DECRETO 193/2007, de 20 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de los Jóvenes y del Deporte.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Administración Pública y Hacienda |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 193/2007, de 20 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de los Jóvenes y del Deporte.
Mediante Decreto del Presidente 17/2007, de 30 de junio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se creó la Consejería de los Jóvenes y del Deporte como una de las Consejerías que conforman dicha Administración, asignándole las competencias que en materia de iniciativa joven tenía atribuidas la Presidencia de la Junta y las de juventud y deportes que tenía atribuidas la anterior Consejería de Cultura.
Esta modificación en la organización y competencias de las Consejerías que estructuran la Administración de esta Comunidad Autónoma, hace necesaria establecer la regulación de la estructura orgánica de la Consejería de los Jóvenes y del Deporte, en la que se establezcan los órganos directivos que la integran así como el ejercicio de las competencias atribuidas a la misma.
Por ello, de conformidad con lo previsto en los artículos 23.ñ) y 57.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a iniciativa de la Consejería de los Jóvenes y del Deporte, a propuesta de la Consejería de Administración Pública y Hacienda y, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en la sesión celebrada el 20 de julio de 2007,
D I S P O N G O :
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La Consejería de los Jóvenes y del Deporte, bajo la superior dirección de su titular, de acuerdo con lo establecido en los artículos 55 y 56 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se estructura en los siguientes órganos directivos:
Secretaría General.
Dirección General de Deportes.
Gabinete de Iniciativa Joven.
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Formarán parte, asimismo, de la Consejería:
El Consejo de Dirección.
El Gabinete del Consejero.
El Consejo de Dirección: Presidido por el titular de la Consejería, con funciones de coordinación y deliberación, estará formado por los Altos Cargos de la Consejería y por el Jefe del Gabinete del Consejero.
A sus reuniones podrán ser convocados, cuando se juzgue necesario por el Consejo de Dirección, los titulares de otras unidades de la Consejería.
El Gabinete del Consejero: El Consejero estará asistido por un gabinete compuesto por su titular y los Asesores que tendrán la condición de personal eventual, sin perjuicio de su posible relación previa con la Administración Autonómica. Ejercerá funciones de asesoramiento y apoyo, y cuantas otras se les asignen específicamente, de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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El Consejo de la Juventud de Extremadura y El Instituto de la Juventud de Extremadura, creados mediante Ley 1/1985, de 24 de enero y Ley 1/2007, de 20 de marzo, respectivamente, dependientes de la anterior Consejería de Cultura, pasarán a formar parte de la Consejería de los Jóvenes y del Deporte adscribiéndose a la misma.
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La Secretaría General...
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