ORDEN EMO/368/2012, de 15 de noviembre, por la que se garantiza el servicio esencial de recogida de basura y limpieza viaria que la empresa Urbaser, SA, presta en el municipio de Mollet del Vallès.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO |
Rango de Ley | Orden |
Vista la convocatoria de huelga formulada por el Comité de Empresa de Urbaser, SA (registro de entrada de 7 de noviembre de 2012 en los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Empleo en Barcelona), que está prevista a partir de las 20 horas del día 19 de noviembre hasta las 20 horas del día 18 de diciembre de 2012, y que afecta a la totalidad de la plantilla del centro de Mollet del Vallès;
Considerado que la empresa realiza los servicios de recogida de basura (fracción orgánica y de rechazo) y los servicios de limpieza viaria, así como la recogida de voluminosos, que son servicios esenciales para la comunidad, ya que su interrupción afectaría a bienes y derechos constitucionalmente protegidos, como son el derecho a la salud y el medio ambiente que señalan los artículos 43 y 45 de la Constitución, y dado que una acumulación de residuos en las vías públicas y, muy especialmente, la materia orgánica susceptible de descomposición favorecen, aparte de los malos olores, la proliferación de insectos y roedores, que son vehículos de transmisión de enfermedades infectocontagiosas, que generan riesgo para los ciudadanos;
Considerado que la autoridad gubernativa debe dictar las medidas necesarias para mantener el servicio esencial, teniendo en cuenta que esta restricción debe ser justificada y proporcional con el ejercicio legítimo del derecho de huelga, reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución;
Considerado que es necesario garantizar una máxima asepsia y limpieza en los centros sanitarios, asistenciales y en los centros que realizan colonias urbanas de verano con servicio de comedor y su entorno, y garantizar un entorno de limpieza en las áreas de los mercados municipales de abastecimiento de productos perecederos, será necesario realizar el servicio de recogida de basura y limpieza habitual en estas zonas;
Considerado el grado de putrefacción, descomposición, fermentación y mal olor de la fracción de rechazo, se deberá recoger y transportar cada 72 horas, y la fracción orgánica se deberá recoger y transportar cada 48 horas. En ambos casos será a contar desde la última recogida. Si en la jornada de recogida de la basura antes mencionadas no se hubiera realizado la retirada total, deberá continuarse durante las jornadas siguientes, hasta su retirada total.
Considerado que el hecho de que no se preste el servicio de recogida de voluminosos puede dar lugar a situaciones de...
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