Entra en vigor el Registro y Auditoría de Igualdad retributiva entre hombres y mujeres

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El Real Decreto 902/2020 de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que se aprobó en octubre del año pasado y que ha entrado en vigor el 14 de abril, prevé la incorporación de una serie de instrumentos para combatir la brecha salarial de género mediante la transparencia salarial en las empresas, incluso en el ámbito laboral de las Administraciones Públicas, acotadas en su legislación específica.

Registro Salarial

Uno de los instrumentos, que entra en vigor con el Real Decreto 902/2020, es el registro salarial de toda la plantilla, incluyendo el personal directivo y altos cargos, con el agravante de que, carecer del mismo, supondrá el inicio de discriminación de género, en aplicación a lo dispuesto en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social.

En este registro se deberán detallar los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo.

Asimismo, deberá figurar la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido por cada uno de estos conceptos en cada grupo profesional, categoría profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.

Esta información estará, a su vez, desagregada en atención a la naturaleza de la retribución, incluyendo salario base, cada uno de los complementos y cada una de las percepciones extrasalariales, especificando de modo diferenciado cada percepción.

El registro salarial tiene como carácter general el año natural, aunque podrá modificarse. Los representantes sindicales de la empresa deberán ser consultados, con una antelación de al menos 10 días, antes de la elaboración del registro y también cuando sea modificado.

El acceso de los trabajadores al registro se facilitará a través de la representación sindical, si la hubiera, y en el caso de no existir esta representación legal, la información que facilitará la empresa se limitará a las diferencias porcentuales que existan en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres.

En este sentido, la empresa debe de tener en cuenta la Ley de Protección de Datos, en el caso de que un trabajador solicite el registro de salarios y pudiera, de esta forma, conocer de manera individualizada el salario de los trabajadores.

Auditoría retributiva

La segunda obligación prevista por el RD 902/2020 incluye la elaboración de una auditoría retributiva, para verificar el cumplimiento o no del principio de igualdad entre hombres y mujeres en materia de retribución; y establecer un plan de actuación, para la corrección de las desigualdades retributivas: con determinación de objetivos, actuaciones concretas, cronograma y persona o personas responsables de su implantación y seguimiento.

Actualmente, todas las empresas con más de un centenar de trabajadores en plantilla deben tener un plan de igualdad, que incluye la auditoría retributiva. Una obligación que, a partir del 8 de marzo de 2022, se exigirá también a las empresas de entre 50 y 100 trabajadores.

Su objetivo es obtener la información necesaria para comprobar si el sistema retributivo de la empresa, de manera transversal y completa, cumple con la aplicación efectiva del principio de igualdad entre mujeres y hombres en materia de retribución.

Las empresas que lleven a cabo auditorías retributivas deberán reflejar en su registro salarial, las medias aritméticas y las medianas de las agrupaciones de los trabajos de igual valor en la empresa, aunque pertenezcan a diferentes apartados de la clasificación profesional, desglosados por sexo.

Cuando la media aritmética o la mediana de las retribuciones totales en la empresa de los trabajadores de un sexo sea superior a las del otro en, al menos, un 25%, el registro de estas empresas obligadas a la auditoría deberá incluir una justificación de que dicha diferencia no responde a motivos relacionados con el sexo de los trabajadores.

Para facilitar todo este proceso a las empresas, el Gobierno ha consensuado con los agentes sociales una herramienta fácil de manejar, en la que las empresas sólo tendrán que ir añadiendo sus datos.

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