Dosier legislativo de la Ley 4/2022, de 25 de febrero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica

El BOE de 1 de marzo publica la Ley 4/2022, de 25 de febrero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, con entrada en vigor el 2 de marzo de 2022.

La presente Ley tiene como objetivo garantizar la defensa de las personas consumidoras y usuarias, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.

Contexto y objetivos de la norma

La pandemia del COVID-19, con graves repercusiones en diferentes ámbitos sectoriales, ha comportado consecuencias provocadas en el ámbito social y económico, que han afectado especialmente a las relaciones de consumo y, en consecuencia, a la protección de las personas consumidoras y usuarias, cuya garantía en estas condiciones incumbe prioritariamente a los poderes públicos y obliga a la adopción de actuaciones específicas.

En tal sentido resulta urgente incluir el concepto de persona consumidora vulnerable en la normativa estatal de defensa de las personas consumidoras y usuarias, que deberá ser objeto de especial atención tanto por parte de autoridades públicas como del sector empresarial en las relaciones de consumo, atendiendo al mandato constitucional del 51.1 de la Constitución Española.

Como ha señalado recientemente la Comisión Europea en la Nueva Agenda del Consumidor, de 13 de noviembre de 2020, las vulnerabilidades de los consumidores se han visto exacerbadas por la actual pandemia. De hecho, la propia Comisión señala entre los impactos de la pandemia sobre los consumidores «la explotación de las vulnerabilidades financieras que existían desde antes de la pandemia pero que se han vuelto más acuciantes». Y esto es así porque, como se recoge expresamente, «la pandemia ha planteado retos significativos que afectan la vida cotidiana de los consumidores, sobre todo, en relación con la disponibilidad y la accesibilidad de productos y servicios, así como los viajes hacia, desde y dentro de la UE».

Como punto importante derivado de la pandemia, la Comisión también llama la atención sobre «el aumento de las estafas a los consumidores, las técnicas de comercialización engañosas y el fraude en las compras en línea, de los que han sido y siguen siendo víctima un número creciente de consumidores».

Por lo tanto, resulta urgente adecuar la normativa básica estatal a tales requerimientos para así además evitar la apertura de procedimientos por incumplimientos del Estado en esta materia que pudieran verse instados por las propias instituciones comunitarias o como consecuencia de demandas de las personas consumidoras y usuarias vulnerables afectadas, si se considerase que no están adecuadamente protegidas.

En consecuencia, el objetivo pretendido es el de ampliar en todo caso la garantía de la debida protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias en situación de vulnerabilidad, y ello en el marco general del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que recoge la definición de consumidor y usuario con carácter general.

Novedades introducidas

Los aspectos más destacados de la norma son los siguientes:

  1. En su artículo primero se procede a modificar el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios , aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

    Se modifican los siguientes preceptos:

    · La modificación esencial del texto refundido es la que afecta al artículo 3 , en relación al concepto general de consumidor y usuario, con la...

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