Embargo criminal sobre finca inscrita a favor de terceros, sabiéndolo el tribunal

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas77-77

Page 77

Hechos. Se solicita la práctica de una anotación de embargo para asegurar las responsabilidades civiles de una persona condenada en causa criminal, mediante mandamiento en el que consta la notificación a la sociedad titular registral del inmueble.

El registrador denegó su práctica en aplicación de los principios de tracto sucesivo y legitimación registral y para evitar la indefensión del titular registral.

La DGRN confirma la nota, pues las exigencias del principio de tracto sucesivo imponen que el procedimiento del que dimana el mandamiento calificado esté entablado contra el titular registral, no pudiéndose tampoco extender las consecuencias de un proceso a quienes no han tenido parte en él ni han intervenido en manera alguna.

Como excepción, el último párrafo del art. 20 LH permite la anotación preventiva en los supuestos de falta de tracto por aportación o transmisión de los bienes a sociedades interpuestas o testaferros, pero exige un doble requisito:

  1. que se trate de procedimientos criminales (esto se cumple)

  2. ...

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