Ley 150/1964, de 16 de diciembre, de equiparación de las remuneraciones de los Profesores adjuntos de las Escuelas Técnicas Superiores con las que perciben los Profesores adjuntos de las Universidades.

MarginalBOE-A-1964-21447
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

La Ley doscientos treinta y tres/mil novecientos sesenta y tres, de veintiocho de diciembre, elevó a treinta y seis mil pesetas las remuneraciones de los Profesores adjuntos de la Universidad, y como la Ley de Ordenación de las Enseñanzas Técnicas establece la equiparación económica de los Catedráticos de las Escuelas Técnicas Superiores con los de la Universidad, procede restablecer esta equiparación elevando con dicho objeto la remuneración de los Profesores adjuntos de las Escuelas Técnicas Superiores.

En su virtud, y de conformidad con la propuesta elaborada por las Cortes Españolas,

DISPONGO:

Artículo primero

Se eleva a treinta y seis mil pesetas anuales la remuneración de los Profesores adjuntos de las Escuelas Técnicas Superiores.

Artículo segundo

Por el Ministerio de Hacienda se habilitarán los créditos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.

Dada en el Palacio de El Pardo a dieciséis de diciembre de mil novecientos sesenta y cuatro.

FRANCISCO FRANCO

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