Empresas de Trabajo Temporal

AutorJesús Alfredo Sánchez Ramos
Cargo del AutorProfesor Asociado de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social Universidad Rey Juan Carlos

A modo introductorio, resaltar que el papel actual de las empresas de trabajo temporal en el ámbito laboral es fundamental, canalizan grandes volúmenes de empleo, ostentando funciones de cohesión e intermediación entre empresas que requieren trabajadores y personas que se encuentran en búsqueda de empleo. Las empresas de trabajo temporal se encargan de formalizar el vínculo contractual con el trabajador para consiguientemente ceder el trabajador a una empresa usuaria, de forma que el trabajador va a realizar la prestación de servicios para una empresa distinta a la contraparte del contrato de trabajo.

Tanto España como el resto de países centrales de la Unión Europea, desde la década de los sesenta han ratificado el Convenio Internacional de Trabajo Número 96, cuyo contenido versa sobre las Agencias Retribuidas de Colocación .

En los últimos años y dado que la tasa de temporalidad de los contratos se ha visto aumentada, el papel de las empresas de trabajo temporal se ha visto incrementado, independientemente de que actúen cediendo al trabajador a otras empresas usuarias o como agencia de colocación.

Contenido
  • 1 Concepto de Empresa de Trabajo Temporal
  • 2 Autorización administrativa requerida a la ETT
    • 2.1 Requisitos para la obtención de la autorización administrativa
    • 2.2 Procedimiento para solicitar la autorización requerida para puesta en funcionamiento
  • 3 Garantía financiera de las empresas de trabajo temporal
    • 3.1 Cuantía de la garantía financiera
    • 3.2 Finalidad de la garantía financiera
    • 3.3 Ejecución de la garantía financiera
    • 3.4 Liberación de la garantía financiera
  • 4 Registro Público de ETT
  • 5 Obligaciones de la ETT
    • 5.1 Obligación de información a la Administración
    • 5.2 Obligación de información a las empresas usuarias
  • 6 Relaciones laborales en la ETT
  • 7 Normativa destacada
  • 8 Ver también
  • 9 Recursos adicionales
    • 9.1 En formularios
    • 9.2 En doctrina
    • 9.3 En dosieres legislativos
    • 9.4 En webinars
  • 10 Legislación básica
  • 11 Legislación citada
Concepto de Empresa de Trabajo Temporal

Las empresas de trabajo temporal se encargan fundamentalmente de ceder trabajadores a empresas usuarias mediante contratos de puesta a disposición, formalizando directamente con el trabajador el vínculo contractual. Tienen dos funciones bien diferenciadas, ceder trabajadores a empresas usuarias (solamente podrán hacerlo las empresas de trabajo temporal que reúnan todos los requisitos para estar válidamente constituidas) y actuar como agencias de colocación ostentando una función intermediaria entre empresas usuarias y trabajadores que demandan empleo, siempre que reúnan los requisitos establecidos en el Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de Octubre , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo .

Al margen de las funciones citadas, las empresas de trabajo temporal podrán realizar funciones vinculadas a la formación, asesoramiento y consulta en el ámbito de recursos humanos.

Otro de los requisitos para actuar como empresas de trabajo temporal, es que deben especificar en todo caso si actúan como empresa de trabajo temporal o como agencia de colocación, todo ello en relación con su prestación de servicios.

Hasta que no se dictaminó la Ley 14/1994 de 1 de junio la cesión de trabajadores estaba prohibida, siendo por tanto determinante la elaboración de dicha normativa para su funcionamiento, habilitando por tanto su ejercicio en aquellos casos donde reúnan todos los requisitos establecidos por normativa para ser legalmente constituidas.

En definitiva, la función de las empresas de trabajo temporal es una labor intermediaria y de cohesión entre trabajadores que se encuentran en búsqueda de empleo y empresas usuarias, facilitando la búsqueda de empleo incluso el acceso al mundo laboral de personas que tienen ciertas dificultades para acceder al mismo.

En torno la intervención de empresas usuarias y empresas de trabajo temporal en el ámbito laboral, el funcionamiento puede resumirse en que la empresa temporal cede contratos a la empresa usuaria, de forma que los trabajadores no prestan servicios para la contraparte del contrato de trabajo, sino para la empresa usuaria que corresponda en función de la delegación de servicios.

La Ley 18/2014 de 15 de octubre establece una serie de requisitos que deben ser cumplidos para que dichas empresas estén válidamente constituidas y para que desempeñen una correcta actuación, sin producir ningún tipo de perjuicio en la figura de los trabajadores, a modo de síntesis son los siguientes:

  • Deben remitir cierta información a la autoridad laboral, información relativa a la formalización de contratos de puesta a disposición con los trabajadores pertinentes.
  • Un régimen sancionador (infracciones y sanciones) aplicables a las empresas de trabajo temporal.
Autorización administrativa requerida a la ETT Requisitos para la obtención de la autorización administrativa

De forma sucinta, los requisitos para la obtención de la autorización administrativa correspondiente son los siguientes:

A. Disponer de una estructura organizativa propia, que le faculte para realizar las tareas que le son encomendadas, así como cumplir con las obligaciones relativas a la figura de los trabajadores que estén vinculados a las empresas de trabajo temporal.

B. Se requiere a las empresas de trabajo temporal que se dediquen con exclusividad a las funciones inherentes a dichas empresas.

C. Se les requiere que se encuentren al corriente respecto a los pagos derivados de las obligaciones tributarias y relativas a la Seguridad Social.

D. Cumplir con las obligaciones de índole económica (Salarios, indemnizaciones y Seguridad Social).

E. Deben incluir en su denominación de origen el término “empresa de trabajo temporal” o bien las abreviaturas ETT.

F. En lo relativo a que dichas empresas tengan una estructura organizativa propia, se les requerirá tener los equipamientos necesarios para el ejercicio de su actividad laboral, número y características de los contratos de los trabajadores que estén vinculados a la misma, número de centros de trabajo o sistema productivo y procesos tecnológicos utilizados para proceder a la selección de trabajadores entre otras cuestiones.

Se requiere que al menos las empresas de trabajo temporal cuenten con un mínimo de 12 trabajadores, o de forma proporcional al que corresponda por cada mil trabajadores que hayan sido contratados en el año anterior, considerando el número de días que hayan puesto a disposición de empresas usuarias los trabajadores pertinentes, dividiendo por 365 días.

Este requisito debe cumplirse en todo momento en el que la empresa de trabajo temporal lleve a cabo su actividad, realizando las labores adaptativas que sean necesarias en función de los criterios mencionados anteriormente, al margen la empresas de trabajo temporal deberá tener contratados de manera indefinida a 3 trabajadores, independientemente de si están contratados a jornada completa o a jornada parcial.

Procedimiento para solicitar la autorización requerida para puesta en funcionamiento

1) La autoriz...

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