ORDEN IYJ/1602/2009, de 22 de julio, por la que se convocan las pruebas selectivas para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de los Ayuntamientos de Arenas de San Pedro, Arroyo de la Encomienda, Béjar, Benavente, El Espinar, Medina del Campo, Peñafiel, Peñaranda de Bracamonte y Tordesillas

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Interior y Justicia
Rango de LeyOrden
  1. AUTORIDADES Y PERSONAL

  1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS CONSEJERÍA DE INTERIOR Y JUSTICIA ORDEN IYJ/1597/2009, de 20 de julio, por la que se resuelve convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo mediante el sistema de libre designación.

    Por Orden IYJ/1225/2009, de 4 de junio, ('Boletín Oficial de Castilla y León' n.º 108, de 10 de junio de 2009), se anunció convocatoria pública para cubrir mediante el sistema de libre designación el puesto de trabajo que en el Anexo de dicha Orden se citaba.

    Visto el informe del titular del Órgano Superior al que figura adscrito el puesto convocado, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 51 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León,

    DISPONGO:

    Primero. Adjudicar el puesto de trabajo que figura en el Anexo de esta Orden al funcionario que se cita.

    Segundo. El funcionario designado para ocupar el puesto de trabajo mencionado deberá cesar, en su caso, en su anterior destino y tomar posesión del nuevo en el plazo reglamentariamente establecido.

    Tercero. De las diligencias de cese y toma de posesión que se formulen deberá remitirse copia al Registro General de Personal dentro de los tres días siguientes a aquél en que se produzcan.

    Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 y 14.2 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de Interior y Justicia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Valladolid, 20 de julio de 2009.

    El Consejero,

    Fdo.: ALFONSO FERNÁNDEZ MAÑUECO ANEXO Apellidos y Nombre: MENÉNDEZ GALLEGO, ANA.

    Núm. de Registro de Personal: 0931672813 A2201.

    Centro Directivo: DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL.

    Código Puesto: 10495.

    Puesto: JEFE DE SERVICIO DE RÉGIMEN JURÍDICO.

    Subgrupos: A1.

    Nivel: 28.

    Complemento Específico: 16.

    Administración: ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

    Localidad: VALLADOLID.

  2. OPOSICIONES Y CONCURSOS CONSEJERÍA DE INTERIOR Y JUSTICIA ORDEN IYJ/1602/2009, de 22 de julio, por la que se convocan las pruebas selectivas para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de los Ayuntamientos de Arenas de San Pedro, Arroyo de la Encomienda,

    Béjar, Benavente, El Espinar, Medina del Campo, Peñafiel, Peñaranda de Bracamonte y Tordesillas.

    Al amparo de lo previsto en la ORDEN IYJ/324/2009, de 13 de febrero, por la que se regula la realización de procesos selectivos de Policías Locales por la Junta de Castilla y León, diversos ayuntamientos de la Comunidad Autónoma han delegado en la Consejería de Interior y Justicia la competencia para la convocatoria y gestión de los procesos selectivos para cubrir vacantes en el cuerpo de policía local.

    Por ello, en cumplimiento de dicha delegación y de lo dispuesto en la Orden citada y en la Orden IYJ/1213/2008, de 2 de julio, por la que se aprueba el modelo de bases para las convocatorias de pruebas de acceso a la categoría de Agente de los Cuerpos de Policías Locales,

    ACUERDA Convocar las pruebas selectivas para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de los ayuntamientos de Arenas de San Pedro, Arroyo de la Encomienda, Béjar, Benavente, El Espinar, Medina del Campo, Peñafiel,

    Peñaranda de Bracamonte y Tordesillas, con sujeción a las Bases que figuran como Anexo de la presente Orden.

    Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.a) y B.O.C. y L. - N.º 142 Martes, 28 de julio 2009 23621

    14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de Interior y Justicia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    El Consejero de Interior y Justicia,

    Fdo.: ALFONSO FERNÁNDEZ MAÑUECO ANEXO DE LA ORDEN BASES DE LA CONVOCATORIA Base Primera. Objeto y calendario de la convocatoria.

    1.1 Al amparo de lo previsto en la Orden IYJ/324/2009, de 13 de febrero, por la que se regula la realización de procesos selectivos de policías locales por la Junta de Castilla y León, y en virtud de las delegaciones producidas por los respectivos ayuntamientos, la presente convocatoria tiene por objeto la provisión de plazas vacantes de Agente de los Cuerpos de Policía Local, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase: Policía Local, clasificadas en el grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 13 de abril, del Estatuto básico del empleado público, y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente, de los Ayuntamientos siguientes:

    1.2 El desempeño de estas plazas será incompatible con cualquier actividad remunerada, pública o privada, quedando sometido al régimen de incompatibilidad, con los deberes y obligaciones inherentes y con el derecho al percibo de las correspondientes retribuciones complementarias.

    1.3 Las plazas se encuentran vacantes e incluidas en la Oferta Pública de empleo de cada Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Podrá ampliarse el número de plazas de la convocatoria con las vacantes que se produzcan en cada Cuerpo de Policía Local antes de finalización del concurso-oposición.

    1.4 Las plazas convocadas por el turno de movilidad podrán ser cubiertas por funcionarios de la misma categoría que pertenezcan a otras plantilla de Policía Local de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, conforme determina el artículo 83.1 de las Normas Marco a las que han de ajustarse los reglamentos de policía local de la Comunidad de Castilla y León, aprobadas por Decreto 84/2005, de 10 de noviembre.

    1.5 El resto de plazas, más las que no se cubran en turno de movilidad, se cubrirán mediante concurso oposición libre.

    1.6 El procedimiento selectivo en sus fases de concurso oposición, deberá resolverse en el plazo que no podrá exceder de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

    Base Segunda. Requisitos de los aspirantes.

    2.1 Para tomar parte en el concurso-oposición en turno libre, será necesario reunir los siguientes requisitos:

  3. Ser español.

  4. Tener dieciocho años de edad y no haber cumplido los treinta y tres, referidas dichas edades al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

  5. Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de Bachiller, Formación Profesional, o equivalente que permita el acceso al grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 13 de abril, del Estatuto básico del empleado público. En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa, que acredite la equivalencia.

  6. No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le impida el normal desarrollo de las funciones propias del cargo y no estar incurso en el cuadro de exclusiones médicas que se establecen en la Base Decimotercera.

  7. No haber sido separado del servicio, en virtud de expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

  8. Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.

  9. Tener una estatura mínima de 170 centímetros los hombres y 165 centímetros las mujeres.

  10. Acreditar la aptitud física mediante la presentación de un certificado médico extendido en un impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuren especificados en la correspondiente prueba de la fase de oposición, así como las determinaciones exigidas respecto a la talla de los aspirantes. En todo caso, este certificado médico no excluirá las comprobaciones posteriores que integran la prueba de reconocimiento médico.

  11. Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de motor de las clases A y B (con autorización BTP para conducir vehículos de emergencia establecida en el Reglamento General de Conductores).

  12. Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley.

    2.2 Los aspirantes en turno de movilidad deberán cumplir los siguientes requisitos:

  13. Encontrarse en situación de servicio activo, con categoría de Agente, en un Cuerpo de Policía Local en Castilla y León, con antigüedad mínima de cinco años en el Cuerpo de procedencia.

  14. Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos y no hallarse incapacitado para el ascenso por aplicación del régimen disciplinario previsto reglamentariamente.

  15. No hallarse en situación de segunda...

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