Esquivando la corrupción: la remuneración del diputado y la cuestión de las incompatibilidades en España (1812-1933)

AutorGemma Rubí Casals, Quintí Casals Bergés
CargoUniversitat Autònoma de Barcelona/Universitat de Lleida
Páginas525-547
ESQUIVANDO LA CORRUPCIÓN: LA REMUNERACIÓN DEL
DIPUTADO Y LA CUESTIÓN DE LAS
INCOMPATIBILIDADES EN ESPAÑA (1812-1933)
AVOIDING CORRUPTION: THE REMUNERATION OF THE
DEPUTY AND THE QUESTION OF INCOMPATIBILITIES IN
SPAIN (1812-1933)
Gemma Rubí Casals
Universitat Autónoma de Barcelona
Quintí Casals Bergés
Universitat de Lleida
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN. - II. LAS DIETAS PARLAMENTARIAS EN LA
PRIMERA ÉPOCA LIBERAL (1810-1823). - III. CONSIDERACIÓN DEL CARGO DE
DIPUTADO DURANTE EL REINADO DE ISABEL II (1833-1868).- IV. LA
DEMOCRATIZACIÓN DEL SEXENIO DEMOCRÁTICO (1868-1874).- V. LA
RESTAURACIÓN BORBÓNICA (1876-1923): INCOMPTABILIDADES Y DIETAS.
VI.- LA SEGUNDA REPÚBLICA CONTRA LA ACUMULACIÓN DE CARGOS- VII.-
CONCLUSIONES
Resumen:
En el presente artículo, los autores trazan un estudio pionero sobre la
remuneración de los parlamentarios españoles en la época contemporánea (1808-
1933). Este trabajo de largo análisis permite recorrer la evolución de la legislación
y analizar los debates principalmente centrados en la cuestión de las
incompatibilidades. Partiendo de una situación inicial en que los diputados de las
Cortes de Cádiz y el Trienio Liberal (1808-1823) cobraban unas dietas por
representación, se pasó a la adopción del sistema político liberal censitario, que,
exceptuando el Sexenio Democrático (1868-1874), duró hasta 1890, en que solo
participaban los mayores contribuyentes y el cargo de diputado se consideró un
honor que debía ser ejercido de forma gratuita. Esta concepción cambió con la
llegada de la II República y la adopción de un sistema democrático universal, que
garantizaba los derechos políticos de todos los ciudadanos y la necesaria
retribución de los diputados.
Abstract:
In this article, the authors outline a pioneering study on the remuneration of
Spanish parliamentarians in contemporary times (1808-1933). This work of long
analysis allows to know the evolution of the legislation and the debates mainly
focused on the question of the incompatibilities. Starting from an initial situation
in which the deputies of the Cortes of Cadiz and the Liberal Triennium (1808-
1823) received a per diem for representation, the liberal census political system
was adopted, which, except for the Democratic Sexennium (1868-1874), lasted
until 1890, in which only the largest contributors participated and the post of
deputy was considered an honour that should be exercised free of charge. This
Historia Constitucional
ISSN 1576-4729, n. 22, 2021. http://www.historiaconstitucional.com, págs. 525-547
concept changed with the arrival of the Second Republic and the adoption of a
universal democratic system, which guaranteed the political rights of all citizens
and the necessary remuneration of the deputies.
Palabras clave: Parlamentarismo; España contemporánea; Corrupción;
Incompatibilidades parlamentarias.
Key Words: Parliamentarianism; Contemporary Spain; Corruption; Parliamentary
incompatibilities; Political patronage
!
INTRODUCCIÓN
Los diputados empezaron a percibir dietas por ejercer la función legislativa
en la asamblea nacional francesa de 1789 y las mantuvieron de manera
intermitente desde entonces (derogadas en 1815, recuperadas en 1848 con la
segunda república y suprimidas con el Segundo Imperio en 1852). Se trataba de
recompensar los gastos de viaje y de asistencia a todos los diputados, sobre todo
a los de rentas precarias, porque los otros se lo podían permitir por razón de
patrimonio o por el pago de las asambleas provinciales. La iniciativa se debió a la
vocación filantrópica del Duque de La Rouchefoucauld-Liancourt que el 12 de
agosto de 1789 la trasladó a la asamblea en nombre de la comisión de finanzas. 1
Era la única forma que los diputados pudieran costearse su manutención
mientras duraran las sesiones y que se pudiera escuchar la voz de todos en el
parlamento.
Desde el inicio, la retribución del parlamentario cualquiera que fuera la
modalidad comportó críticas de naturaleza moral, planteada como una cuestión
de honor y de dignidad. Una cuestión que generó rivalidades políticas en torno a
la valoración del concepto de vocación y de desinterés, como sucedió en Chile
desde 1823 hasta la regularización de un sueldo mensual reconocido en la
constitución de 1925.2 Thomas Paine en su obra “Right of Men” escrita en 1791
cuando comparaba los congresistas norteamericanos con los parlamentarios
ingleses señaló que tan peligroso era que los primeros cobraran por asistir a las
sesiones como que no cobraran nada: “de cuyas resultas, el uno (el diputado
americano) posee los medios para corromper, y el otro (el diputado británico) es
puesto en la condición de sobornado”. 3
En España, durante el Antiguo Régimen se estableció un pago a los
procuradores de las ciudades con voto en Cortes, por el cual recibían un “salario
de procuración”, que tendía a resarcirles de los gastos y gestiones que realizaban
por su encargo político. Este pago se mantuvo para las primeras Cortes liberales
de Cádiz (1810-1814) y se legitimó con la primera Constitución de 1812.
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
1!René Garmy “Robespierre et l’indemnité parlementaire », Annales Historiques de la Révolution
Française, nº 169 (Juillet-Septembre 1962), pp. 257-287.
2!Alfredo Joignant y María Cosette, “La república virtuosa. Honor, desinterés y vocación en los
debates parlamentarios sobre las dietas y los fueros en Chile (1812-1825), Atenea, 502, 2010, pp.
25-53.
3!Traducción castellana de Santiago Felipe Puglia de la obra de Thomas Paine: El derecho para
el uso y provecho del género humano, Filadelfia, Imprenta de Matías Carey e Hijos, 1821, p. 117.
Gemma Rubí Casals y Quintí Casals Bergés
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