Escrito previo de querella por delito flagrante

AutorM. Cinta Caminals
Cargo del AutorCaminals & Abogados
Actualizado aNoviembre 2015

AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN

DON ______________, PROCURADOR DE LOS TRIBUNALES, en nombre y representación de D. ____________, como acredito mediante la escritura de poder que acompaño señalada como documento núm. 1; ante el Juzgado de Instrucción que por turno de guardia corresponda, comparezco y D I G O:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 273 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en relación con el art.13 del mismo texto vengo a manifestar lo siguiente:

  1. Sobre las 9 horas 30 minutos del día de hoy D. _________, directivo de la mercantil "__________ ", cuyas oficinas están en la calle_______ de esta localidad, se hallaba revisando una documentación, fuera del horario laboral, cuando de súbito irrumpieron en su despacho dos individuos que dijeron ser enviados por la empresa "________ ".

Con el pretexto de que mi representado, adeudaba a la empresa " ________" unas facturas, éstos insultaron y amenazaron a mi mandante, obligándole a librar y entregarles un cheque al portador, a cargo al «Banco de _________» por importe de _________ euros.

Antes de emprender la huida, tales sujetos amenazaron al ahora denunciante con graves represalias si denunciaba los hechos antes del transcurso de 48 horas, para así poder hacerse pago del cheque en la correspondiente entidad bancaria.

Los hechos fueron presenciados por el vigilante nocturno Sr. __________, quién se mantuvo oculto para prevenir cualquier ataque a su integridad física.

II.- Los hechos descritos cumplen todas las circunstancias previstas en el artículo 273 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Se trata de la perpetración de un delito infraganti, sobre la persona de mi representado, presenciado por el guarda nocturno Sr. ________.

Por flagrancia se entiende lo que se está realizando actualmente, en correspondencia con su sentido etimológico. En relación con el delito, se estima por delito flagrante aquel que encierra en sí la prueba de su realización por existir una percepción sensorial directa del hecho delictivo, de suerte que como se afirma en las STS de 15 de noviembre de 1995 y 11 de julio de 1996, entre otras, la flagrancia se ve, no se demuestra, aparece vinculada a la prueba directa y no a la indirecta, circunstancial o indiciaria. En referencia a los delitos, la flagrancia es la evidencia de la comisión de un delito, y por lo tanto, es la viva imagen del delincuente sorprendido, visto directamente, en el momento de delinquir o en circunstancias inmediatas a su...

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