EDICTO (88/2011).
Sección | 5 - Administración de Justícia |
Emisor | Juzgado de Primera Instancia número 2 de A Coruña |
Rango de Ley | Edicto |
Carlota Fernández Ambrós, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 2 de A Coruña, doy fe y testimonio que en los autos de referencia tramitados por este juzgado ha recaído resolución del tenor literal siguiente:
Sentencia.
A Coruña, 8 de noviembre de 2011.
Vistos por M.ª Estefanía Cambón Rodríguez, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 2 de A Coruña, los autos de juicio verbal civil seguidos bajo el número 88/2011, en virtud de demanda interpuesta por el letrado sustituto del abogado del Estado, habilitado para la representación del Consorcio de Compensación de Seguros, contra la entidad Amic, S.A., representada por la procuradora Sra. Rodríguez Arroyo y asistida por el letrado Ramón Lema Alvarellos, y contra María Encarnación Boquete Villamisar, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
Resolución.
Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el letrado sustituto del abogado del Estado, habilitado para la representación del Consorcio de Compensación de Seguros, contra María Encarnación Boquete Villamisar, en situación procesal de rebeldía y debo declarar la obligación de María Encarnación Boquete Villamisar, como conductora y propietaria de un vehículo sin aseguramiento, de abonar al Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad que este abonó por ella al carecer su vehículo de aseguramiento, y, en consecuencia, debo condenar a María Encarnación Boquete Villamisar, a abonar a la actora la cantidad de 906,91 euros, con los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial.
Debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el letrado sustituto del abogado del Estado...
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