DECRETO 193/2007, de 20 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de los Jóvenes y del Deporte.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública y Hacienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 193/2007, de 20 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de los Jóvenes y del Deporte.

Mediante Decreto del Presidente 17/2007, de 30 de junio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se creó la Consejería de los Jóvenes y del Deporte como una de las Consejerías que conforman dicha Administración, asignándole las competencias que en materia de iniciativa joven tenía atribuidas la Presidencia de la Junta y las de juventud y deportes que tenía atribuidas la anterior Consejería de Cultura.

Esta modificación en la organización y competencias de las Consejerías que estructuran la Administración de esta Comunidad Autónoma, hace necesaria establecer la regulación de la estructura orgánica de la Consejería de los Jóvenes y del Deporte, en la que se establezcan los órganos directivos que la integran así como el ejercicio de las competencias atribuidas a la misma.

Por ello, de conformidad con lo previsto en los artículos 23.ñ) y 57.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a iniciativa de la Consejería de los Jóvenes y del Deporte, a propuesta de la Consejería de Administración Pública y Hacienda y, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en la sesión celebrada el 20 de julio de 2007,

D I S P O N G O :

Artículo 1 Organización General.
  1. La Consejería de los Jóvenes y del Deporte, bajo la superior dirección de su titular, de acuerdo con lo establecido en los artículos 55 y 56 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se estructura en los siguientes órganos directivos:

    Secretaría General.

    Dirección General de Deportes.

    Gabinete de Iniciativa Joven.

  2. Formarán parte, asimismo, de la Consejería:

    El Consejo de Dirección.

    El Gabinete del Consejero.

    El Consejo de Dirección: Presidido por el titular de la Consejería, con funciones de coordinación y deliberación, estará formado por los Altos Cargos de la Consejería y por el Jefe del Gabinete del Consejero.

    A sus reuniones podrán ser convocados, cuando se juzgue necesario por el Consejo de Dirección, los titulares de otras unidades de la Consejería.

    El Gabinete del Consejero: El Consejero estará asistido por un gabinete compuesto por su titular y los Asesores que tendrán la condición de personal eventual, sin perjuicio de su posible relación previa con la Administración Autonómica. Ejercerá funciones de asesoramiento y apoyo, y cuantas otras se les asignen específicamente, de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  3. El Consejo de la Juventud de Extremadura y El Instituto de la Juventud de Extremadura, creados mediante Ley 1/1985, de 24 de enero y Ley 1/2007, de 20 de marzo, respectivamente, dependientes de la anterior Consejería de Cultura, pasarán a formar parte de la Consejería de los Jóvenes y del Deporte adscribiéndose a la misma.

Artículo 2 Secretaría General.
  1. La Secretaría General...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR