Dosier legislativo de la Ley 5/2022, de 9 de marzo, por la que se modifican la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, en relación con las asimetrías híbridas

El BOE de 10 de marzo publica la Ley 5/2022, de 9 de marzo, por la que se modifican la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, en relación con las asimetrías híbridas, con entrada en vigor el 11 de marzo de 2022.

La presente Ley tiene como objetivo transponer la Directiva (UE) 2016/1164 , en concreto aquellos preceptos sobre asimetrías híbridas que introdujo la Directiva (UE) 2017/952, incorporándose a la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y al texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo.

Contexto y objetivos de la norma

La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-788/19 de 27 de enero de 2022, determinó que ciertos aspectos del régimen jurídico asociado a la obligación de declaración de bienes y derechos en el extranjero (modelo 720), incurrían en incumplimiento de la normativa europea. Así pues, el primer núcleo irradiador de la presente Ley responde a la necesidad de adecuar dicho régimen jurídico a la legalidad europea.

Por otro lado, la transposición en plazo de las directivas de la Unión Europea constituye en la actualidad uno de los objetivos prioritarios establecidos por el Consejo Europeo. Es por ello que esta ley tiene por objeto la transposición de la Directiva (UE) 2016/1164 del Consejo, de 12 de julio de 2016, en la redacción dada por la Directiva (UE) 2017/952 del Consejo, de 29 de mayo de 2017 , a las asimetrías híbridas, cuyo plazo de transposición expiró el 31 de diciembre de 2019, y respecto de la que la Comisión Europea, con fecha 30 de octubre de 2020, ha dirigido al Reino de España un dictamen motivado.

Los preceptos de la Directiva (UE) 2016/1164 del Consejo, de 12 de julio de 2016 , objeto de transposición son aplicables a las asimetrías híbridas que tienen lugar entre España y otros Estados miembros y entre España y terceros países o territorios. Dado que las asimetrías híbridas podrían dar lugar a una doble deducción o a una deducción sin inclusión, es necesario establecer normas en virtud de las cuales el Estado miembro implicado deniegue la deducción de un pago, unos gastos o unas pérdidas, u...

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