Escrito de querella por delito ecológico

AutorvLex
Actualizado aJulio 2023





AL JUZGADO DE GUARDIA


Don/Doña …………………… Procurador de los Tribunales, en nombre y en representación de Don/Doña ……………………, que se acreditará mediante comparecencia apud acta, con domicilio en …………………………………, todo ello bajo la asistencia Letrada de ………………………………, Abogado, Colegiado nº ……………… del Ilustre Colegio de Abogados de ……………………, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho,

DIGO

Que por medio del presente escrito y en nombre de mi representada, interpongo QUERELLA CRIMINAL ejercitando la ACUSACIÓN POPULAR por un presunto DELITO ECOLÓGICO, de conformidad con el Artículo 270 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , contra las siguientes personas ………………………………. Con domicilio en …………………….

I.- JUEZ O TRIBUNAL ANTE EL QUE SE PRESENTA:

Resulta competente el Juzgado ante el que se presenta, en virtud del Artículo 14.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , según el cual, para la instrucción de las causas, será competente el Juez de Instrucción del partido en que el delito se hubiere cometido.

El presunto delito ha sido perpetrado, como luego se relatará, en ………………………, resultando por tanto sus Juzgados competentes para la instrucción de la causa.

II.- NOMBRE Y VECINDAD DEL QUERELLANTE:

El querellante es ……………………., con DNI/CIF ………………………. y domiciliado en …………………………….

El Artículo 270 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , permite que todos los ciudadanos españoles, hayan sido o no ofendidos por el delito, pueden querellarse, ejercitando la acción popular establecida en el artículo 101 de la LeCrim.

III.- NOMBRES, APELLIDOS Y VECINDAD DE LOS QUERELLADOS:

Resultan querelladas las siguientes personas:

- Don/Doña ……………………, con DNI ……………… y domicilio en …………………

- …..

IV.- RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS:

[Relatar los hechos]

Los hechos relatados pueden ser constitutivos de un presunto DELITO ECOLÓGICO contemplado en el Artículo 325 del Código Penal, cuyo literal dice:

1. Será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años, multa de diez a catorce meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a dos años el que, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente, provoque o realice directa o indirectamente emisiones, vertidos, radiaciones, extracciones o excavaciones, aterramientos, ruidos, vibraciones, inyecciones o depósitos, en la atmósfera, el suelo, el subsuelo o las aguas terrestres, subterráneas o marítimas, incluido...

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