Los efectos del concurso en la relación mutualista
| Autor | Itziar Villafáñez Pérez |
| Páginas | 105-166 |
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Capítulo II. Los efectos del concurso
en la relación mutualista
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. RÉGIMEN CONCURSAL DE LOS CRÉDITOS Y DEUDAS
SURGIDOS DE LA RELACIÓN MUTUALISTA EN LAS COOPERATIVAS DE CONSUMO Y
COMERCIALIZACIÓN. EN ESPECIAL, EL TRATAMIENTO DE LA MASA DE GESTIÓN
ECONÓMICA:1. Características de los créditos y de las deudas nacidos de la relación mu-
tualista: 1.1 Consideraciones generales. 1.2. La cuantía de los créditos y sus limitaciones.
1.3. Exigibilidad de las prestaciones y pagos. El pacto de no pedir. 1.4. La prescripción
de las acciones derivadas de la relación mutualista: 1.4.1. Los plazos de prescripción
en la legislación española. 1.4.2. La aplicabilidad del plazo trienal del art. 1.967.4.º CC.
1.4.3. Aplicabilidad de los plazos del art. 947 CCo a la relación mutualista. 2. Previsiones
sobre los créditos en la LC y su aplicación a los créditos surgidos de la relación mutualista:
2.1. Efectos generales del concurso sobre los créditos. 2.2. La clasificación de los créditos
contra la cooperativa: 2.2.1. Los créditos contra la masa. 2.2.2. Los créditos concursales:
A) Créditos privilegiados. B) Créditos subordinados. 2.3. Los créditos sometidos a condi-
ción resolutoria y suspensiva y su posible relación con la fijación provisional del precio.
3. La aplicación a la relación mutualista de los efectos de la declaración del concurso
sobre los contratos. 3.1. Aplicabilidad de los efectos sobre los contratos con obligaciones
recíprocas en la LC a la relación mutualista. 3.2. Los efectos concretos previstos en los
arts. 61 y 62 LC. 4. La continuidad de la actividad cooperativizada tras la declaración del
concurso. 5. El derecho de separación de bienes de propiedad ajena y su relación con
la masa de gestión económica en las cooperativas: 5.1. El derecho de separación de los
bienes recogido en el art. 80 LC. 5.2. Las entregas aptas para ser separadas. 5.3. La sepa-
ración de las entregas realizadas por los socios y sus peculiaridades: 5.3.1. Entrega de los
bienes para la gestión cooperativa. 5.3.2. El derecho de uso de la cooperativa y el derecho
a la separación de los bienes. 5.3.3. La contraprestación percibida por el socio. 5.3.4. Ce-
sión a terceros. 5.3.5. Pérdida de identidad del bien y condomio.—III. LA PROTECCIÓN
DEL TRABAJO Y SU REMUNERACIÓN EN LA LC Y SU APLICACIÓN A LOS SOCIOS
TRABAJADORES Y DE TRABAJO: 1. Introducción. 2. Consecuencias del concurso de la
cooperativa en relación con la eventual consideración de los anticipos laborales o socie-
tarios como remuneración del trabajo: 2.1. La protección concursal de la remuneración
del trabajo y su justificación como elemento esencial para su extensión a los anticipos
laborales o societarios. 2.2. El impago de los anticipos como presupuesto objetivo del
concurso: 2.2.1. Interpretación del art. 2.4.4.º LC. 2.2.2. El problema de la posibilidad de
renunciar a los anticipos o aplazar su pago. 2.3. Prelación de créditos en el concurso y
anticipos: 2.3.1. Planteamiento general y posibilidad de asimilar los créditos por anticipos
a los créditos salariales, derivados del trabajo dependiente por cuenta ajena. 2.3.2. La
posible protección de los anticipos como créditos devengados por el trabajo personal no
dependiente. 2.3.3. Conclusión. Un enfoque integrador. 2.4. Intereses de los créditos por
anticipos. 3. Tratamiento concursal de otras deudas con origen en la especial relación
entre el socio trabajador o de trabajo y la cooperativa. 4. Efectos de la declaración de
concurso para los socios trabajadores y de trabajo como acreedores. La no suspensión de
las ejecuciones laborales. 5. Suspensiones o bajas obligatorias de los socios trabajadores
ITZIAR VILLAFÁÑEZ PÉREZ
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y de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o de fuerza
mayor en el concurso de la cooperativa: 5.1. El procedimiento por la adopción del acuerdo
de suspensiones o bajas obligatorias en la Ley Concursal y en la legislación cooperativa.
5.2. El incidente concursal laboral en las cooperativas. 5.3. El recurso contra la decisión
de suspensión o baja obligatoria en el concurso de la cooperativa. 6. Intervención del
Consejo Social en el concurso de la cooperativa.
I. INTRODUCCIÓN
De acuerdo con lo establecido en el Capítulo anterior, la relación
mutualista tiene en nuestro Derecho un carácter predominantemente
societario, si bien no se nos pueden escapar las similitudes que pre-
senta con relaciones de carácter contractual, que habrán de tenerse
también en cuenta para dar soluciones a los problemas concretos que
surjan.
Así, la relación mutualista se regulará principalmente por el Derecho
societario, esto es, la legislación cooperativa (para las cooperativas vas-
cas, en particular la LCE, y su reglamentación de desarrollo, así como
la LCoop en lo que sea de aplicación, la regulación sobre ciertos tipos
concretos de cooperativas, como por ejemplo la Ley 13/1989, de 26 de
mayo, de Cooperativas de Crédito —LCCr—), y la regulación interna
de la cooperativa de que se trate (estatutos y reglamento de régimen
interno y acuerdos de sus órganos). Naturalmente, también habrá de
tenerse en cuenta la regulación del sector de que se trate, u otras normas
comunes, como puede ser la regulación del transporte. Respetando las
disposiciones anteriores, las partes fijarán los términos de su relación.
Subsidiariamente, se aplicaría la regulación del contrato que más se ase-
meje a la relación mutualista de forma analógica.
Como adelantábamos, todo ello tendrá repercusión directa en el
concurso de la cooperativa, por ejemplo en cuanto a los plazos de pres-
cripción de los créditos o las deudas o, en general, la determinación de
la posición del socio como deudor o acreedor.
En el presente Capítulo, por tanto, estudiamos las consecuencias
del concurso en la relación mutualista, teniendo en cuenta la proble-
mática derivada de su naturaleza jurídica y los aspectos hasta ahora
planteados.
La primera parte del Capítulo está dedicada a las consecuencias del
concurso en las cooperativas de consumo y comercialización en general,
principalmente centrada en el estudio de los socios como acreedores o
deudores como consecuencia de la realización de la actividad coopera-
tivizada, mientras que en una segunda parte se analizan las particulari-
dades que presenta la relación mutualista de los socios trabajadores y de
trabajo en el concurso.
LOS EFECTOS DEL CONCURSO EN LA RELACIÓN MUTUALISTA
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II. RÉGIMEN CONCURSAL DE LOS CRÉDITOS Y DEUDAS
SURGIDOS DE LA RELACIÓN MUTUALISTA EN LAS
COOPERATIVAS DE CONSUMO Y COMERCIALIZACIÓN.
EN ESPECIAL, EL TRATAMIENTO DE LA MASA
DE GESTIÓN ECONÓMICA
En esta primera parte analizamos distintos elementos de la legisla-
ción cooperativa y concursal a tener en cuenta a la hora de determinar
el tratamiento que recibirán en el concurso de la cooperativa las obliga-
ciones derivadas del ejercicio de la actividad cooperativizada.
De este modo, hacemos referencia al origen de los créditos y deudas
en la relación de naturaleza societaria, el plazo de prescripción de las
acciones que en su caso puedan surgir, el posible pacto de no pedir al-
canzado entre los socios, la posibilidad de aplicación de los efectos gene-
rales sobre los créditos recogidos en la LC, la aplicación de los efectos de
la declaración del concurso sobre los contratos a la relación mutualista,
y la previsión de separación de bienes no integrantes del patrimonio del
concursado del art. 80 LC. Todo ello se estudia observando en qué medi-
da estas consideraciones tienen incidencia sobre las distintas obligacio-
nes de la cooperativa y los socios de entregar bienes, prestar servicios o
pagar, bien sean anteriores o posteriores a la declaración del concurso.
Como hemos apuntado, a pesar de tratarse de una relación socie-
taria y de tener que respetarse el marco del Derecho de sociedades, las
cooperativas y sus socios tienen por lo general un amplio margen para
regular su relación. Como consecuencia, en un procedimiento concursal
aspectos fundamentales en relación con la posición del socio depende-
rán en muchas ocasiones de las decisiones concretas que hayan adopta-
do éstos en relación con los estatutos sociales, acuerdos de los órganos
de la cooperativa, y en general el marco regulatorio societario, sin que
se pueda dar una respuesta generalizada a las muy diversas situaciones
que se puedan presentar.
Por tanto, lo que se pretende en las páginas siguientes es plantear
problemas que pueden encontrarse en el concurso de la cooperativa de
consumo y comercialización derivados de sus peculiaridades en general,
presentando distintas soluciones, pero siempre teniendo en cuenta que
algunos aspectos de la relación cooperativizada no están extensamente
regulados en la legislación, por lo que en gran medida quedan supedita-
dos a la configuración que establezcan los socios. Además, tampoco se
deben olvidar las particularidades que ofrecen algunas clases de coope-
rativas, tanto en cuanto a su regulación como a su actividad, peculiari-
dades que habrán de ser tenidas en cuenta en su concurso 1. No obstante,
1 Podrían ser destacables, por ejemplo, las particularidades del concurso de la coope-
rativa de viviendas (momento de transmisión de la vivienda, la cooperativa como promo-
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