La Ley del Aborto en España: reflexiones científicas, éticas y jurídicas

AutorJuan Ramón Lacadena
Cargo del AutorProfesor Emérito de la Universidad Complutense
Páginas237-272

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1. El aborto en la Unión Europea Legislación comparada

Los antecedentes legislativos históricos en Europa van desde el primer tercio del siglo XX hasta mediados los ochenta (ver una actualización en González Morán, 2009):

- Rusia (1920), admitía el aborto por razones sociales y demográficas aunque fue derogada en 1936;

- Alemania, en 1920, admitía "la posibilidad de la destrucción de la vida sin valor" y más tarde, en 1933 y 1935, durante el régimen nazi se introduce el aborto "por razones eugenésicas" o de perfeccionamiento de la raza;

- en los Países Escandinavos se legaliza el "aborto terapéutico" cuando el embarazo pueda producir alteraciones en la vida física, psíquica y social de la madre. Así sucedió en Islandia (1935), Dinamarca (1937), Suecia (1938), Finlandia (1950) y Noruega (1960);

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- en otros países occidentales de Europa se legisló sobre el aborto con distintas variantes normativas: Gran Bretaña (1968), República Federal de Alemania (1976), Francia (1975 y 1979), Italia (1978) y España (1985).

La situación actual respecto al aborto en los países de la Unión Europea elaborados por el Instituto de Política Familiar (2009), basado en datos de EUROSTAT, se indica a continuación:

- UE15: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Italia, Irlanda, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido, Suecia

UE27, con la ampliación de 12 países: Bulgaria, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polo-nia, República Checa, Rumanía.

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En resumen, en 15 países de la UE27 se requiere siempre alguna causa (indicación) o supuesto despenalizador mientras que en 12 países existe además el supuesto de libre decisión de la mujer dentro de un plazo legalmente establecido (ley de plazos). Solamente en dos países el aborto es ilegal.

- En 2007 se produjeron 1.237.731 abortos en la UE27, de los que 931.396 (75,3%) corresponden a los países de la UE15 y 306.335 (24,7%) a los restantes doce países de la UE. En total, los abortos supusieron el 19,1% de los embarazos.

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*Datos de 2006. ** Datos sin confirmar

- En 2007, el 14,3% de los abortos (176.771) en la UE27 eran de chicas menores de 20 años, entre ellos 48.150 abortos en el Reino Unido, 31.779 en Francia, 17.272 en Rumanía, 15.307 en España y 14.989 en Alemania.

- En el período 1998-2007 se produjeron un total de 13.031.634 abortos en la UE27, de los que 8.885.200 (68,2%) corresponden a los países de la UE15 y 4.146.434 (31,8%) a los restantes doce países de la UE. Rumanía (2.114.639 abortos), Francia (2.079.387) y Reino Unido (2.037.657) son los países con mayor número de abortos acumulados en los diez años considerados seguidos de Italia (1.321.756) y Alemania (1.280.510).

- España es el país de la UE27 donde más se han incrementado los abortos en el decenio 1998-2007: 62.560 abortos más cada año.

- En 2008, España superará con unos 122.000 abortos a Italia y Ale-mania.

Legislación comparada de la Unión Europea

En la Tabla siguiente recoge la situación actual comparativa de las legislaciones en la Unión Europea:

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(Fuente: Instituto de Política Familiar, Sept. 2009, basado en EUROSTAT)

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El Tratado de Lisboa (2007) y más tarde el Tratado de la Unión Europea (2009) recientemente puesto en marcha incorporaron en su Preámbulo la siguiente premisa: "inspirándose en la herencia cultural, religiosa y humanista de Europa, a partir de la cual se han desarrollado los valores universales de los derechos inviolables e inalienables de la persona humana..." Ciertamente, al hacer una recopilación de datos sobre la situación legal del aborto en Europa, incluyendo también a los países que no pertenecen a la Unión Europea, González Morán (2009) nos da a conocer hasta qué punto está extendida en Europa la práctica del aborto que, a mi juicio, parece incompatible con la premisa mencionada.

2. Aspectos sociológicos y legales del aborto en España

De acuerdo con los datos del Ministerio de Sanidad y Política Social y los estudios del Centro de Investigaciones Sociológicas que recoge el dictamen del Consejo de Estado emitido el 17 de septiembre de 2009 sobre el anteproyecto de Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 9/1985 de despenalización del aborto se han producido en España un millón de abortos legales, con incrementos anuales del orden de un 10,3% en 2007 (es decir, 10.546 abortos más en 2007 que en 2006) y entre los años 1990 y 2007 el número de abortos se triplicó en la población global mientras que se cuadruplicó en chicas menores de 18 años, a pesar de que este colectivo disminuyó un 30%.

Según el Ministerio de Sanidad y Política Social, los datos estadísticos señalan que los embarazos no planificados suponen alrededor del 40% del total de embarazos y de ellos un 60% terminan en aborto provocado. Las tasas más altas de aborto por mil mujeres corresponden al grupo de 20 a 24 años (20,65%), seguido del grupo de 25 a 29 años (15,57%) mientras que en el grupo menor de 20 años la tasa es del 13,79%. Finalmente, en el año 2007, casi el 98% de las interrupciones se llevaron a cabo en centros privados (el 10,55% en un centro hospitalario y el 87,36% en un centro extrahospitalario; es decir, en clínicas acreditadas para la interrupción voluntaria del embarazo).

Ante estos datos, el mencionado dictamen del Consejo de Estado señalaba que "la experiencia demuestra que la aplicación de la ley de 1985, ya por sus propios defectos, ya por la interpretación laxa que se le ha dado, ya por la evolución social durante sus años de vigencia, ha llevado en España a una indeseable situación de aborto libre cuando no arbitrario, en el que junto a un incremento notabilísimo de abortos legales siguen practicándose otros muchos en condiciones de grave riesgo sanitario. Una regulación que, aunque despenalizadora del aborto era inicialmente restrictiva, ha hecho de

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España un paraíso de ‘turismo abortista’ y el lugar donde más crece el número de abortos en la Unión Europea".

Como se indicaba anteriormente, según los datos de EUROSTAT recogidos por el Instituto de Política Familiar, en 2007 se produjeron en España 112.138 abortos provocados (ocupando el 6º lugar de la UE) entre los que 15.307 eran de chicas adolescentes menores de 20 años. España es el país de la UE donde más se han incrementado los abortos en el decenio 1998-2007: 62.560 abortos más cada año, aproximadamente. En 2008, España, con unos 122.000 abortos, superó a Italia y Alemania.

Estando de acuerdo con el diagnóstico del Consejo de Estado, la cues-tión que se plantea es si la solución buena era abrir la mano con una nueva "ley de plazos" como propuso el Gobierno por la gravedad de lo que significa (la vida del feto humano no vale nada ante la voluntad de la madre) y porque, en mi opinión, se volverán a cometer los mismos abusos que con la anterior ley de despenalización de 1985 o si no hubiera sido preferible continuar con dicha ley de despenalización corrigiendo sus posibles defectos - que los tenía- y, sobre todo, asegurando su estricto cumplimiento.

Para comprender mejor la situación de la controversia que se ha vivió en España durante el año largo (2009) que duró el proceso, a continuación se indican algunos datos cronológicos sobre los aspectos legales del aborto en España que pueden resultar de interés:

- Sentencia del Tribunal Constitucional 53/1985, de 11 de abril, sobre el recurso previo de inconstitucionalidad contra el Proyecto de Ley Orgánica de reforma del artículo 417 bis del Código Penal.

- Ley Orgánica 9/1985, de 5 de julio, de despenalización del aborto en determinado supuestos.

- Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en el Título II trata del aborto en los artículos 144, 145 y 146, quedando además vigente el artículo 417 bis del anterior Código Penal de 1985.

- El Consejo de Ministros, el 14 de mayo de 2009 y a propuesta de la Ministra de Igualdad Bibiana Aído, aprobó el Anteproyecto de "Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo".

- Informe del Consejo Fiscal (23 de junio de 2009) sobre el anteproyecto de Ley.

- "No-informe" del Consejo General del Poder Judicial (23 de julio de 2009) sobre el anteproyecto de Ley.

- Dictamen del Consejo de Estado (17 de septiembre de 2009) sobre el anteproyecto de Ley.

- El Consejo de Ministros, el 26 de septiembre y a propuesta de la Ministra de Igualdad Bibiana Aído, aprobó el Proyecto de "Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción vo-

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luntaria del embarazo" y acuerda enviarlo al Congreso de los Diputados para iniciar su tramitación parlamentaria. El proyecto de Ley fue publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 2 de octubre de 2009.

- El Congreso de los Diputados aprobó el proyecto de Ley el 17 de diciembre de 2009 con 184 votos a favor, 158 en contra y una abstención. La Ley fue respaldada por votos provenientes de siete partidos (PSOE, PNV, ERC, IU-ICV, BNG, Nafarroa-Bay y dos diputados de CiU, que había dejado libertad de voto a sus miembros) mientras que votaron en contra el PP, Coalición Canaria, UPN, UPyD y siete miembros de CiU. La abstención correspondió a un diputado de CiU. Sorprende que el Partido Nacionalista Vasco (PNV) al que se le supone con unos principios humanistas cristianos en su origen...

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