Orden 6/2012, de 4 de abril de 2012, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden 10/2009, de 12 de febrero, por la que se aprueba el Reglamento específico del cultivo de zanahoria, en el ámbito de la marca de garantía Producción Integrada de La Rioja

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Agricultura, GanaderÍA y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Mediante la Orden 18/2007, de 12 de abril, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico, se establecen normas y plazos para la inscripción y actualización de operadores en el Registro de Producción Integrada (BOR nº 56, de 25 de abril de 2007).

La Orden 10/2009, de 12 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, aprueba el reglamento específico del cultivo de zanahoria, en el ámbito de la marca de garantía Producción Integrada de La Rioja, y en su artículo segundo dicta normas respecto a los plazos para la inscripción y actualización de productores de zanahoria en el Registro. En este artículo segundo, se establece una remisión a la Orden 18/2007, de 12 de abril, en cuanto a los plazos de inscripción y actualización de productores de zanahoria, contemplándose una excepcionalidad en cuanto a la campaña correspondiente al año 2009.

Posteriormente, mediante la Orden 16/2011, de 7 de julio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente se modifica la Orden 18/2007, de 12 de abril, por la que se establecen normas y plazos para la inscripción y actualización de operadores en el Registro de Producción Integrada. En su artículo único no contempla los plazos de presentación de solicitudes de productores de zanahoria, por lo que los plazos de inscripción y actualización de operadores de este cultivo son los establecidos por la Orden 18/2007, de 12 de abril.

Teniendo en cuenta que, por parte del sector se solicita modificar la Norma Técnica de Zanahoria de Producción Integrada tras la finalización del plazo establecido en la Orden 18/2007, de 12 de abril, para las solicitudes de alta y actualización de operadores que soliciten inscripción de parcelas de este cultivo, se pone de manifiesto la necesidad de ampliación de este plazo.

Por ello, a propuesta de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, previos los trámites preceptivos y conforme a las funciones asignadas en el Decreto 49/2011, de 6 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR