Equidad en situación y sentido de justicia

AutorMiguel Grande Yáñez
Cargo del AutorDoctorado por la Universidad de Valencia con una tesis doctoral sobre la Filosofía y el Derecho en Baltasar Gracián
Páginas97-138
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V.
EQUIDAD EN SITUACIÓN
Y SENTIDO DE JUSTICIA
Los caminos de la equidad se siguen abrien-
do y las posibilidades abordadas no excluyen otra
perspectiva en la que el desarrollo del sentido de
justicia se medita desde la situación vivencial, des-
de su experiencia y exigencias, de modo que es
posible retomar con nuevo foco la aportación de
la equidad a la ciencia jurisprudencial judicial.
Tras las propuestas de una equidad sustentada en
los valores sociales, y una equidad fundante de la
justicia de las instituciones públicas, abordamos
ahora una equidad inspirada por la Filosofía del
Derecho Hermenéutica. En ella el juez que es ca-
paz de conocer el alcance de su subjetividad on-
tológica se convierte en auténtico protagonista,
pues la equidad iusnaturalista venía presidida por
los contenidos sustanciales invariables, mientras
que en el iuspositivismo la lógica del sistema re-
chazaba la equidad.
Esta equidad hermenéutica que encuentra su
solidez en la subjetividad no es una coartada para
la arbitrariedad, pues en la reflexión ética de la
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Miguel Grande Yáñez
interpretación la otredad se convierte en recorri-
do preciso para desarrollar la idea de la autoin-
terpretación como alteridad. En esta equidad el
caso, en cuanto contingente, resulta decisivo al
ser analizado experiencialmente desde la situa-
ción de la subjetividad. Es también una equidad
inicialmente apoyada por lo normativo, pero no
fundada en la necesidad del silogismo, sino en la
prudencia de la selección normativa, de la inter-
pretación normativa y de la determinación nor-
mativa. La subjetividad equitativa comprende y
acoge en síntesis de círculo hermenéutico el caso
como objeto, con sus partes afectadas y sufrientes
ante las cuales responde a la injusticia con una de-
cisión no libérrima sino contrastada con la pro-
fundidad de un espíritu que siente al Mundo, y
que es capaz de otorgar una respuesta responsa-
ble, como interpretación cuidada y prudente de
sentido de justicia. En la equidad la potencialidad
del sentido de justica se fortalece en la seguridad
existencial del sentido del espíritu. La situación
no es espacio y tiempo para el sujeto en sí mismo,
sino para que éste crezca acogiendo al otro, y para
ello es crucial la decisión de equidad.
Una posibilidad poco indagada es la de co-
nectar la equidad con la experiencia jurídica, no
reducida a una aplicación lógico-mecánica, sino
a un planteamiento que toma como base la ex-
periencia de la justicia y de la injusticia en la que
la reacción de lo jurídico es más nítida. También
esta dimensión trasciende una lectura de la equi-
dad más cercana a la empiria sociológica, pues se
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Equidad y sentido de justicia
trata frente a filosofías más rígidas de una concep-
ción más vivencial. Una de las aspiraciones huma-
nas más constante y transversal es la búsqueda de
la justicia, como afán ético convivencial, lo cual
históricamente alcanza tintes dramáticos por la
persistencia de las injusticias y la ardua dificul-
tad por vencerlas. En tantas ocasiones la realidad
desmiente a la justicia. En esta dimensión expe-
riencial resulta preciso vivir el Derecho como mo-
mento ético aplicativo. La existencialidad jurídica
reafirma el recorrido práctico del Derecho frente
a versiones más especulativas que no reflexionan
sobre el drama de los hechos conflictivos. El De-
recho es problemático en la lectura que realiza de
los conflictos humanos y en la solución alternativa
no necesaria que concede a los mismos. Y es pre-
cisamente ese momento aplicativo el que no ha
sido rescatado por la ciencia jurídica.
La Hermenéutica muestra como la equidad
se va edificando desde la anticipación de sentido,
presente en el proceder del juez desde que busca
soluciones varias a los problemas fácticos que se
le van planteando, guiado por su sentido de jus-
ticia. Esa búsqueda equitativa de la decisión más
justa es una experiencia de anticipación de sen-
tido, en la que los hechos ganan relevancia res-
pecto a las normas, las cuales no por ello tienen
que ensombrecerse. Los métodos se convierten
en una justificación de una decisión equitativa de
sentido que temporalmente es previa. Aunque la
propia equidad como responsabilidad tampoco
puede afanarse en consolidar la primera anticipa-

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