DECRETO 237/2002, de 15 de octubre, por el que se autoriza al Ente Vasco de la Energía (EVE) la venta de participación en el capital social de la Sociedad Biosanmarkos, S.A.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica; Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 237/2002, de 15 de octubre, por el que se autoriza al Ente Vasco de la Energía (EVE) la venta de participación en el capital social de la Sociedad Biosanmarkos, S.A.

El artículo 49.2 de la Ley 14/1983, de Patrimonio de Euskadi, establece que la enajenación de títulos representativos de capital en Sociedades, o de obligaciones de las mismas, será autorizada por el Gobierno, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda.

El artículo 60 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno, determina que adoptarán la forma de Decreto las disposiciones administrativas de carácter general y, en su caso, los acuerdos del Gobierno, que serán firmados por el Lehendakari y por el Consejero o Consejeros a quienes corresponda la propuesta.

Habiendo adoptado el Consejo de Dirección del Ente Vasco de la Energía en su reunión de fecha 24 de julio de 2002, el acuerdo de vender a Biosanmarkos, S.A. acciones de la sociedad por un precio de 1.009.480,85 euros que corresponden a un nominal de 795.423,50 euros, y requiriendo, de conformidad a lo expuesto en los párrafos anteriores, de autorización del Consejo de Gobierno.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión de 15 de octubre de 2002,

DISPONGO:

Artículo único ¿ Se autoriza al Ente Vasco de la Energía para proceder a la venta a...

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