La «educación» como clave en la lucha contra el cambio climático

AutorMaría Luisa Roca Fernández-Castanys
Cargo del AutorProfesora Titular de Derecho Administrativo Universidad de Granada
Páginas877-897
CAPÍTULO XXXVIII
LA «EDUCACIÓN» COMO CLAVE EN LA LUCHA CONTRA
EL CAMBIO CLIMÁTICO
(Algunas ref‌lexiones con ocasión de la entrada en vigor
de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático
y Transición Energética)
María Luisa ROCA FERNÁNDEZ-CASTANYS
Profesora Titular de Derecho Administrativo
Universidad de Granada
SUMARIO: 1. EL CAMBIO CLIMÁTICO UNA REALIDAD INNEGABLE: 1.1. Un breve apunte: la crisis del coronavirus y el
cambio climático. 1.2. El cambio climático y la transición energética: el yin y el yang de una misma realidad.—2. LA DIS-
TRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO: 2.1. La competencia estatal para adoptar la normativa
básica sobre cambio climático: fundamento constitucional.—3. LA EDUCACIÓN AMBIENTAL: CONCEPTO Y JUSTIFI-
CACIÓN: 3.1. Una primera (y brevísima) aproximación al concepto de educación ambiental. 3.2. ¿Por qué es tan impor-
tante la educación sobre el clima?—4. MARCO NORMATIVO VIGENTE: 4.1. Un apunte sobre la educación ambiental
en el Derecho internacional y europeo. 4.2. La educación sobre el cambio climático en el Derecho español: 4.2.1. La
«educación sobre el clima» en el modelo de la LCCTE: 4.2.1.1. «Educación» y «refuerzo del conocimiento». 4.2.1.2. La
mejora de la capacitación. 4.2.1.3. La «sensibilización». 4.2.1.4. La investigación.—5. A MODO DE RESUMEN (CON-
CLUSIVO).—6. BIBLIOGRAFÍA.
«La única educación posible es esta: estar lo bastante seguro de una cosa para
atreverse a decírsela a un niño».
(G. K. CHESTERTON)
Los más de treinta años que el profesor Del Guayo ha prestado sus servicios
a la Universidad le han permitido desplegar una prolíf‌ica actividad en todos los
ámbitos que el quehacer universitario abarca. La importancia de su faceta inves-
tigadora, tan rica como variada (y profunda), ha ido de la mano de su genuina
preocupación por la calidad docente. Esta faceta tan esencial como, a veces, denos-
tada en la Universidad del siglo XXI, ha sido siempre una constante en el profesor
Del Guayo que nunca ha dudado del papel clave que la formación de los jóvenes
estudiantes juega como garantía de su propia libertad e instrumento de cambio.
Por ello, me resulta especialmente grato participar en este libro —con el que sus
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amigos y discípulos le rendimos un sentido homenaje con ocasión de sus veinti-
cinco años de acceso a la cátedra— con una aportación que —al hilo de la recien-
te aprobación de la Ley estatal sobre Cambio Climático y Transición Energética
(LCCTE)— incide en la importancia que la educación tiene en la lucha contra esa
amenaza llamada «cambio climático». Se trata de una humilde ref‌lexión, limitada
por mor de mis propias carencias y por las exigencias reduccionistas impuesta
por los guionistas de esta idea —los profesores Mellado y Alenza, verdaderos im-
pulsores de esta iniciativa—, a los que, por escrito «y para que conste a los efectos
oportunos», quiero agradecer su generosidad al hacerse cargo de dar cuerpo a este
libro y contar conmigo para ello.
1. EL CAMBIO CLIMÁTICO: UNA REALIDAD INNEGABLE
1.1. Un breve apunte: la crisis del coronavirus y el cambio climático
Si para algo puede haber servido la crisis sanitaria mundial en la que nos en-
contramos —y de la que parece que, poco a poco, estamos empezando a salir— ha
sido para demostrar, sin lugar a dudas, el decisivo papel que la acción humana
juega en el cambio climático 1. Como gráf‌icamente ha escrito Matt McGrath —co-
rresponsal de medio ambiente de la BBC— «ninguna guerra, ninguna recesión,
1 El papel del hombre en el cambio climático se ha subrayado por diversos organismos, entre los
que destacan los informes del Grupo Intergubernamental de expertos sobre el cambio climático (IPCC
en sus siglas en inglés). El resumen del último informe realizado hasta ahora (el quinto) insiste en esta
idea al af‌irmar que: «La inf‌luencia humana en el sistema climático es clara. Es evidente a tenor de las
crecientes concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera, el forzamiento radiativo posi-
tivo y el calentamiento observado». Puede accederse al texto completo de dichos informes en la siguiente
dirección: https://archive.ipcc.ch/home_languages_main_spanish.shtml#tabs-3.
En la misma línea se sitúa el Informe Análisis y propuestas para la descarbonización elaborado
en 2018 por la Comisión de expertos sobre escenarios de transición energética, en el que se parte del
indubitado papel que el inf‌lujo humano juega en el cambio climático. Dicho Informe se inicia con el
siguiente —y muy expresivo— párrafo: «A lo largo de los últimos treinta años, se ha ido consolidando
progresivamente el consenso científ‌ico en torno a lo que se denomina el “origen antropogénico del
calentamiento global del planeta”. De este modo, la comunidad científ‌ica ha llegado a la conclusión
de que la actividad humana es responsable del aumento de la temperatura de la Tierra a través de las
emisiones de los denominados “gases de efecto invernadero” (GEI); principalmente, CO2, metano y
ozono troposférico».
Así lo destacó también en su intervención —con ocasión del debate de la enmienda a la totalidad
del PLCCTE— la Sra. Sagastizabal Unzetabarrenetxea del Grupo Parlamentario Vasco, al señalar que:
«A pesar de que no existe consenso internacional sobre qué es la emergencia climática, sí existe con-
senso acerca de la existencia del cambio climático. Salvo contadas excepciones, todos los gobiernos
conocen el calentamiento global; los científ‌icos nos avisan con informes rotundos y contundentes, y la
climatología [...], también nos avisan con desastres naturales. Por ello [...] el cambio climático es uno
de los retos más urgentes y complejos al que tenemos que presar toda nuestra atención. Hay que reco-
nocer el problema y asumir compromisos políticos reales y vinculantes para que las políticas públicas
respondan a través de actuaciones concretas y favorezcan, en def‌initiva, la transición energética a través
de un marco regulatorio, que es lo que hoy nos ocupa con esta ley. Estamos en una ley alineada, como
bien se ha dicho, con los objetivos de Europa y, por tanto, con su estrategia de pacto verde», DSCD,
núm. 34, 2020, p. 16.
Son muchos los autores que constatan esta conexión, así, entre otros, pueden señalarse los estudios
de J. M.ª FERNÁNDEZ-PALACIOS, «Causas y consecuencias del cambio climático. El caso de Canarias», en
F. L. HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (dir.), El Derecho ante el reto del cambio climático, Cizur Menor (Navarra),
Aranzadi, 2020, p. 52; P. DORTA ANTEQUERA y A. LÓPEZ DÍEZ, «Cambio climático, ¿realidad o f‌icción?», en
F. L. HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (dir.), El Derecho ante el reto del cambio climático, Cizur Menor (Navarra),
Aranzadi, 2020, in toto; B. SORO MATEO, «Marco jurídico general de la cuestión climática. Algunas re-
f‌lexiones a la espera de la aprobación de la ley española de cambio climático y transición energética»,
en F. L. HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (dir.), El Derecho ante el reto del cambio climático, Cizur Menor (Navarra),
Aranzadi, 2020, p. 115.

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