Desde una encrucijada junto a Borges: sobre ciencia jurídica y producción normativa

AutorJosé Calvo González
CargoUniversidad de Málaga
Páginas187-211

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Pero el general austríaco, sin dejar de leer, frunció enfadado el ceño y movió los codos como diciendo: «Después, después podrá exponerme sus ideas; ahora mire el plano y escuche».

Langeron, perplejo, alzó la vista, miró a Miloradovich como pidiendo una explicación, pero encontrándose con aquella expresión significativa que nada quería decir, la bajó tristemente y volvió a girar su tabaquera.
— Une leçon de géographie –dijo como hablando para sí, pero con voz bastante alta para que se lo oyera.

Liev Tolstói, Guerra y paz (1865-1869)1

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1. Cruce de senderos

No hace aún demasiado tiempo que, persuadido de la vocación geómetra de los juristas, me interné hasta la encrucijada donde el camino

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seguido por la cultura y ciencia jurídicas confluía con el de las formas y representaciones propias del pensamiento geométrico. En efecto, no pocas de las más importantes teorías del Derecho se habían construido a través de principios y nociones ideados por la Geometría para explicar las propiedades de las figuras en el plano o en el espacio. De ahí, entrecruzando asimismo con la historia del arte moderno y de vanguardias, arriesgué a proponer una imagen de la evolución y actual desenvolvimiento del paradigma jurídico contemporáneo hacia lo que llamé un Derecho curvo2.

Algo más tiempo ha transcurrido desde que acudí a explorar puntos de encuentro entre Derecho y Geografía; la vez más reciente fue refiriéndome a geografías simbólicas, como la isla3, y aún hubo una anterior, al utilizar un símil entre las técnicas cartográficas y las jurídico-dogmáticas. De una y otra hará bastante más de una docena de años4. Regresar a la primera de esas concurrencias es, hoy y aquí, lo que me interesa, para inquirirla con pormenor. Porque los juristas, amén de vocación geómetra, la tienen igualmente de geógrafos y, en particular, de cartógrafos.

Quisiera, pues, sondear más profundamente la idea de mapa jurídico, auxiliado esta vez del reflejo en la literatura borgeana. Diré también que el descubrimiento de esa singular disposición de los juristas a dibujar el entero orbe del Derecho –especialmente acusada entre los cultivadores de la Dogmática jurídica– lo debo a la conjunción de un espejo y de una enciclopedia. Aquél, en prevenida forma que lo reviste y disfraza de libro de ficciones, ha inquietado siempre al fondo de mi biblioteca, en la restricta habitación donde trabajo, desde los anaqueles fatigados por el peso de la obra de Borges y la babélica crítica literaria que la multiplica. La enciclopedia, y no falazmente, se llama como otrora fue conocida parte de la disciplina que profeso en mi enseñanza universitaria, cuando además de Einführung in die Rechtswissenschaft o Introducción a la Ciencia del Derecho se explicaba como Encyclopedie des Rechts o Enciclopedia del Derecho.

2. Borges y el código civil

Los juristas, incluidos iusfilósofos, han sido en su mayoría negligentes con los reflejos y refracciones de las escrituras especulares de

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Jorge Luis Borges (1899-1986)5. Declaradas excepciones a este aserto no lo derogan; solo apenas lo mitigan6. Tampoco, ciertamente, abarro-

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tan los registros de crítica jurídica desde la teoría literaria7. Del resto, muy pocos en Filosofía política, entre muchos multiplicados y redundantes, serán ulteriores y perdurables8. Creo, pues, que la obra de Bor-una antologia, A. C. Amato Mangiameli-G. Saraceni (eds.), Roma: Aracne editrice, 2012, pp. 125-144; Zolezzi Ibárcena, L.; Derecho en contexto, Lima: Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú, 2012, en esp. «El Derecho en la obra de Jorge Luis Borges», pp. 19-38; Luis Renato Ferreira da Silva, «O tempo no direito e o tempo do direito-provocação para uma relação entre direito e literatura a partir de um tema borgiano», y Noronha, L. Bernardino; «O raciocinio e a interpretaçao: uma análise a partir de Funes, el memorioso, e de Alice no País das Maravilhas», ambos en Narraçao e normatividade. ensaios de Direito e Literatura, Judith Martins-Costa (coord.), Rio de Janeiro: GZ Editora, 2013, respec. pp. 95-100 y 379-400; Orler, J.; «El proceso judicial según Jorge Luis Borges», Crítica Jurídica 35 (en.-jun. 2013), pp. 197-213; Jimenez, M.; «Towards a Borgean Theory of Constitutional Interpretation», Pepperdine Law Review, vol. 40, no. 1 (Jan. 2013), pp. 1-22, y Vila, R.; «Emma Zunz by Jorge Luis Borges: the Concept of Justice», Oñati Socio-legal Series 4, 6 (2014), pp. 1232-1240.

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ges, al igual que la de tantos otros, aguarda casi toda que los sueltos hilos de la cultura jurídica (y política) de la Literatura y literaria del Derecho (y la Política) resuelvan tejerse en una común urdimbre. Antes, sin embargo, recíprocas vanidades deberán ser desalentadas.

En todo caso, Borges –que de su padre, Jorge Guillermo Borges Haslam, acogió una amplia «biblioteca de ilimitados libros ingleses»9 pero nada en ascendiente sobre el ejercicio de la abogacía10, como tampoco atracción alguna hacia el foro a merced de su amigo Mace-donio Fernández11, quien igualmente practicó aquella misma profe-

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sión durante una parte de su vida–12 mantuvo un exiguo contacto con el ambiente forense. Así, dos únicos episodios cabe memorar, ambos fechados el año 1985. La visita a la Asociación de Abogados de Buenos Aires, el 21 de septiembre, invitado por el presidente de su Comisión de Cultura, donde pronuncia una charla y es entrevistado13, y su asistencia, el 22 de julio, «por primera y última vez», a la vista pública de uno de los juicios abiertos ante tribunales civiles argentinos a las Juntas militares (1976-1983), ocasión que dio lugar a la crónica que con título de Lunes, 22 de julio de 1985, distribuida por la agencia española EFE, apareció publicada en el diario El País14.

Hay en ella el pasmo y toda la consternación ante la banalidad del mal, y entera y abierta repugnancia hacia las que han sido conocidas como «Leyes de obediencia debida»15. Borges relata su escucha durante la testifical de un confeso de delación bajo tortura16. Borges

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escuchó todo el tiempo17. Borges escuchó, entre el asco y el estupor, el horror; un horror conradiano; «¡el horror, el horror!». Borges estuvo aquel día en The Heart of Darkness de la Argentina.

Y luego Borges escribió:

He asistido, por primera y última vez, a un juicio oral. Un juicio oral a un hombre que había sufrido unos cuatro años de prisión, de azotes, de vejámenes y de cotidiana tortura. Yo esperaba oír quejas, denuestos y la indignación de la carne humana interminablemente sometida a ese milagro atroz que es el dolor físico. Ocurrió algo distinto. Ocurrió algo peor. El réprobo había entrado enteramente en la rutina de su infierno. Hablaba con simplicidad, casi con indiferencia, de la picana eléctrica, de la represión, de la logística, de los turnos, del calabozo, de las esposas y de los grillos. También de la capucha. No había odio en su voz. Bajo el suplicio, había delatado a sus camaradas; éstos lo acompañarían después y le dirían que no se hiciera mala sangre, porque al cabo de unas «sesiones» cualquier hombre declara cualquier cosa. Ante el fiscal y ante nosotros, enumeraba con valentía y con precisión los castigos corporales que fueron su pan nuestro de cada día. Doscientas personas lo oíamos, pero sentí que estaba en la cárcel. Lo más terrible de una cárcel es que quienes entraron en ella no pueden salir nunca. De éste o del otro lado de los barrotes siguen estando presos. El encarcelado y el carcelero acaban por ser uno. Stevenson creía que la crueldad es el pecado capital; ejercerlo o sufrirlo es alcanzar una suerte de horrible insensibilidad o inocencia. Los réprobos se confunden con sus demonios, el mártir con el que ha encendido la pira. La cárcel es, de hecho, infinita.

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De las muchas cosas que oí esa tarde y que espero olvidar, referiré la que más me marcó, para librarme de ella. Ocurrió un 24 de diciembre. Llevaron a todos los presos a una sala donde no habían estado nunca. No sin algún asombro vieron una larga mesa tendida. Vieron manteles, platos de porcelana, cubiertos y botellas de vino. Después llegaron los manjares (repito las palabras del huésped). Era la cena de Nochebuena. Habían sido torturados y no ignoraban que los torturarían al día siguiente. Apareció el Señor de ese Infierno y les deseó Feliz Navidad. No era una burla, no era una manifestación de cinismo, no era un remordimiento. Era, como ya dije, una suerte de inocencia del mal.

¿Qué pensar de todo esto? Yo, personalmente, descreo del libre albedrío. Descreo de castigos y de premios. Descreo del infierno y del cielo. Almafuerte18 escribió:

Somos los anunciados, los Previstos
si hay un Dios, si hay un Punto Omnisapiente; ¡y antes de ser, ya son, en esa Mente,
los Judas, los Pilatos y los Cristos!19 Sin embargo, no juzgar y no condenar el crimen sería fomentar la impunidad y convertirse, de algún modo, en su cómplice.

Es de curiosa observación que los militares, que abolieron el Código Civil y prefirieron el secuestro, la tortura y la ejecución clan-destina al ejercicio público de la ley, quieran acogerse ahora a los beneficios de esa antigualla y busquen buenos defensores. No menos admirable es que haya abogados que, desinteresadamente sin duda, se dediquen a resguardar de todo peligro a sus negadores de ayer.

Me interesa reparar en el párrafo de colofón, donde una elocuente figura retórica reclama nuestra atención y cuidado: «abolieron el Código Civil». Borges, es claro, no se refiere al código redactado por Dalmacio Vélez Sársfield (1800/1801-1875), en vigor desde 1871 y que, en general, así también permaneció bajo el régimen militar. Para Borges ese texto normativo no poseía otro...

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