'La estabilidad de funcionarios y trabajadores ¿una gran distancia entre ambas relaciones de empleo?'

AutorAlfredo Montoya Melgar
Páginas347-349

Consejo Económico y Social Madrid, 2001 227 páginas Dos de los temas cruciales de nuestro tiempo en materia de ordenación jurídica de las relaciones laborales 'el tema de la estabilidad en el empleo y su crisis contemporánea y el tema de la aproximación del estatuto de los trabajadores y el de los empresarios'convergen en el propósito y desarrollo de este importante libro.

En efecto, la investigación que se comenta aborda, desde una perspectiva inédita, la compleja cuestión de la ósmosis entre las relaciones laborales y funcionariales (cuestión sobre la que, si se me permite evocar un dato autobiográfico, versó mi primera investigación jurídico'laboral, siendo alumno de la Cátedra del Profesor Alonso Olea: La inamovilidad del funcionario y el obrero en relación con la productividad nacional, Premio García Oviedo, Universidad de Sevilla, 1958) .

El libro de César Mifiambres parte de los aspectos generales del tema, incluidos los históricos, centrándose, como piedra de toque esencial, en el elemento de la estabilidad propia de uno y otro regímenes de empleo. En concreto, lo que el autor se plantea desde la primera página de su brillante estudio es si dicha estabilidad o permanencia es o no un «factor clave» en la diferenciación entre trabajadores asalariados y funcionarios; planteamiento que actualmente se torna más complejo a causa del crecimiento masivo de un tercer elemento: el personal laboral al servicio de las Administraciones; un elemento que viene contribuyendo a un amplio proceso de «laboralización» de la función pública, reverso del cual son ciertos intentos, mucho más débiles,

de «funcionarización» del contrato de trabajo.

Ambos fenómenos tenderían, cada uno desde su espacio propio y con su propia intensidad,

a un fin común: la aproximación del régimen jurídico de la prestación de servicios de funcionarios y trabajadores.

Rehuyendo cualquier apriorismo, el Profesor Miñambres, que aúna saberes teóricos y prácticos decantados en largos años de dedicación como profesor y letrado, admite, no ya como una doctrina sino como un hecho evidente, la progresiva equiparación de las condiciones de trabajo de todos quienes prestan servicios dependientes, cualquiera que sea la naturaleza, privada o pública, de los respectivos vínculos. Como hemos apuntado más arriba, tal equiparación es de doble dirección: el funcionario aspira a los mayores beneficios que presenta el estatuto laboral (especialmente en el orden «colectivo»: libertad sindical, derecho a la negociación colectiva y a la huelga) y el trabajador pretende, sobre todo,

incorporar a su estatus las ventajas de la tradicional inamovilidad del funcionario público. Es obvio que la primera aspiración ha alcanzado mucho mayor éxito que la segunda; prueba de ello es la extensión del ámbito de aplicación de importantes normas laborales 'la Ley Orgánica de Libertad Sindical, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral'al sector funcionarial; una extensión que puede merecer reproches técnicos (nosotros mismos no los hemos ahorrado) pero que forma parte de nuestra realidad jurídica.

Otra prueba eminente de la recepción de instituciones laborales por la función pública,

mejor instrumentada desde el punto de vista técnico'jurídico en cuanto que no confunde los ámbitos del contrato de trabajo y la función pública, es el reconocimiento legal de mecanismos de representación y negociación colectivas de los funcionarios (Leyes 9/1987 y 7/1990) .

Ahora bien y éste es sin duda el eje del estudio aquí comentado', que existan esas fuertes tendencias de acercamiento entre contrato de trabajo y función pública no significa que se avance hacia un estatuto profesional único y común a trabajadores y funcionarios,

cuya viabilidad pone el autor en duda desde el primer momento, y no sólo refiriéndose al ineludible mantenimiento de la naturaleza funcionarial respecto de las actividades «de soberanía». Reflexiones sociopolíticas aparte,

es evidente que el modelo constitucional no propicia esa fusión de estatutos, sino que,

muy al contrario, diferencia con toda energía y claridad el estatuto de los trabajadores y el estatuto de los funcionarios.

Las dificultades para alcanzar un estatuto común a trabajadores y funcionarios se manifiestan también, y de modo particularmente intenso, en orden a la estabilidad predicable de unos y otros. El profesor Miñambres dictamina a este respecto con toda precisión la distinta misión que la estabilidad en el empleo desempeña en el ámbito de las relaciones laborales y en el de la función pública, y que condiciona el modelo de estabilidad que corresponde a cada uno de esos dos grandes bloques de prestaciones de servicios. En tal sentido, mientras que la estabilidad en el empleo en las relaciones laborales persigue ante todo el interés de los trabajadores (sin ignorar el interés de los propios empresarios a disponer de unos recursos de trabajo estables) , la estabilidad de los funcionarios públicos sirve fundamentalmente al interés público en que tales servidores ejerzan su munus con imparcialidad.

Parte muy destacada de la obra prologada es el tratamiento paralelo que en ella se hace,

con documentación muy completa y con argumentación muy ponderada, de la evolución de la estabilidad en el campo de las relaciones laborales y en el de las funcionariales. Respecto de las primeras, el autor traza esa evolución partiendo de la ordenación del Código Civil y del de Comercio, continuando con la legislación de la Dictadura y la II República,

deteniéndose en el reforzamiento que el principio de estabilidad alcanzó en la época de Franco, a través del juego conjunto de la LCT,

las Reglamentaciones y la jurisprudencia, y continuando su detallado estudio a través de los hitos de la Ley de Relaciones Laborales,

con su insólito (y por ello efimero) art. 35, y especialmente, del Estatuto de los Trabajadores,

cuya cadena de sucesivas reformas flexibilizadoras expone el autor, siempre con conocimiento profundo de las leyes y de sus motivaciones y con inteligente criterio valorador. Figuras estabilizadoras como la causalidad del despido y las consecuencias de la declaración de nulidad o improcedencia de éste, el principio de conservación del contrato de trabajo, la presunción a favor de su existencia, la limitación, también «causal», de la contratación temporal, y, en general, las cláusulas de la negociación colectiva restrictivas del despido,

marcan una indudable aproximación de la estabilidad laboral a la funcionarial, particularmente en el caso del personal laboral al servicio de las Administraciones (del personal con contrato indefinido; pues no puede desconocerse la proliferación de los contratos temporales suscritos por las Administraciones,

fenómeno que ha dado lugar a no pocos problemas jurídicos que el autor también evoca y sobre los que se pronuncia) . En contraste, la obra presenta las diversas tendencias de debilitación de la estabilidad de los funcionarios, cuyos orígenes remonta a la Ley de Entidades Estatales Autónomas, y que en la actualidad se plasman, en el marco de los Planes de Empleo, en institutos jurídicos como la remoción del funcionario (reminiscencia del art. 51 ET) y la denominada «reasignación de efectivos».

Descubriendo y valorando estos signos de laboralización de la función pública, el Profesor Miñambres concluye que también una cierta inestabilidad ha entrado en el ámbito de las relaciones funcionariales.

Sin ignorar todas estas manifestaciones de «acelerada confluencia» del mundo del contrato de trabajo y el de la función pública,

el libro que se comenta no desconoce tampoco la re'funcionarización acometida por el proyectado Estatuto de la Función Pública, y, en definitiva, no vacila en afirmar que «la distancia a recorrer entre el funcionario público y el trabajador resulta insalvable en lo que a su estabilidad profesional respecta». Tal conclusión tiene un fundamento técnico principal 'los sistemas de ingreso de los funcionarios', y, más allá de él, un fundamento social y político: la primacía del interés general sobre los intereses particulares (como son los de trabajadores y funcionarios en cuanto tales) .

Si César Miñambres no precisaba de ninguna prueba para confirmar su prestigio como maestro complutense y brillante abogado, este libro, de tema excepcionalmente bien elegido,

desarrollado y resuelto, subraya de modo insuperable las razones de ese prestigio.

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