura de la Consejería y presididos por su titular, existen los siguientes órganos colegiados:

    1. El Consejo de Función Pública de Castilla-La Mancha.

    2. El Consejo de Planificación de la Escuela de Administración Regional.

    3. El Consejo Regional de Municipios.

    4. El Consejo Regional de Provincias.

    5. El Consejo de Archivos de Castilla-La Mancha.

    6. La Comisión Regional de Protección Civil y Emergencias.

    7. La Comisión de Coordinación de Policías Locales.

    8. El Consejo Asesor de acceso a la Función Pública de Personas con Discapacidad.

  4. El Ente Público Radio Televisión de Castilla-La Mancha se adscribe a la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas.

  5. Como órgano de asistencia política y técnica a la persona titular de la Consejería existe un gabinete dirigido por el Director o la Directora de Gabinete.

Artículo 5 Secretaría General de...

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