Ejercicio unilateral parcial de opción de compra. Cancelación de cargas. Competencia D.G.R.N. Para resolver el recurso

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: Si así se pacta en el contrato de opción, es posible el ejercicio unilateral, total o parcial, del derecho de opción de compra. El precio pagado hay que consignarlo como regla general, pero se admiten excepciones si así se ha pactado. Es posible también cancelar las cargas posteriores en dichos casos.

Hechos: Consta inscrito un arrendamiento con opción de compra, en el que se pacta la posibilidad de ejercicio unilateral y parcial de dicho derecho. Ahora se ejercita unilateralmente dicha opción en cuanto a determinado porcentaje de propiedad de uno de los dos copropietarios y se solicita se cancelen las cargas sobre el derecho adquirido.

La registradora suspende la inscripción pues considera que la opción de compra se ejercita únicamente sobre parte del derecho de uno de los copropietarios vendedores y no sobre el del otro, algo que no está previsto en el pacto. Tampoco accede a cancelar las cargas.

El notario recurre y alega que el ejercicio parcial de la opción se ha ejercitado precisamente conforme a lo pactado, pues se adquiere una parte de la propiedad sobre la que no recae usufructo. El recurso lo dirige a la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas de la Generalitat de Cataluña.

La DGRN estima el recurso que le eleva la registradora, por considerar que es órgano superior competente.

Doctrina: El desenvolvimiento del derecho de opción inscrito y su repercusión en las cargas posteriores son cuestiones de naturaleza registral, que exceden de la competencia autonómica con derecho foral, por lo que la DGRN se declara competente para resolver el recurso.

Es posible el pacto de ejercicio unilateral y parcial del derecho de opción, pero el precio ha de depositarse a disposición de los propietarios y acreedores como regla general, excepto cuando se pacta que el pago del precio se lleve a cabo en términos que, por ser oponibles frente a terceros, hagan inviable su consignación

Del mismo modo, una vez ejercitado un derecho de opción, puede solicitarse la cancelación de las cargas posteriores teniendo en cuenta la regla general sobre el...

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