Decreto 57/2001, de 28 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Economía

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda y Economia
Rango de LeyDecreto

El Decreto 25/1999, de 21 de julio, establecía la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Economía.

Desde entonces se han producido importantes cambios en el ámbito competencial de la mencionada Consejería, a consecuencia del sucesivo traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma, siendo el más importante de ellos, en atención al impacto organizativo, el relativo a la competencia de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación.

Expuesto lo anterior, se hace necesario modificar la estructura organizativa de la Consejería de Hacienda y Economía, adaptando las unidades administrativas a la nueva reorganización que se sustancia en el desdoblamiento de la Dirección General de Empleo, Comercio, Consumo e Industria en dos nuevas Direcciones competentes, en materia de Industria, Comercio y Consumo y Empleo y Relaciones Laborales, respectivamente.

Por todo ello, el Gobierno a propuesta del Consejero de Hacienda y Economía y previa deliberación de sus miembros en su reunión del día 28 de diciembre de 2001, acuerda aprobar el siguiente

Decreto

Artículo 1 Configuración general de la Consejería de Hacienda y Economía.

La Consejería de Hacienda y Economía es el órgano de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja al que corresponde, dentro del ámbito de competencias que le confieren las disposiciones vigentes, la preparación y ejecución de la política económica general del Gobierno y en particular asumirá y desempeñará competencias en materias de regulación de la contratación y de la gestión patrimonial; en materia presupuestaria y estadística así como de planificación económico-financiera; de control interno y contable; de gestión tributaria y de regulación y ordenación de empleo, comercio, consumo, industria y energía.

Artículo 2 Centros Directivos.

Para el ejercicio de sus competencias, la Consejería de Hacienda y Economía se estructura en los siguientes Centros Directivos, con nivel orgánico de Dirección General:

- Secretaría General Técnica

- Dirección General de Economía y Presupuestos

- Intervención General

- Dirección General de Industria, Comercio y Consumo.

- Dirección General de Empleo y Relaciones Laborales.

- Dirección General de Tributos

Artículo 3 Secretaría General Técnica.
  1. Servicio de Régimen Interior y Gestión Presupuestaria

    1.1. Sección de Gestión Económico-Presupuestaria

    1.1.1. Negociado de Gestión Presupuestaria

    1.1.2. Negociado de Régimen Interior

  2. Servicio de Asistencia Jurídica

    2.1. Sección de Normativa y Asistencia Jurídica

    2.1.1. Negociado de Coordinación Legal

    2.2. Sección de Régimen Jurídico Tributario

  3. Servicio de Contratación

    3.1. Sección de Contratación

    3.1.1. Negociado...

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