Embargo presentado inmediatamente después de un título transmisivo

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas118-119

Page 118

Hechos: la sociedad titular registral aporta una finca a otra sociedad. Poco después de presentarse este título, se presenta un mandamiento ordenando una anotación de embargo en procedimiento dirigido contra la aportante. El fax caduca, ya que la copia física llega al Registro transcurridos los 10 días.

El registrador inscribe la aportación y deniega la práctica de la anotación de embargo, pues la finca ya no está a nombre del deudor embargado.

Recurre la interesada alegando que no debería de haberse practicado la inscripción de aportación tras la presentación del mandamiento y solicita que se deje sin efecto la inscripción realizada y se proceda al despacho del mandamiento alegando que, al tiempo de practicarse la inscripción, estaba presentado el documento judicial.

La DGRN confirma la nota, porque el recurso gubernativo no es el adecuado cuando el registrador practica la inscripción. Los asientos ya practicados están bajo la salvaguardia de los tribunales, por lo que seguirán produciendo sus efectos en tanto no se declare su inexactitud o ineficacia mediante la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR