Ejercicio unilateral de opción de compra

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: para cancelar el derecho de opción se precisa como regla general el depósito del precio pagado a disposición de los titulares de las cargas posteriores.

Hechos: se presenta a inscripción escritura de compraventa en ejercicio unilateral de opción de compra.

– La opción de compra había sido constituida a favor de una determinada sociedad mercantil por precio de 40.500 euros habiéndose abonado al tiempo de la constitución de la opción 14.000 euros y se pactó lo siguiente en relación con la parte restante: "el precio de la compraventa de la finca antes descrita será satisfecho, una vez deducidos los importes correspondientes al precio o prima de la opción que se imputará al precio de la compraventa, y/o aquellas cantidades que el comprador deba retener para cancelar cargas existentes sobre la finca y deudas con respecto a la comunidad de propietarios en que esté ubicada la finca, además de los importes adeudados en concepto de Impuestos y contribuciones pendientes de pago en el momento de formalización del ejercicio de la opción de compra, así como cuantas cantidades reciba la parte vendedora/cedente desde la formalización de la presente opción de compra y hasta el ejercicio de la misma bien en cheques y/o transferencia y/o bien subrogándose en la deuda pendiente de la hipoteca o hipotecas que graven la finca de este número, bien reteniendo el importe necesario para satisfacer los remanentes de los préstamos hipotecarios y demás cargas que pudieren haber suscritos o bien mediante su consignación notarial".

- Al tiempo de la constitución, la finca tenía una carga de 46.450 euros. A los efectos de acreditar saldos con posibles acreedores, se pactó lo siguiente: "(...) la optante solicitará de los posibles acreedores, certificación de saldo pendiente a fecha de ejercicio de la opción, siendo dicho saldo, sus intereses, gastos y comisiones la cantidad a descontar del precio para el ejercicio de la opción de compra (...)".

- Mediante actas y diversos burofaxes se requirió a la parte concedente a los efectos de comparecencia en notaría para el otorgamiento de la escritura sin que se produjera la misma.

– Mediante escritura, la sociedad inicial cedió a otra sociedad los derechos de opción de compra subrogándose la cesionaria en la posición jurídica de la cedente.

– En la escritura de compraventa por ejercicio unilateral de la opción de compra, para el pago del precio se dispone que el precio de la transmisión es de 40.500 euros. De dicho...

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