Elementos anafóricos en las sentencias actuales: los adjetivos deverbales de participio

AutorJosé Antonio González Salgado
CargoAsesor lingüístico de Uría Menéndez
Páginas23-34

Page 25

1 Introducción

Una de las características más sobresalientes de los textos jurídico-administrativos es el abuso de palabras que indican que nos encontramos ante algo que ya ha aparecido en el discurso, es decir, de lo que se denominan elementos o marcadores anafóricos: adjetivos y pronombres demostrativos, toda una serie de adjetivos deverbales de participio (dicho, citado, mencionado, aludido...), la construcción «artículo + mismo» y el pronombre ello, fundamentalmente.1En la tradición textual jurídica española, destaca una de esas unidades anafóricas sobre el resto de procedimientos que se ponen en práctica para marcar la anáfora: el participio dicho, utilizado frecuentemente como adjetivo demostrativo:

Por ende dixo que contra el dicho defendimiento del dicho sennor Rey qu’el dicho conçeio e alcalle e omes buennos de la dicha villa de Segura que non devían nin podían faser repartimiento alguno de fecho fasta qu’el dicho pleito sea librado por el dicho sennor Rey e sus Alcalles, nin los dichos sus costituentes non eran tenidos de yr a faser el dicho repartimiento contra el dicho mandamiento del dicho sennor Rey (Documento de la Colección diplomática del concejo de Segura, 1402).

Las quales dichas escripturas presentadas por el dicho Pero de Elola, dixo en bos e en nonbre del dicho Juan Peres de Loyola a mí el dicho escrivano que le diese por testimonio sygnado con mi sygno de cómo avía fecho la dicha notiicaçión e requerimiento al dicho conçejo por virtud del dicho Juan Peres de Loyola para en guarda del derecho del dicho Juan Peres e suyo en su nombre (Documento de la Colección diplomática del concejo de Segura, 1449).

En otro lugar hemos defendido que muchas de las anáforas en las que interviene dicho no se emplearon durante los siglos XV y XVI con intención cohesiva textual; más bien se trataba de marcas que permitían hacer distinguibles los textos para insertarlos en la tradición discursiva jurídico-notarial (González Salgado, en prensa). Aunque el abuso de esas anáforas se pueda poner en relación con un intento por dotar de precisión extrema al contenido del documento jurídico o de cohesionarlo de tal forma que impida una interpretación ambigua del enunciado, la explicación real hay que buscarla, desde nuestro punto de vista, en la pertenencia misma de los textos a una tradición discursiva determinada.2De elementos cohesivos, estas anáforas -solo en este tipo concreto de textos y durante un periodo de tiempo determinado- habrían pasado a ser meros añadidos retóricos. Dicho de otra forma: la cohesión que permiten estas anáforas, cuando son elementos innecesarios para descifrar el texto, es una cohesión icticia.3Con el paso del tiempo, otros adjetivos se incorporaron al sistema de marcación anafórica en los textos

Page 26

jurídicos, aunque todos ellos se sitúan en su uso a mucha distancia del adjetivo dicho. Es precisamente a esos otros adjetivos -todos ellos deverbales de participio4- a los que vamos a dedicar atención en este artículo, con la intención de ofrecer los contextos sintácticos en que se emplean y los índices de frecuencia que se observan en los textos jurisprudenciales de la actualidad, y para proponer la fecha a partir de la que empiezan a competir con dicho.5

El corpus utilizado está formado por 500 sentencias de los seis primeros meses del año 2013 elegidas al azar en la base de datos de Aranzadi Insignis.6Los datos proporcionados por esas sentencias son los que permiten establecer tres grupos de adjetivos deverbales con valor anafórico, que se deinen en función del lugar que ocupan los adjetivos con respecto a los sustantivos a los que modiican. En grupo aparte debería igurar el adjetivo dicho, que presenta características muy distintas a las del resto de adjetivos deverbales.72 Clasiicación de los adjetivos deverbales con valor anafórico

2. 1 Grupo 1: citado, referido, mencionado, expresado y aludido

Este primer grupo está formado por aquellos adjetivos que, aunque admiten su colocación tanto en posición prenominal como en posición posnominal, en el índice de frecuencia maniiestan una clara tendencia a aparecer delante de un sustantivo.

Pese a que existen ejemplos antiguos del uno anafórico de estos adjetivos, no será hasta el siglo XIX cuando sean habituales en los textos. No obstante, conviene que se hagan algunas precisiones cronológicas sobre cada uno de ellos. Así, citado y mencionado se documentan con relativa normalidad -aunque en escaso número- desde inales del siglo XVII y comienzos del XVIII, referido se muestra como inequívocamente anafórico en los textos desde mediados del siglo XVI, expresado se generaliza a partir del siglo XVIII y aludido solo tiene cierto rendimiento desde la segunda mitad del siglo XIX.8Como hemos avanzado, en las sentencias actuales estos adjetivos se emplean en posición prenominal acompañados de artículo en la mayoría de las ocasiones, aunque en algunos casos los encontramos sin actualizador (véanse los cuatro últimos ejemplos de este bloque):

El encargado del control de acceso le contestó que el citado trabajador sí había venido, que le había visto entrar él y que era un chico fuerte. Ante tal airmación la trabajadora señaló que el citado trabajador se iba a ir y regresó de nuevo hacia el interior del museo. Minutos después salió dicho trabajador [...] (STSJ Castilla y León [Burgos] de 31 de mayo de 2013. JUR\2013\188488).

Y en tercer lugar el referido error se reiere a un concepto retributivo al parecer polémico, que había sido objeto de sentencia colectiva dictada por un Juzgado de lo Social (STS de 13 de marzo de 2013. RJ\2013\3609).

Comuníquese esta resolución a la mencionada Audiencia a los efectos legales oportunos, con devolución de la causa (STS de 1 de abril de 2013. RJ\2013\3185).

La sanción subsidiariamente postulada por la demandante ninguna relación guarda con la conducta castigada

Page 27

en la ley, siendo de añadir que la sentencia de esta Sala que la demanda cita en apoyo de su tesis no guarda relación alguna con el caso debatido, al margen de que en la expresada sentencia no se aplica una u otra ley por razón de su carácter más o menos favorable (SAN de 27 de mayo de 2013. JT\2013\1100).

Tampoco desde un segundo punto de vista, la remisión del precepto a las infracciones contenidas en los arts.

24. 3 y 25 4 del aludido texto refundido, es posible apreciar que la controversia haya desaparecido (STC de 25 de abril de 2013. RTC\2013\104)

Los agentes pudieron comprobar que, en el piso referido, residía el acusado Florencio y que, a la recogida de citado paquete postal acudió el coacusado Gabino (STS de 12 de marzo de 2013. RJ\2013\2039).

Admitida la demanda y celebrado el Juicio, se dictó Sentencia que estimó parcialmente referida demanda (STSJ Castilla y León [Valladolid] de 15 de mayo de 2013. JUR\2013\208803).

Notiicada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por [...], que fue admitido en ambos efectos, y practicadas las diligencias oportunas, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal, donde se registraron, se formó el rollo de Sala y se turnaron de ponencia (SAP A Coruña de 27 de mayo de 2013. JUR\2013\212487).

Contra expresada resolución se interpuso recurso de casación a nombre de [...], y recibidos y admitidos los autos en esta Sala por su Letrado Sr. [...], en escrito de fecha 20 de marzo de 2012, se formalizó el correspondiente recurso (STS de 8 de abril de 2013. JUR\2013\153254).

En menor medida, pero también en un número signiicativo de casos, estos adjetivos hacen referencia anafórica en posición posnominal:

El Juzgado de lo mercantil citado dictó sentencia en estos autos con fecha 8 de enero de 2013 (SAP Murcia de 30 de mayo de 2013. JUR\2013\219208).

Descartado que nos encontremos ante una privación arbitraria o irracional de la inalidad que cumple el Archivo General de la Guerra Civil Española, airmamos, además, que tampoco puede hablarse de expoliación por no haberse acreditado por la recurrente que se produzca una privación de la inalidad que aquél cumple, pues la inalidad y función fundamental del archivo referido -la de reunir, conservar y disponer sus fondos documentales para investigación, cultura e información- parece salvaguardarse, salvo prueba en contrario, tanto con la conservación del contenido documental mediante la realización de copias como con el establecimiento de obligaciones de protección y accesibilidad que se establecen para los documentos que se restituyan a sus propietarios originarios (STC de 14 de marzo de 2013. RTC\2013\68).

Por ello, la Inspección consideró que se habían modiicado los requisitos determinantes de los supuestos de no sujeción, al no afectar la embarcación exclusivamente al ejercicio de la actividad de alquiler, como se demuestra con las cinco facturas mencionadas (STSJ Madrid de 28 de mayo de 2013. JUR\2013\208163).

Consiguientemente, el acto administrativo aquí impugnado tiene una motivación equivocada y ello constituye un supuesto de invalidez previsto en el artículo 63.1 de la Ley 30/1992 precedentemente expresada (STSJ Castilla y León [Valladolid] de 22 de mayo de 2013. JUR\2013\215084).

A nuestro juicio, la intervención del Secretario judicial en aquellas diligencias y el carácter no desproporcionado de la carga que deine el acuerdo aludido, autoriza la valoración de las pruebas obtenidas en los indicados registros (STC de 28 de febrero de 2013. RTC\2013\53).

Las sustantivaciones de estos adjetivos son raras en la jurisprudencia actual. Tan solo hemos encontrado en el corpus algunos casos con citado, mencionado y referido:

[...] fueron detectadas una serie de conversaciones que, a juicio de los agentes, pudieran relacionar al citado con el tráico de sustancias estupefacientes, por lo que pusieron tal circunstancia en conociendo [sic] del titular del dicho juzgado (STS de 14 de marzo de 2013. RJ\2013\3507).

Sin embargo, el referido no fue propuesto para que declarara en el plenario, dado lo cual, y según ya se anticipó, no cabe operar con su testimonio como prueba de cargo (STS de 27 de febrero de 2013. RJ\2013\2939).

Page 28

Por lo que se reiere al acusado [...], su defensa considera que concurre en el mencionado la circunstancia modiicativa de la responsabilidad criminal eximente completa o incompleta de drogadicción, de acuerdo con el artículo 20 del Código Penal (SAN de 13 de mayo de 2013. JUR\2013\179603).

[VER PDF ADJUNTO]

Tabla 1. Índice de frecuencia de adjetivos deverbales del grupo 1

2. 2 Grupo 2: indicado, señalado, reseñado, referenciado y aducido

Al contrario de lo que ocurre con los integrantes del grupo anterior, estos adjetivos se usan con sentido anafórico sobre todo en posición posnominal. Hay que destacar, además, que en nuestro corpus no han aparecido en ninguna ocasión sin ir precedidos de artículo y que, salvo en señalado, tampoco existen ejemplos de sustantivaciones.

Sobre la antigüedad de estos adjetivos anafóricos hay que decir que, excepto en el caso de señalado, son muy modernos: indicado no se hace habitual en los textos hasta inales del siglo XVIII, reseñado y aducido9

lo hacen a inales del XIX y referenciado solo tiene rendimiento a partir de la segunda mitad del siglo XX.

En las sentencias actuales, estos cinco adjetivos preieren el uso posnominal en la mayoría de sus apariciones, aunque también admiten ir colocados delante de un sustantivo siempre que se acompañe de artículo, como muestran los últimos ejemplos de la siguiente lista:

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid, integrada por los Magistrados indicados, han visto, en juicio oral y público celebrado el día 06/05/2013, la causa seguida con el número 13/2013 de rollo de Sala (SAP Madrid de 3 de junio de 2013. JUR\2013\208661).

En el caso de que quien pretendiera recurrir no ostentara la condición de trabajador o beneiciario del régimen público de Seguridad Social, o no gozase del beneicio de justicia gratuita, deberá, al momento de preparar el recurso y en el plazo de diez días señalado, consignar la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por esa cantidad (STSJ Aragón de 17 de mayo de 2013. JUR\2013\217756).

La parte recurrente es la empresa [...] S.L., por tanto todas las alegaciones contenidas en las resoluciones impugnadas, o contenidas en los escritos de alegaciones o de la demanda que no hagan referencia a este acuerdo en relación con la diligencia de embargo indicada, y la recurrente reseñada, no son objeto de este recurso y por tanto no se contendrá en esta sentencia argumento alguno respecto de ellos (SAN de 13 de mayo de 2013. JT\2013\1083).

Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Juicio Ordinario n.º 480/2012, del Juzgado de 1.ª Instancia núm. 1 y de lo Mercantil de Cáceres [...] (SAP de Cáceres de 3 de junio de 2013. JUR\2013\212462).

Page 29

Por lo demás resulta claro que unos animales fallecieron por falta de comida y otros estuvieron a punto -ver fotografías y vídeo-, siendo mera excusa el envenenamiento aducido -del que no existe la más mínima evidencia-, así como que no les dejaron trasladar los animales a otra inca (SAP Zaragoza de 24 de mayo de 2013. JUR\2013\215761).10Desestimamos el primer y segundo motivos y el primer submotivo del tercer motivo del recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por la indicada Asociación de Usuarios de los Servicios Bancarios, comparecida en autos bajo la antedicha representación de la procuradora de los tribunales doña [...], contra la expresada sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla (STS de 9 de mayo de 2013. RJ\2013\3088).

Pues bien, aplicando la señalada Doctrina al caso ahora enjuiciado, resulta que el acusado es nacional de Bulgaria, que es miembro de la UE desde el 1 de enero de 2007 (SAP Burgos de 16 de enero de 2013. JUR\2013\54831).

Tampoco lo es la carta en castellano de fecha 24 de mayo de 1996, doce años antes de su detención, remitida al acusado por el ya reseñado Franco en la que le maniiesta que salude de su parte a la gente del "Comité de Gestoras" (SAN de 13 mayo de 2013. ARP\2013\670).

Apelada que fue la sentencia por el referenciado denunciado condenado, previos los trámites legales, se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona (SAP Barcelona de 7 de marzo de 2013. JUR 2013\167385).

[VER PDF ADJUNTO]

Tabla 2. Índice de frecuencia de adjetivos deverbales del grupo 2

2. 3 Grupo 3: meritado y mentado

Estos dos adjetivos comparten una característica que los hace distintos de todos los anteriores. Los dos presentan una restricción para aparecer en posición posnominal. En nuestro corpus no han ocupado esa posición en ninguna de las 500 sentencias analizadas; fuera del corpus, los ejemplos que se pueden citar son muy escasos en comparación con los que existen de uso en posición prenominal con artículo.

Meritado es un «adjetivo deverbal pasivo participial»11y su origen se encuentra en el verbo meritar. Desde el punto de vista formal, esto es claro; sin embargo, el sentido anafórico de meritado no le viene del ininitivo meritar, que nunca ha signiicado ‘mencionar’, sino de la locución verbal hacer mérito. Es decir, en meritado no existe una correlación entre el sentido que posee el ininitivo y el que posee el participio, cosa que no ocurre en el resto de adjetivos deverbales que se usan como anafóricos:12citar-citado, referir-referido, mencionarmencionado, mentar-mentado, etc. En su sentido anafórico de ‘mencionado’ o ‘citado’, meritado incumple, por tanto, una premisa fundamental del participio para que sea considerado como tal, la de participar del signiicado del verbo: «El participio es una parte de la oración llamada así porque en latín participa del verbo en la formación y signiicación, y del nombre en la declinación» (RAE, 1771: 172. La cursiva es nuestra). Con esto lo único que pretendemos decir es que el adjetivo meritado (anafórico) no debe ponerse en relación

Page 30

directa con el verbo meritar, sino con la locución hacer mérito, que es de la que realmente procede.13Como se aprecia en el CORDE, las primeras apariciones de la locución hacer mérito con el sentido de ‘mencionar’ datan de inales del siglo XVIII y comienzos del XIX:

Estas son las noticias que tenía adquiridas sobre el maravilloso Arte de la Imprenta, que pueden contraerse al objeto de esta Disertación, y de cuya mayor parte hize mérito en una Obra MS. que hace algunos años tuve el honor de presentar á S. M. Preveo (1796).

El silencio que guardan después los Autores hace creer estuvo esta obra olvidada por más de cinquenta años, pues no parece se hizo mérito de la virtud anti-epiléptica de la raíz de la Valeriana hasta que en 1643 la elogió Domingo Panaroli en su Obra impresa en Roma é intitulada Yatrologismo (1807).

Hasta en 17 ocasiones aparece la locución en las Ordenanzas generales de las rentas de aduanas de 1857, lo que prueba que era corriente en el lenguaje legal de la época. Esa generalización de uso explica que hacer mérito se incluyera en el diccionario académico con el sentido de ‘hacer mención’ en 1925.

En textos jurídicos actuales, en especial en la jurisprudencia, no es raro encontrar la locución verbal con ese sentido metalingüístico:14[...] en cuyo caso su montante será de 300 euros, amén de la cuota variable de la citada tasa en atención a la cuantía del recurso que hace méritos el artículo 7.2 de la misma norma (STSJ Madrid de 9 de abril de 2013. AS\2013\278).

Y ello porque tal y como consta en los informes a los que antes se ha hecho mérito, una cuestión es que estas construcciones tradicionales puedan venir recogidas en la normativa urbanística, como tradición y otra muy distinta es que se segregue y parcele para construirlos, sin que el planeamiento urbanístico lo contemple (STSJ Aragón de 7 de junio de 2013. JUR 2013\221581).

[...] circunstancias que no aparecen en nuestro caso, en el que ni siquiera puede determinarse con seguridad la existencia de ludopatía y que ésta fuera la causa de las disposiciones de numerario de que se hace mérito en el hecho probado sexto (STSJ Comunidad Valenciana de 10 de abril de 2013. JUR 2013\221197).

La utilización de meritado como adjetivo anafórico es muy reciente. De hecho, en el CORDE, las primeras documentaciones pertenecen a un escrito del año 1970.15Hay que señalar, además, que este adjetivo solo tiene rendimiento en textos del ámbito jurídico (sobre todo en documentos jurisprudenciales); su empleo es muy raro en (con)textos que no estén relacionados con el sector legal.16

El adjetivo meritado se usa con valor anafórico casi exclusivamente en posición prenominal, a veces sin artículo:17

Page 31

Sentado lo anterior, e instada por el hoy actor al SPEE -en fecha 5 de febrero de 2008- la oportuna prestación por desempleo y ante su despido precitado (acaecido el 26 de enero de 2008, cabe insistir), por resolución de 11 de marzo de 2008, el meritado organismo terminó reconociéndole la misma (STS de 27 de marzo de 2013. RJ\2013\3833).

La parte recurrente acude en apelación contra la meritada sentencia alegando en esencia los siguientes motivos de apelación (STSJ Madrid de 17 de mayo de 2013. JUR\2013\208132).

Se dice en la meritada resolución judicial, que devino irme al no haber sido objeto de recurso alguno, que el proceso de incapacidad permanente se inició el 16 de febrero de 2007, por lo que a dicha fecha habrá que estarse a la hora de entender consolidadas las secuelas (SAP Islas Baleares de 4 de junio de 2013. JUR\2013\212890).

Que debemos declarar y declaramos haber lugar al recurso de casación, interpuesto por la representación de J. O. y la adhesión al mismo del Ayuntamiento de Tarragona, contra sentencia de 29 de noviembre de 2011, dictada por la Audiencia Provincial de Tarragona, Sección Cuarta, en causa seguida por lesiones y atentado, y en su virtud casamos y anulamos parcialmente meritada sentencia, con declaración de oicio de las costas del recurso (STS de 6 de marzo de 2013. RJ 2013\5013).

Mentado comparte con meritado el hecho de que no ocupa nunca en nuestro corpus la posición posnominal para hacer referencia anafórica:18[...] y así la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, que sigue inspirándose en el mentado principio dispositivo, grava al sujeto que se cree necesitar de la tutela de los Tribunales (STSJ Castilla y León [Burgos] de 31 de mayo de 2013. JUR\2013\188488).

Por lo mismo, tampoco puede considerarse el ejercicio de dicho derecho como causa de interrupción justiicada de las actuaciones, cuyos supuestos vendrían a ser establecidos reglamentariamente en el mentado art. 31 bis (SAN de 20 de junio de 2013. JT\2013\1231).

En el presente caso no se puede obviar que el mentado informe no ha sido impugnado por la Defensa del acusado ni en el curso de la instrucción de la causa (SAP Las Palmas de 15 de marzo de 2013. JUR\2013\167598).

En una sola ocasión, mentado se presenta en una sustantivación:

Cosa distinta es que las expresiones que deban enjuiciarse no sean ni formal ni maniiestamente injuriosas, sino que se trate de juicios, valoraciones, caliicaciones o epítetos que puedan resultar molestos, hirientes, incluso de mal gusto y despectivos, que se entreveran en la información y que pueden versar sobre la persona misma del mentado, sobre su comportamiento o sobre acontecimientos de su vida privada personal o familiar (STS de 25 de marzo de 2013. JUR\2013\205706).

[VER PDF ADJUNTO]

Tabla 3. Índice de frecuencia de adjetivos deverbales del grupo 3

3 Conclusiones

Todos los adjetivos deverbales de participio de contenido metalingüístico que se usan con valor anafórico en los textos jurídicos son bastante modernos en comparación con dicho. Aunque existen ejemplos antiguos y aislados de la mayor parte de ellos, podemos airmar que no será hasta bien entrado el siglo XIX cuando se generalicen como elementos anafóricos en los documentos legales.

Page 32

Estos adjetivos deverbales comparten una característica frente a los adjetivos demostrativos (y, en algunos casos, también frente a dicho): la posibilidad de recuperar un antecedente que se encuentra muy alejado en el texto.19No resulta inusual que el antecedente se localice varios párrafos más arriba («anáfora remota», en palabras de Salvador Fernández Ramírez), aunque también lo podemos encontrar a escasa distancia («anáfora inmediata», según el mismo autor.20

Otra característica compartida por estos elementos anafóricos, relacionada también con la excesiva distancia a la que puede encontrarse el antecedente, es la tendencia a que aparezcan reforzados con ciertos adverbios y locuciones adverbiales con valor deíctico textual:21«contra la sentencia anteriormente referenciada», «los recurrentes ya citados», «la sentencia anteriormente mencionada», «los créditos antes referidos», «los magistrados arriba expresados», «la ley precedentemente expresada», «la ya mentada sentencia», «la dirección señalada con anterioridad», «los funcionarios aludidos en el párrafo precedente», «la aludida anterior oportunidad», «los epítetos antes ya referidos», etc.

Si bien puede resultar excesivo considerar que la cohesión que proporcionan al texto en la actualidad estos adjetivos con valor anafórico es una cohesión icticia, existen casos en los que claramente se emplean de forma innecesaria, en especial cuando se añaden a sustantivos que no pueden confundirse con otros posibles antecedentes, puesto que se trata de entidades únicas:22

Como declara el reseñado Tribunal de Justicia de la Unión Europea en sentencia de fecha 19 de noviembre de 2009 [...] (STSJ Madrid de 5 de marzo de 2013. JT\2013\488).

Constituye asimismo, según el citado Tribunal Constitucional, el primer elemento del derecho de defensa, que condiciona todos los demás (SAP Ávila de 10 de enero de 2013. JUR 2013\54997).

La Sección Novena de la mencionada Audiencia Provincial de Barcelona en el citado Auto, dictó la siguiente Parte Dispositiva (STS de 20 de junio de 2013. RJ 2013\5564).

Lo cierto es que, en muchas ocasiones, estos adjetivos no añaden nada de interés al sustantivo al que acompañan y parecen más un relejo de aquella (casi) obligatoriedad que existía siglos atrás en los documentos notariales de usar un anafórico al mencionar algo que ya había aparecido en el texto:

Proyecto implementación 3D, Proyecto implementación 3D High performance, Proyecto playa HI-rs y Proyecto implementación placa VL. El actuario estima que tales proyectos no son otra cosa que la puesta en marcha de la plataforma de hardware 3D. Así, tras la explicación de los distintos juegos a que corresponde cada uno de los señalados proyectos entiende que los citados proyectos son la puesta en marcha de esta plataforma y a través de ellos se conirmó el buen funcionamiento de la misma" (SAN 27 de junio de 2013. JUR\2013\228788).

Otras veces contribuyen al enmarañamiento de la expresión, creando verdaderos galimatías:

Notiicado a la mencionada sociedad solicitante de la devolución el acuerdo desestimatorio de la expresada solicitud dicha solicitud, por ella misma se dedujo reclamación, en primera instancia, ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Galicia (SAN de 20 de junio de 2013. JUR\2013\217178).

En lo que se reiere a los porcentajes de aparición de cada uno de los adjetivos deverbales de participio con valor anafórico en la jurisprudencia actual, las cosas están muy claras. Dejando a un lado a dicho, más cercano a los adjetivos demostrativos que al resto de adjetivos deverbales, citado es el de aparición más frecuente (casi el 50 % de las ocurrencias totales), seguido de referido y mencionado. En el siguiente gráico se muestran los porcentajes de uso en el conjunto de las 500 sentencias de nuestro corpus:

Page 33

[VER PDF ADJUNTO]

Gráfico 1. Porcentajes de uso de adjetivos deverbales con valor anafórico en sentencias actuales

4 Bibliografía

ALCARAZ VARÓ, Enrique y HUGHES, Brian (2002): El español jurídico, Barcelona: Ariel.

BARRA JOVER, Mario (2008): «Tradición discursiva, creación y difusión de innovaciones sintácticas: la cohesión de los argumentos nominales a partir del siglo XIII», en Johannes KABATEK (ed.): Sintaxis histórica del español y cambio lingüístico. Nuevas perspectivas desde las tradiciones discursivas, Madrid; Frankfurt am Main: Iberoamericana; Vervuert, p. 127-149.

DÍEZ DE SALAZAR FERNÁNDEZ, Luis Miguel (1985-2006): Colección diplomática del Concejo de Segura (Guipúzcoa) (1290-1521), Donostia: Eusko Ikaskuntza.

FERNÁNDEZ RAMÍREZ, Salvador (s. a.): Archivo Gramatical de la Lengua Española (AGLE), [en línea] [consulta: 19-11-2013].

GONZÁLEZ SALGADO, José Antonio (2009): «El lenguaje jurídico del siglo XXI», Diario La Ley, 7209, 2 de julio de 2009, p. 1-6.

GONZÁLEZ SALGADO, José Antonio (en prensa): «La evolución de las expresiones anafóricas en los textos jurídicos españoles», en Actas del IX Congreso Internacional de Historia de la Lengua Española (Universidad de Cádiz, 10-14 de septiembre de 2012).

HENRÍQUEZ SALIDO, Maria do Carmo (2007): «Los adjetivos caliicativos en las sentencias de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo», Revista de Investigación Lingüística, 10, p. 101-119.

LÓPEZ SAMANIEGO, Anna (2011): La categorización de entidades del discurso en la escritura profesional. Las etiquetas discursivas como mecanismos de cohesión léxica, Barcelona: Universitat de Barcelona.

MARTÍNEZ DE SOUSA, José (2008): Diccionario de usos y dudas del español actual, Gijón: Trea.

Page 34

MIGUEL, Elena de (2000): «El texto jurídico-administrativo: análisis de una orden ministerial», Círculo de Lingüística Aplicada a la Comunicación, 4, noviembre de 2000.

MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (1990): Manual de estilo de lenguaje administrativo, Madrid: Instituto Nacional de Administración Pública.

PUCHE LORENZO, Miguel Ángel (2003): El español del siglo XVI en textos notariales. Murcia: Universidad de Murcia.

REAL ACADEMIA ESPAÑOLA: Banco de datos (CORDE). Corpus diacrónico del español, [en línea] [septiembre-noviembre de 2013].

REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (1771): Gramática de la lengua castellana, Madrid: Joachin de Ibarra.

SERVEI LINGÜÍSTIC DE L’ÀMBIT JUDICIAL (2011): «Quin mèrit, meritar correctament! (II)», Butlletí d’apunts lingüístics, 36, de març a juliol de 2011.

THOMSON REUTERS (s. a.): Aranzadi Insignis (base de datos de información jurídica), [en línea] [septiembre-noviembre de 2013].

[1] El paradigma de la anáfora en los textos jurídicos es algo más complejo que lo que se muestra en estas páginas: a otros adjetivos deverbales distintos de los aquí incluidos y que también se usan de manera esporádica como anafóricos (nombrado, transcrito, expuesto...), habría que añadir el empleo -léase abuso- del adjetivo demostrativo de tercera persona (aquel/aquella y sus plurales), incluso acompañado de artículo, en casos en que sería más natural la aparición de artículos determinados: «El proceso en el que se plantea este recurso fue precedido por otro anterior, en el que Esteban formuló reclamación de cantidad por los daños y perjuicios ocasionados al sufrir un accidente laboral. La demanda fue parcialmente acogida por el Juez de primera Instancia, que ijó una indemnización de 6.400.000 pesetas en favor de dicho Esteban, sin embargo en la segunda instancia -fase en la que estuvo defendido por otro letrado- se rechazó aquella pretensión resarcitoria con fundamento en la prescripción de la acción, entonces el aquel demandante decidió formular nueva demanda iniciadora del presente procedimiento contra la letrada -del turno de oicio- que había asumido la defensa de sus intereses en la primera instancia» (STS de 21 de junio de 2007. RJ 2007\3783); «Fundaba el actor sus pretensiones en la exclusiva responsabilidad del conductor del camión, por cerrar la trayectoria de la bicicleta en el momento en que ésta se disponía a adelantarle por el espacio libre que quedaba entre el aquel vehículo y la acera, provocando su caída y ulterior atropello» (STS de 11 de noviembre de 2010. RJ 2010\8041); «Pues bien, conocida la metodología seguida por la Inspección, no resulta ilógico que la Inspección, en orden a determinar, que no valorar estrictamente, un incremento patrimonial derivado de la percepción por los demandantes de una ayuda por paralización deinitiva (desguace) de aquel buque de pesca, manejase los criterios de ijación o determinación previstos en el aquel Real Decreto regulador de dicha tipo de ayudas [sic], si se considera que ese incremento procede de la propia percepción de la ayuda allí disciplinada» (STSJ Galicia de 31 de enero de 2007. JT 2007\1022).

[2] Evidentemente, con esto no queremos decir que estos elementos no sean cohesionadores del discurso en muchas de las ocasiones en que se usan en la Edad Media, sino que su abuso (nótese la diferencia entre uso y abuso) hay que ponerlo en relación más con los recursos estilísticos de los documentos jurídicos que con la cohesión propiamente dicha. De ahí que a esa cohesión que es producto del abuso de esos elementos la denominemos cohesión icticia.

[3] Otras opiniones que van por el mismo camino, aunque sin decir lo mismo en lo que se reiere a la cohesión icticia, son las siguientes: «A partir del segundo cuarto del siglo XIV el dicho no solo domina en la anáfora reiterativa sino que se convierte en algo así como la música (por no decir murga) de fondo de cualquier texto notarial» (BARRA JOVER, 2008: 137); «La presencia de artículo anafórico se advierte, sobre todo, si va acompañado de dicho/a y dichos/as, partículas que se podrían suprimir al no ser relevantes, pero que, sin embargo, se utilizan abundantemente en toda la documentación. De hecho, podríamos decir que se trata de un rasgo característico de la lengua jurídica» (PUCHE LORENZO, 2003: 83).

[4] Con mayor propiedad, LÓPEZ SAMANIEGO (2011: 218) los denomina «adjetivos participiales de contenido metalingüístico».

[5] Esa competencia entre dicho y el resto de formas para marcar usos anafóricos ha sido siempre una competencia desigual. BARRA JOVER (2008: 131) lo explica: «Y, una última observación, aunque haya una relativa diversidad de formas (por ejemplo, puedo utilizar mencionado, nombrado, referido, citado, en lugar de dicho), hay una, la última, que es la no marcada, es decir, la que posee mayor libertad contextual, en el sentido más amplio del término».

[6] En este trabajo, las sentencias se abrevian con las siguientes siglas: STS (sentencia del Tribunal Supremo), STC (sentencia del Tribunal Constitucional), SAN (sentencia de la Audiencia Nacional), STSJ (sentencia de Tribunal Superior de Justicia) y SAP (sentencia de Audiencia Provincial).

[7] En la jurisprudencia actual, dicho prácticamente aparece siempre en posición prenominal sin artículo, es decir, con valor de adjetivo demostrativo. Recordemos que la construcción «artículo + dicho» había sido la habitual hasta principios del siglo XVIII para marcar la anáfora (GONZÁLEZ SALGADO, en prensa).

[8] Estas delimitaciones cronológicas no implican que no existan ejemplos aislados anteriores. Así, por ejemplo, la primera documentación de aludido como anafórico en el CORDE corresponde a una sustantivación de mediados del siglo XVI: «La madre de la qual se casó con vn hidalgo llamado Diego de Esquiuel, e éste començó a litigar por justiçia con el Marqués en nombre de la aludida, diziendo que era hija del Marqués...» (CORDE: Batallas y quinquagenas, 1532-c.1552).

[9] Hay que tener en cuenta que hasta el siglo XV el participio del verbo aducir es aducho, en algún caso con valor anafórico: «Todos los otros que adobo izieren por lid entren en todas eguaias e otrossi el que cayere, non entre en eguaia si non por sí. Et aquellos .V. peones que en cada nouena aduxiere, los alcaldes caten ielmientre qual de los aduchos será pora lidiar con el reptado e en todas cosas comunal» (CORDE: Fuero de Plasencia, c. 1300). Con el verbo aducir ocurre un caso peculiar, ya que, a juzgar por los datos que proporciona el CORDE, durante tres siglos careció de participio con rendimiento textual: aducho desaparece de los textos a inales del siglo XV, pero aducido no se documenta con relativa normalidad hasta el siglo XIX.

[10] Aducido conserva normalmente en los textos jurídicos su sentido de ‘presentado o alegado como prueba’. Son muy raros los casos en que ese adjetivo se usa con valor anafórico, aunque sí se pueden señalar algunos ejemplos en los que es posible la identiicación de un antecedente claro, como ocurre en el que hemos transcrito.

[11] Bajo esa rúbrica lo incluye Maria do Carmo HENRÍQUEZ SALIDO (2007: 106).

[12] Tampoco está clara esa correspondencia de sentido entre el ininitivo aducir y el adjetivo aducido que se emplea con valor anafórico, aunque en este caso es posible que haya inluido la semejanza formal con el verbo aludir y el participio aludido.

[13] La explicación es sencilla: el sentido anafórico de meritado se ha formado por analogía con lo que ocurre en otras expresiones en las que el verbo sí presenta sentido metalingüístico (referir-referido-hacer referencia; mencionar-mencionado-hacer mención, aludir-aludido-hacer alusión, etc.).

[14] Además, en algunas sentencias se emplea en lo que hace mérito a con el sentido que poseen las locuciones preposicionales con respecto a o en relación con: «En lo que hace mérito a la demanda reconvencional, al margen de la prescripción certeramente apreciada por la Juzgadora de instancia para la indemnización por clientela y daños y perjuicios, los referidos reconocimientos de deuda traen causa de la inspección realizada» (SAP Madrid de 5 de junio de 2013. JUR\2013\209433).

[15] No obstante, en textos jurisprudenciales encontramos ejemplos más antiguos, aunque ninguno de ellos anterior a mediados del siglo XX: «Subsidiariamente declarar así bien revocada y por ello sin valor ni efecto, la donación contenida en los pactos nupciales meritados en el pedimento anterior» (STS de 22 de marzo de 1958. RJ 1958\1446); «1.º Que el Juzgado se atuvo en el caso a la norma del artículo 1263 de la Ley meritada, que estatuye el trámite de los incidentes» (STS de 31 de mayo de 1960. RJ 1960\2067).

[16] En catalán, meritat signiica ‘devengado’ (meritar: ‘devengar’), pero en algunos documentos jurídicos lo encontramos también ya con el sentido anafórico de ‘mencionado’, seguramente por inluencia de los textos legales redactados en castellano: «En cas que no es presentin al?legacions, es considerarà aprovat deinitivament el meritat conveni sense necessitat d’ulterior acord plenari» (Anunci de l’Ajuntament de Benavent de Segrià, Butlletí Oicial de la Província de Lleida, 9 d’agost de 2013). Este uso es considerado incorrecto por la Administració de Justícia de Catalunya: «Hem d’evitar, doncs, fer un mal ús d’aquest verb [meritar]. En primer lloc, és incorrecte en el sentit d’‘indicar’, ‘esmentar’ [...]» (Servei Lingüístic de l’Àmbit Judicial, 2011). Meritado, en el sentido de ‘mencionado’, es censurado también en algunos manuales de estilo y estudios dedicados al lenguaje jurídico español: «Este término, forma derivada de meritar, en el sentido de ‘hacer méritos’, debe evitarse. No es equivalente a mencionado, citado, expresado [...]» (Ministerio para las Administraciones Públicas, 1990: 226). Véanse también MARTÍNEZ DE SOUSA (2008: s. v. meritar) y GONZÁLEZ SALGADO (2009:4).

[17] Son excepcionales los casos de uso de meritado en posición posnominal e inexistentes en el corpus los ejemplos de adjetivo sustantivado.

[18] Mentado aparece de forma ocasional con valor anafórico en textos anteriores al siglo XIX, pero es durante esa centuria y, sobre todo, en el siglo XX cuando su uso se asienta entre el resto de adjetivos anafóricos deverbales de participio.

[19] LÓPEZ SAMANIEGO (2011: 230) ya ha avisado sobre esta cuestión: «Así, estos adjetivos se utilizan también para recuperar antecedentes textuales que se encuentran a excesiva distancia en el texto como para poder utilizar un demostrativo».

[20] Las denominaciones han sido tomadas de los comentarios del editor a la categoría «4.2.2.2.9 Anáfora» del Archivo Gramatical de la Lengua Española de Salvador Fernández Ramírez, base de datos publicada en la página del Centro Virtual Cervantes como resultado del proyecto dirigido por Ignacio Bosque, José Antonio Millán y Maite Rivero (primer equipo editorial), y por Manuel Leonetti, Silvia Gumiel y Pilar Pérez (segundo equipo editorial).

[21] En algunas raras ocasiones se recurre a la preijación: precitado, supracitado, premencionado, preseñalado, etcétera.

[22] Quizá resulte más apropiado hablar de sobrecohesión o supercohesión, como un elemento más de lo que en otro lugar hemos denominado falsa precisión de los textos jurídicos (GONZÁLEZ SALGADO, 2009).

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR