Espacio Judicial Europeo

AutorBeatriz Añoveros Terradas
Páginas280-284

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Desde que el 21 de abril de 2009 la Comisión publicara el informe sobre la aplicación del reglamento 44/2001 relativo a la competencia judicial, al reconocimiento y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil y el libro verde sobre su revisión (ver Crónica anterior), la futura reforma del reglamento 44/2001 es, sin duda, uno de las temas que más atención ha recibido por parte de la doctrina e instituciones implicadas. Como es bien sabido, el reglamento 44/2001 es una de las piezas fundamentales del espacio de libertad, seguridad y justicia

1. Seminarios

Han sido varios los seminarios que se han celebrado, tanto en España como en otros Estados miembros, para debatir sobre los distintos aspectos de la reforma. Entre ellos, cabe destacar:

a) Bruselas i: la reforma de la litigación internacional en Europa (Madrid 15 y 16 de marzo 2010), acto organizado con motivo de la presidencia española de la UE y que contó con la presencia de varias autoridades: sr. D. Francisco Caamaño, Ministro de Justicia, sra. D.ª viviane reding, Comisaria Europea, sr. D. Carlos Carnicer, Presidente del Consejo General de la abogacía Española, sr. D. Antonio Hernández-Gil, decano del ilustre Colegio de abogados Madrid.

b) litigación civil internacional: nuevas perspectivas europeas y de terceros estados, iv seminario internacional de derecho internacional Privado (universidad Complutense de Madrid 11 y 12 marzo de 2010), organizado por los profesores J. C. Fernández rozas y Pedro a. De Miguel asensio, de la universidad Complutense (Madrid).

c) seminario internacional sobre la revisión del reglamento de Bruselas i, organizado por la universidad rey Juan Carlos y el Col·legi de notaris de Catalunya, celebrado en Barcelona, el 21 de octubre de 2010.

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  1. Resolución del parlamento Europeo, de 7 de septiembre 2010, sobre la aplicación y revisión del Reglamento (CE) n.º 44/2001 del Consejo relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil [2009/2140(INI)]. Sus puntos más relevantes son los siguientes:

a) Concepto amplio de derecho internacional Privado: se recomienda a la Comisión que reexamine la interrelación entre los distintos reglamentos que rigen la materia la competencia judicial, la ejecución de resoluciones judiciales y la ley aplicable y que unifique y armonice la terminología y los conceptos de los distintos reglamentos (p. Ej., litispendencia, cláusulas de competencia, etc.). Es importante disponer de un marco jurídico coherente y de fácil acceso. El objetivo final podría ser una amplia codificación de derecho internacional privado.

b) supresión del exequátur: se pide la supresión del exequátur pero siempre y cuando vaya acompañada de salvaguardas apropiadas. Se propone la creación de un procedimiento excepcional accesible en el Estado miembro en el que se solicita la ejecución, procedimiento que podrá iniciar la parte contra la que se pide ejecución y para el que debe haber plazos procesales armonizados. Debe velarse porque no tengan carácter irreversibles las medidas de ejecución adoptadas antes de que expire el plazo para solicitar la aplicación de este procedimiento o de que dicho procedimiento haya concluido. Los motivos de presentación de la demanda coinciden con los motivos de denegación del reconocimiento del reglamento 44/2001.

c) actos auténticos: los actos auténticos no...

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