Escritura de Escisión, modalidad segregación de parte de una SA que se traspasa a otra SA de nueva creación

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aOctubre 2022




Contenido
  • 1 Adaptación del formulario:
  • 2 Supuesto de hecho
  • 3 Normativa
  • 4 Modelo de escritura
  • 5 Comentario
    • 5.1 Novedades de la Ley 31/2014, de 3 de diciembre
    • 5.2 Modalidades
    • 5.3 Notas fundamentales de la escisión por segregación
    • 5.4 Proyecto de escisión, modalidad de segregación
      • 5.4.1 1.- Proyecto de escisión
      • 5.4.2 2.- Convocatoria de Junta General
      • 5.4.3 3.- Balance
      • 5.4.4 4.- Informe del experto
      • 5.4.5 5.- No necesidad del Informe de los Administradores
      • 5.4.6 6.- Junta General
      • 5.4.7 7.- Publicidad
      • 5.4.8 8.- Certificación y escritura
      • 5.4.9 9.- Inscripción
      • 5.4.10 10.- Eficacia de la escisión o fusión
      • 5.4.11 11.- Acuerdo unánime de escisión modalidad segregación
      • 5.4.12 12.- Situación de los trabajadores
      • 5.4.13 13.- Subsistencia de responsabilidad de la sociedad escindida
      • 5.4.14 14.- Casos especiales
    • 5.5 Efectos de toda fusión o escisión en el caso de fincas que se transmiten a la sociedad beneficiaria
      • 5.5.1 Legislación estatal
      • 5.5.2 Legislación catalana para los arrendamientos rústicos
      • 5.5.3 Norma en Galicia en los arrendamientos rústicos
    • 5.6 Normas especiales sobre fincas
    • 5.7 Supuesto de contaminación de la finca
    • 5.8 Nota fiscal
  • 6 Advertencia final
  • 7 Jurisprudencia y Doctrina Administrativa citadas
  • 8 Legislación citada
Adaptación del formulario:

El presente formulario está adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, (que entró en vigor el 3 de septiembre de 2021) y por ello se señalan algunas formas del juicio notarial de capacidad (puesto que toda persona tiene capacidad,) sin perjuicio de que a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica le sean exigibles medidas de apoyo (voluntarias, intervención del curador o del defensor judicial y guarda de hecho), medidas que deben constar y cumplirse en el título.

Supuesto de hecho

Se trata de la segregación de una unidad económica de una sociedad anónima que se traspasa a una sociedad anónima ya existente, de forma que a la sociedad escindida se le asignan acciones de la sociedad beneficiaria; esto lo diferencia de la escisión parcial, en que las acciones de la beneficiaria se adjudican a los socios de la escindida.

Puede verse, para asegurarse del cumplimiento de todos los requisitos legales, el tema: Reglas generales de la fusión o escisión de sociedades

Normativa

Las fusiones y escisiones, incluso después de la Ley de sociedades de capital y su modificación por otras Leyes siguen rigiéndose por la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles; naturalmente, deberá aplicarse para las juntas convocadas la redacción actual del art. 173 de la LSC, y tener en cuenta las modificaciones posteriores; puede verse el tema Modificaciones de la LSC por leyes posteriores.

Pone de relieve la Resolución de la DGRN de 19 de septiembre de 2019 [j 1] que debe tenerse en cuenta que la protección de los distintos intereses que pueden resultar afectados en modificaciones estructurales de sociedades como son la escisión y la fusión se disciplina legalmente mediante la regulación de un procedimiento, de carácter obligatorio, que sólo cuando es debidamente cumplimentado surte los efectos previstos por el legislador.

Hay que resaltar que un principio aceptado por la legislación de la Unión Europea es garantizar la libertad para llevar a cabo modificaciones estructurales transfronterizas y para cambiar la ley aplicable a la sociedad mediante una transformación, o para realizar fusiones o escisiones transfronterizas. A partir de aquí, cualquier obstáculo a esta libertad debe estar sometido al " principio de proporcionalidad" tal como ha sido interpretado por la jurisprudencia; puede verse la AJMer nº 2, 28 de julio de 2020, de Madrid. [j 2]

Atención: Si alguna Junta se celebra por videoconferencia o conferencia telefónica múltiple debe tenerse en cuenta el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo que añade un apartado 4 en el artículo 3 del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria. Puede verse el modelo de junta universal en Certificación genérica de Sociedades Anónimas. JUNTA UNIVERSAL. y si es convocada en Certificación genérica de Sociedades Anónimas. JUNTA EXTRAORDINARIA. CONVOCADA y en ambas como la opción 2.

Modelo de escritura

NÚMERO *.

En *, a *.

Ante mí, *, Notario del Ilustre Colegio Notarial de *, con residencia en *,

COMPARECE:

Don A *, mayor de edad (preferible hacer constar fecha de nacimiento para facilitar la confección del índice), *(profesión o actividad), vecino de *, con domicilio en *. Exhibe D.N.I. vigente, número *.

INTERVENCIÓN de la sociedad:

Don A *, interviene en nombre y representación de la compañía mercantil ALFA S.A. (la SA que se escinde) con CIF número A-*, domiciliada en *, constituida por tiempo indefinido en escritura otorgada ante el Notario *, el día *; (Se deberá indicar otros títulos pertinentes, tales como escritura de adaptación, cambio de denominación o domicilio, etc.). Se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de *, al Tomo *, folio *, hoja número *, inscripción *ª.

He tenido a la vista copia auténtica de la documentación fehaciente antes citada, de la que se conservará copia en la Notaría; de dicha documentación resulta el domicilio expresado y que el objeto de la sociedad es el siguiente: *. (Procede transcribir el artículo pertinente de los estatutos).

A los efectos de lo dispuesto en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización se hace constar que a la actividad principal que constituye el objeto social le corresponde el número * - (deberán indicarse los números de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas)

Ratifica el compareciente que los datos identificativos de la sociedad que representa son los antes indicados y, en especial, asevera que no han variado ni el objeto social ni el domicilio social de su representada.

Sus facultades y representación resultan:

1.- De su cargo de Administrador único de la sociedad, (o administrador solidario, mancomunados, Secretario del Consejo de Administración o consejero especialmente facultado) nombrado, por el plazo de CINCO (o SEIS AÑOS) en la escritura de constitución (o de nombramiento de cargos del día * ante el Notario de *, Don *), cargo que asevera vigente (o por su condición de apoderado especialmente facultado para elevar a públicos acuerdos sociales).

Así resulta de la copia auténtica que tengo a la vista y que causó la inscripción *ª en el Registro Mercantil.

2.- Y de los acuerdos de la Junta General Universal de la compañía, celebrada en el domicilio social y bajo la presidencia de Don *, actuando de secretario Don *, el día * y de la que me entrega una certificación expedida por (indicar si es por el administrador único, uno de los administradores solidarios, los dos mancomunados, el Secretario del Consejo de Administración Don *, con el visto bueno de su Presidente, Don *), firma/s que legitimo por serme conocida/s (o por otros medios) dejando unida a la presente escritura la referida certificación y en la que consta que los acuerdos fueron aprobados por unanimidad (o indicar la mayoría) y adoptados en votación separada tal como ordena el art. 197 bis de la LSC.

(ATENCIÓN: En caso de no ser Universal: indicar aquí la convocatoria y su antelación, el convocante, etc. y en el Otorgan indicar la transcripción literal de la propuesta y la manifestación del otorgante sobre el cumplimiento de la información que menciona el art. 39 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles. No se olvide que la convocatoria -o comunicación, en su caso- no puede publicarse -o enviarse- antes de la publicación de la inserción del proyecto en la web o de la publicación de su depósito en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (art. 32, apartado 3 de la Ley 3/2009, de 3 de abril) y dicha inserción o depósito debe efectuarse con un mes de antelación a la fecha prevista para la celebración de la junta (se entiende cuando sea se trate de junta convocada, no de la junta universal –art. 32, párrafo 2º del apartado 1. Ver comentario).

Me asegura la vigencia de su representación y me exhibe copia autorizada de las escrituras de nombramiento de cargos antes reseñada. Y yo, el Notario, considero suficientes las facultades del compareciente para elevar a públicos acuerdos de la sociedad que representa y por tanto, para todos los actos a formalizar en esta escritura, es decir la escisión en la modalidad de segregación, la creación de nueva sociedad, sus estatutos, la asignación de acciones, el nombramiento de cargos y demás actos complementarios.

Le identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por su expresado Documento Nacional de Identidad, cuyo número coincide con el de Identificación Fiscal.

(Juicio notarial: Opciones)

  • A mi juicio tiene legitimación y ejerce su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar esta Escritura de ESCISIÓN EN LA MODALIDAD DE SEGREGACIÓN, y CONSTITUCION DE SOCIEDAD y EXPONE:
  • A mi juicio tiene legitimación y capacidad para otorgar esta Escritura de ESCISIÓN EN LA MODALIDAD DE SEGREGACIÓN, y CONSTITUCION DE SOCIEDAD y EXPONE:
  • A mi juicio tiene legitimación y capacidad, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar esta Escritura de ESCISIÓN EN LA MODALIDAD DE SEGREGACIÓN, y CONSTITUCION DE SOCIEDAD y EXPONE:

I.- Que es objeto de la presente escritura la formalización de Segregación de parte de la Sociedad ALFA S.A. que se traspasa en bloque y en calidad de beneficiaria a una sociedad de nueva creación BETA S.A., de acuerdo con los siguientes ANTECEDENTES:

ESCISION POR EL MECANISMO DE SEGREGACIÓN:

A.- PROYECTO de...

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