Nueva regulación del Banco de España relativa a los recursos propios de las entidades de crédito. Fernando García

El mencionado Real Decreto, a su vez, transpuso a nuestros ordenamiento los requisitos de Basilea III recogidos en el Reglamento (UE) Nº 575/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013.

En esta Circular se recoge:

  • Los porcentajes mínimos de capital.
  • La posibilidad del Banco de España de autorizar que las entidades de crédito no deduzcan de sus fondos propios las inversiones significativas de instrumentos de fondos propios de un ente del sector financiero.
    • La posibilidad del Banco de España de autorizar la no deducción de las participaciones en el capital de empresas de seguros, reaseguros y sociedades de carteras de seguros.
    • Los porcentajes de pérdidas a deducir en los próximos años del capital ordinario, correspondientes a activos financieros disponibles para la venta registrados como ajustes por valoración en el patrimonio neto.
    • Los porcentajes de pérdidas a deducir en los próximos años del capital ordinario, correspondientes a activos financieros contabilizados en la cartera de negociación.
    • Los porcentajes a deducir en los...

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