Orden JUS/557/2010, de 25 de febrero, por la que se dispone la entrada en funcionamiento del Juzgado de Paz de Alagón del Río (Cáceres).

MarginalBOE-A-2010-4012
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

La configuración de la planta judicial que establece la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial, prevé una serie de mecanismos para facilitar su constante adaptación con la finalidad de mejorar el funcionamiento de la Administración de Justicia y acercar la justicia al ciudadano.

El artículo 99.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, dispone que en cada municipio donde no exista Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y con jurisdicción en el término correspondiente habrá un Juzgado de Paz.

En consecuencia, al haberse creado el nuevo municipio de Alagón del Río (Cáceres) mediante Decreto 158/2009, de 3 de julio, publicado en el D.O.E. de la Junta de Extremadura el día 9 de julio de 2009, por el que se aprueba la segregación de parte del término municipal de Galisteo (Cáceres) para constituirse como nuevo municipio con la denominación de Alagón del Río, con capitalidad en el núcleo de población de Alagón del Río, la presente orden tiene por objeto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, establecer la fecha de entrada en funcionamiento del Juzgado de Paz del nuevo municipio.

En base a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, los Juzgados de Paz tienen jurisdicción en el término municipal respectivo, del que toma su nombre.

La Ley 38/1988, de 28 de diciembre, regula en los artículos 49, 50, 51 y 52 distintos aspectos de los Juzgados de Paz. En...

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