Certificación de escisión parcial de una sociedad anónima a favor de otra sociedad anónima. Juntas Generales Universales

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aAgosto 2023



Contenido
  • 1 SUPUESTO DEL FORMULARIO
  • 2 Normativa
  • 3 Modelo de certificaciones
    • 3.1 CERTIFICADO de la S.A. que se escinde en parte (denominamos ALFA S.A.)
    • 3.2 Asistencia física de los socios o sus representantes
    • 3.3 CERTIFICADO de la S.A. que adquiere la parte escindida (denominamos BETA S.A.)
    • 3.4 Asistencia física de los socios o sus representantes
  • 4 Comentario
    • 4.1 Supuesto
    • 4.2 Normas
    • 4.3 Efectos de toda fusión o escisión en el caso de fincas que se transmiten a la sociedad beneficiaria
      • 4.3.1 Legislación estatal
      • 4.3.2 Legislación catalana para los arrendamientos rústicos
      • 4.3.3 Norma en Galicia en los arrendamientos rústicos
    • 4.4 Normas especiales sobre fincas
    • 4.5 Nota fiscal
    • 4.6 Reglas generales para toda Certificación
  • 5 Jurisprudencia y Doctrina Administrativa citadas
  • 6 Legislación citada
SUPUESTO DEL FORMULARIO

En este proceso intervienen dos sociedades Anónimas, de las cuales una se escinde y parte de su patrimonio pasa a la otra S.A. Se redacta el certificado de ambas sociedades, denominando a efectos de facilitar su comprensión sociedad ALFA S.A. a la que EN PARTE se escinde y Sociedad BETA S.A. a la sociedad beneficiaria que recibe la parte escindida. Se adjunta certificados de las sociedades, considerando que las Juntas de ambas han sido convocadas.

Puede verse, para asegurarse del cumplimiento de todos los requisitos legales, el tema: «Reglas generales de la fusión o escisión de sociedades


Normativa

Las llamadas modificaciones estructurales, (expresión utilizada por la doctrina y consagrada por la Dirección General de los Registros y del Notariado y después por la derogada Ley 3/2009, de 3 de abril que se titulaba expresamente sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles) se halla la figura jurídica de la fusión de sociedades.

A partir del 29 de julio de 2023 rige el libro Primero del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ? y otras normas - aplicable a las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles cuyos proyectos no hubieren sido aún aprobados por las sociedades implicadas con anterioridad a la entrada en vigor de dicho real decreto-ley.

La Ley de Sociedades de Capital (LSC) no regula esta materia, aunque en el art. 160 - después de la modificación dada por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y otras normas - entre las materias objeto de la Junta cita: g) La transformación, la fusión, la escisión o la cesión global de activo y pasivo.

Un principio aceptado por la legislación de la Unión Europea es garantizar la libertad para llevar a cabo modi?caciones estructurales transfronterizas y para cambiar la ley aplicable a la sociedad mediante una transformación, o para realizar fusiones o escisiones transfronterizas. A partir de aquí, cualquier obstáculo a esta libertad debe estar sometido al " principio de proporcionalidad" tal como ha sido interpretado por la jurisprudencia; puede verse la AJMer nº 2, 28 de julio de 2020, de Madrid. [j 1]

En el caso de intervenir una sociedad anónima véase Requisitos de fusión cuando alguna de las sociedades que intervienen es S.A.

Atención: Si alguna Junta se celebra por videoconferencia o conferencia telefónica múltiple debe tenerse en cuenta el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo que añade un apartado 4 en el artículo 3 del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria. Puede verse el modelo de junta universal en Certificación genérica de Sociedades Anónimas. JUNTA UNIVERSAL. y si es convocada en Certificación genérica de Sociedades Anónimas. JUNTA EXTRAORDINARIA. CONVOCADA y en ambas como la opción 2.

Modelo de certificaciones CERTIFICADO de la S.A. que se escinde en parte (denominamos ALFA S.A.) Asistencia física de los socios o sus representantes

Certificación de junta presencial

Don *, Administrador único (o solidario, o Don * y Don *, administradores mancomunados, o Don * Secretario -o Vicesecretario- del Consejo de Administración con el Visto Bueno del Presidente -o del Vicepresidente), de la compañía mercantil * S.A., con cargo vigente e inscrito en el Registro Mercantil.

CERTIFICO:

I).- Que en el libro de Actas de la Sociedad figura la correspondiente a la Junta General celebrada el día *, en la que los asuntos sometidos a la Junta fueron votados separadamente conforme al art. 197 bis de la Ley de Sociedades de Capital y de la que resulta lo siguiente:

A.- La Junta se celebró en el domicilio social, con carácter de Universal, figurando el nombre y firma de los asistentes (socios y representantes de éstos) a continuación de la fecha, lugar y orden del día. La celebración de la Junta fue aceptada por unanimidad por todos los asistentes.

B.- Actuaron como Presidente y Secretario, respectivamente, Don * y Don *, elegidos por unanimidad entre todos los socios (actuará como Presidente el que designen los Estatutos, en su defecto lo presidirá el Presidente del Consejo de administración y en defecto de éste el accionista que elijan en cada caso los socios asistentes a la reunión y le asistirá como Secretario el que esté previsto en los estatutos, en su defecto el secretario del Consejo y en su defecto el nombrado por los accionistas).

C.- Constituyó el Orden del día, aceptado por todos los asistentes el siguiente:1.-Escisión parcial de esta sociedad, siendo beneficiaria la Sociedad BETA S.A., de acuerdo con el balance de escisión y modificaciones de las valoraciones del mismo. 2.- Dar nueva redacción al art. * de los Estatutos sociales. 3.- Delegación de facultades.

D.- El Acta fue firmada por todos los asistentes y, por tanto, también por el presidente y el secretario de la Junta y aprobada a continuación de su celebración, cumpliéndose todos los requisitos de los artículos 97 y 98 del Reglamento del Registro Mercantil.

E.- Información previa a los acuerdos.

El Presidente de la Junta informa a la Junta:

1.- El órgano de administración de esta sociedad elaboró el pertinente proyecto de escisión y el informe a que se refieren los artículos 4 y 5 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.

2.- Asimismo, el órgano de administración elaboró el oportuno informe para los socios y los trabajadores. (Atención al comentario de la escritura a la que nos remitimos.)

3.- El experto independiente designado por el Registrador Mercantil a instancia del órgano de administración ha emitido el correspondiente informe. (También tener en cuenta el comentario de la escritura a la que nos remitimos.)

4.- Más de un mes antes de la fecha de la Junta se insertaron en la página web de la sociedad (o en el Registro Mercantil, si no la hay) los documentos que en general menciona el art. 7 del Real Decreto-ley 5/2023. (si no hay página web se dirá: Más de un mes antes de la fecha de la Junta se se depositaron en el Registro Mercantil los documentos que en general menciona el art. 7 del Real Decreto-ley 5/2023).

(Atención: no se necesita inserción o depósito si el acuerdo es adoptado en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto y, en su caso, de quienes de acuerdo con la ley o los estatutos pudieran ejercer legítimamente ese derecho.)

5.- Que ha estado a disposición de los socios y de los representantes de los trabajadores, (o los mismos trabajadores) la pertinente documentación. (Atención a las excepciones de su exigencia, según el art. 5 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio).

6.- Que se informa a los socios de las modificaciones importantes del activo y pasivo de cada sociedad entre la fecha de redacción del proyecto y la de la reunión.

7. - Que no hay titulares de derechos especiales según resulta del Balance de escisión.

8. - Que antes de decidir sobre los acuerdos propuestos, se da traslado a la Junta de los informes y observaciones que menciona el art. 8.2 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.

II.- Que entre los acuerdos sometidos a votación y aprobados por unanimidad por todos los reunidos (o expresar mayoría) figuran los siguientes, que se corresponden literalmente con la propuesta concreta presentada a la Junta por el órgano de administración:

1.- Aprobar la escisión de la Sociedad ALFA S.A. de forma que parte de su patrimonio, que forma una unidad económica, sea adquirida en bloque por la sociedad BETA S.A.

2.- Aprobar como balance de la escisión el último balance anual, cerrado a fecha 31 de diciembre de * (en caso de no ser el cerrado a 31 de diciembre ha de ser un Balance posterior al primer día del tercer mes precedente a la fecha del proyecto de escisión).

3.- Aprobar el procedimiento propuesto por la Administración.

En concreto, los socios de la sociedad ALFA S.A., sociedad escindida han de recibir de la sociedad BETA S.A. lo siguiente:

a.- Don *, mayor de edad, *, vecino de *, con domicilio en *, y con DNI/NIF número *, titular de * acciones de la sociedad que es objeto de escisión, ha de recibir * acciones de la compañía mercantil beneficiaria BETA S.A. (en su caso puede haber una cantidad en dinero que no exceda del 10% de la atribución).

b.- Doña *, mayor de edad, *, vecina de *, con domicilio en *, y con DNI/NIF número *, titular de acciones * de la sociedad objeto de escisión, ha de recibir * acciones de la compañía mercantil beneficiaria BETA S.A. (en su caso puede haber una cantidad en dinero).

4.- Descripción de la unidad económica que se segrega de la sociedad ALFA SA y se traspasa a la sociedad BETA S.A. (En la certificación se detallará, con la debida separación, los elementos que integran el activo y el pasivo que se escinde, y contener todas las menciones previstas para el proyecto de fusión o escisión).

(En su caso), Descripción...

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