Circular 3/2013, de 29 de julio, del Banco de España, sobre declaración de operaciones y saldos en valores negociables. Ana Gimeno.

Páginas21-22

Entrará en vigor el 1 de enero de 2014 y deroga la Circular del Banco de España 2/2001, de 18 de julio, sobre declaración de operaciones y saldos de activos y pasivos exteriores en valores negociables.

Obligación de Informar

Quedan sometidos a esta circular:

i. Las entidades de crédito y las sucursales en España de entidades de crédito inscritas en los registros oficiales del Banco de España que actúen como depositarias o liquidadoras en los mercados regulados de valores negociables, y el Banco de España.

ii. Las entidades financieras residentes inscritas en los registros oficiales de la CNMV que actúen como entidades depositarias o liquidadoras en los mercados regulados de valores negociables.

iii. Las entidades financieras inscritas en los registros oficiales de la CNMV que actúen como sociedades gestoras de fondos de inversión, por lo que se refiere a las participaciones en fondos de inversión españoles.

Periodicidad y contenido de la información

La información sobre valores negociables que se deberá remitir, valor a valor (desglosada por clase de valor, y por valor individual, identificado mediante su código ISIN), con periodicidad mensual, dentro de los diez días hábiles siguientes al fin de cada mes, será la que se indica a continuación:

Las entidades mencionadas en los apartados 1 y 2 de la norma anterior comunicarán:

· Las operaciones realizadas y los saldos mantenidos por cuenta de sus clientes, incluidos los correspondientes a los fondos de inversión. Cuando se trate de valores negociables emitidos por residentes, mantenidos por cuenta de clientes residentes, únicamente informarán de los saldos. Las entidades residentes comercializadoras en España de fondos de inversión extranjeros, inscritas como tales en los registros oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, comunicarán la información (operaciones y saldos) de las participaciones de los inversores.

· El total de las operaciones y los saldos de las cuentas de valores de la entidad (propias y de terceros), correspondientes a valores emitidos por residentes que se encuentren depositados en cuentas de la propia entidad abiertas en entidades depositarias no residentes, en depositarias centrales no residentes o en sistemas de compensación y liquidación internacionales.

Las sociedades gestoras de los fondos de inversión españoles...

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