Ejecución de carga urbanística. Mandamiento de cancelación de hipoteca

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: Se puede cancelar una hipoteca con nota de expedición de certificación de cargas, por ejecución de una carga anterior preferente. Quedan afectos al cumplimiento de la obligación de urbanizar, todos los titulares del dominio u otros derechos reales sobre las fincas de resultado del expediente de equidistribución, incluso aquellos cuyos derechos constasen inscritos en el Registro con anterioridad a la aprobación del Proyecto.

Hechos: En el año 2010 se inscribe un proyecto de reparcelación, como consecuencia del cual, la finca registral de procedencia, que estaba gravada con una hipoteca a favor de «Banco Popular, S.A.» autorizada e inscrita en el año 2002, ocasionó, por subrogación real, que la finca de resultado quedará gravada, por razón de procedencia, con la hipoteca, y, por razón de la reparcelación, con una afección urbanística.

En el año 2012 el Ayuntamiento decreta el embargo de la finca de resultado por impago de cargas urbanísticas, practicándose su anotación el 1 de septiembre de 2012.

La finca embargada acaba siendo adjudicada e inscrita a favor del Ayuntamiento, con mandamiento de cancelación de cargas que ocasionó la cancelación de la propia anotación de embargo, y de otras posteriores, pero denegándose la cancelación de la hipoteca, ahora ya inscrita a favor de la entidad mercantil por dos defectos:

  1. por aparecer al margen de la de hipoteca nota marginal de expedición de certificación por el procedimiento de ejecución hipotecaria, artículo 688 de la LEC y

  2. porque en el momento de la inscripción de adjudicación de la finca la carga real y preferente estaba cancelada por caducidad por tener más de siete años desde su fecha y que el embargo practicado no especificaba que se trataba de carga preferente procedente de la reparcelación para disfrutar de preferencia que le correspondería. Y que el Ayuntamiento sólo tiene a su favor una tercería de mejor derecho.

El Ayuntamiento adjudicatario de la finca recurre alegando:

Que el Ayuntamiento interpuso una tercería de mejor derecho ante el juzgado que tramitaba la ejecución de la hipoteca, pidiendo también que se aprecie la pérdida sobrevenida del objeto de la ejecución hipotecaria, y que se ordene la cancelación de la nota marginal de expedición de certificación para la citada hipoteca.

Aporta ahora copia de resoluciones judiciales que estimaron la tercería de mejor derecho, pero rechazaron ordenar la cancelación de la nota expedición de certificación para la ejecución...

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