Orden IET/2481/2012, de 15 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur I+D+i compuesto por las líneas Emprendetur I+D y Emprendetur Desarrollo de productos innovadores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2012.

MarginalBOE-A-2012-14286
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Energía y Turismo
Rango de LeyOrden

La actividad turística supone más de un 10 por ciento del PIB, crea un 11 por ciento del empleo y contrarresta en gran medida el déficit comercial español. Es un importante activo para la creación de riqueza y empleo, que se comporta con gran dinamismo incluso en tiempos de crisis y que cuenta con una gran capacidad de arrastre de otros sectores productivos. Debido a estas características el Gobierno considera el turismo como eje estratégico y factor clave para la recuperación económica en su agenda 2012-2015.

Sin embargo, la actividad turística en España ha sufrido una pérdida importante de competitividad en los últimos años y la sostenibilidad económica, social y medioambiental de nuestro modelo está en entredicho de cara al futuro. Se apunta al fin de un ciclo económico que comenzó hace algo más de cincuenta años y en el que se están incubando los nuevos líderes turísticos mundiales fundamentados en la innovación. Es imprescindible, por tanto, abordar medidas que activen un punto de inflexión, deteniendo el declive y activando un crecimiento sobre bases sólidas que permitan asegurar el liderazgo y la competitividad de nuestro modelo.

El actual contexto de crisis en los mercados financieros ha desembocado en una crisis estructural global que ha afectado negativamente al sector turístico, tanto a la demanda de viajes a nivel internacional, afectando a los principales mercados emisores, como a la oferta turística, dificultando el acceso a vías de financiación, y ralentizando la necesaria modernización de instalaciones y equipamientos de nuestros establecimientos turísticos, y la implantación de nuevas tecnologías, desarrollo de productos diferenciados y sistemas de calidad que hagan cada vez más competitivos y rentables a nuestras empresas y destinos.

Teniendo en cuenta estos factores, entre otras circunstancias, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de junio de 2012 se ha aprobado el Plan Nacional e Integral de Turismo (PNIT), cuyos objetivos son:

  1. Incrementar la actividad turística y su rentabilidad.

  2. Generar empleo de calidad.

  3. Impulsar la unidad de mercado.

  4. Mejorar el posicionamiento internacional.

  5. Mejorar la cohesión y notoriedad de la marca España.

  6. Favorecer la corresponsabilidad público-privada.

  7. Fomentar la desestacionalización del turismo.

Para poder alcanzar estos objetivos del PNIT y teniendo en cuenta que la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación son claves para el crecimiento económico a largo plazo y, con ello, del bienestar de la sociedad en general, desde la Secretaria de Estado de Turismo se ha decidido llevar a cabo la puesta en marcha del programa Emprendetur I+D+i, que ayudará a que el Destino España sea: destino líder con proyección internacional, sostenible económica, social y medioambientalmente generando retornos suficientes para mantener un alto valor añadido; generando empleo de calidad y haciendo un uso responsable de los recursos naturales; destino rentable económicamente y eficiente en su modelo empresarial, referente a nivel mundial tanto por su gestión, como por su rentabilidad.

Asimismo el artículo 3.4.i) y el título II de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, amparan la adopción por la Administración del Estado de programas para la promoción, modernización y competitividad de la industria turística.

La financiación de dicho programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores está prevista en la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, que establece una dotación presupuestaria para Líneas de financiación para jóvenes emprendedores en Turismo.

La disposición adicional segunda del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, al regular los créditos concedidos por la Administración del Estado a particulares sin interés o con interés inferior al de mercado, en su apartado 1, establece que en el ámbito de la Administración General del Estado y de los organismos públicos y restantes entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de aquélla, los Ministros aprobarán, para los créditos dotados en los estados de gastos en sus respectivos presupuestos, la normativa reguladora de los créditos de la Administración a particulares sin interés o con interés inferior al de mercado y, en su defecto, serán de aplicación las prescripciones de la Ley General de Subvenciones, en los términos previstos en la disposición adicional sexta de ésta.

El artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que en el ámbito de la Administración General del Estado, así como de los organismos públicos y restantes entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de aquella, los ministros correspondientes establecerán las oportunas bases reguladoras de la concesión de las subvenciones.

Por otra parte, de acuerdo con el artículo 23.2 de la misma Ley General de Subvenciones, el inicio del procedimiento para la concesión de subvenciones se realizará siempre mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

Mediante la presente orden se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur I+D+i y, excepcionalmente, haciendo uso de la posibilidad prevista en el artículo 23.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, asimismo se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2012. La articulación conjunta en una misma orden de las bases reguladoras y de la convocatoria resulta conveniente para agilizar al máximo la convocatoria correspondiente a 2012.

Por último, y dado que el artículo 10.1 de la Ley General de Subvenciones establece que los secretarios de Estado en la Administración General del Estado son los órganos competentes para conceder subvenciones, en sus respectivos ámbitos, de manera que también les compete la convocatoria de las mismas y, sin embargo, como se ha señalado en el párrafo anterior, resulta conveniente la articulación conjunta en una misma orden de las bases reguladoras y de la convocatoria correspondiente al presente ejercicio 2012, para agilizarla al máximo, en esta orden, al amparo de lo previsto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, se dispone asimismo la avocación por el Ministro de la competencia para efectuar la convocatoria correspondiente a dicho ejercicio.

En su virtud, dispongo:

CAPÍTULO I Bases

Primero. Objeto.

  1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases, el régimen de ayudas y la gestión de medidas de apoyo del programa Emprendetur I+D+i.

    Segundo. Ámbito material.

  2. El ámbito material de esta orden se circunscribe a las líneas instrumentales incluidas dentro de las medidas 4 «Lanzamiento del programa «Fidelización España», 8 «Apoyo a la reconversión de destinos maduros», 11 «Destinos inteligentes: Innovación en la gestión de destinos», 12 «Redes de agencias de gestión de experiencias», 15 «Puesta en valor del patrimonio cultural, natural y enogastronómico», y 16 «Fomento del turismo sostenible con el medio ambiente» del Plan Nacional e Integral de Turismo 2012-2015, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de junio de 2012.

  3. El ámbito material de esta orden se articula en torno a las siguientes áreas y programas del Plan Nacional e Integral del Turismo:

    a) Empredetur I+D.

    b) Emprendetur Desarrollo de Productos Innovadores.

    Tercero. Ámbito geográfico.

    Las actividades objeto de ayuda podrán realizarse en la totalidad o parte del territorio español.

    Cuarto. Objetivos.

    Las actuaciones relacionadas en esta orden tienen como finalidad contribuir a la consecución de los objetivos del Plan Nacional e Integral de Turismo 2012-2015. En este sentido, constituyen objetivos prioritarios:

    a) Apoyar la investigación y desarrollo aplicado a productos del sector turístico.

    b) Fortalecer los procesos de I+D+i en el sector turístico.

    c) Impulsar el desarrollo de productos turísticos innovadores que mejoren la competitividad y rentabilidad del sector turístico español.

    d) Facilitar a las empresas el acceso a desarrollos innovadores para la mejora de sus productos turísticos con el fin de la internacionalización de los mismos.

    Quinto. Características de las ayudas.

  4. Estas ayudas se otorgan de conformidad con los artículos 23 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  5. Las ayudas otorgadas revestirán la forma de préstamos. Las características de las ayudas en forma de préstamo serán las siguientes:

    a) Financiación máxima: Hasta el 75 por ciento del coste financiable de los proyectos o acciones, sin que la cantidad financiada pueda superar la cifra de 1.000.000 euros, o la cifra del neto patrimonial acreditado de la empresa en el momento de la solicitud.

    b) Plazo máximo de amortización de cinco años incluyendo opcionalmente un período de carencia máximo de dos años. El abono de la amortización y de los correspondientes intereses se realizará al final de cada período de amortización determinado en la resolución de concesión.

    c) La modulación, tanto de la financiación máxima como de los plazos de amortización o de carencia se determinarán en cada convocatoria.

    d) El tipo de interés de aplicación se determinará asimismo en cada convocatoria de acuerdo con el marco legal en vigor.

  6. La financiación de estas ayudas se imputará a las aplicaciones presupuestarias que para cada año se determinen en los correspondientes Presupuestos Generales del Estado y se especificarán en cada...

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